Resolución N° 4642/04
Nro de Expediente:
9055-009649-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
27/9/2004


Tema:
CONVENIO-CONTRATO

Resumen:
Convenio IMM-Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay, reserva estacionamiento vehicular para varios hoteles.-

Montevideo, 27 de Setiembre de 2004.-
 
        VISTO: la propuesta presentada por la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay, tendiente a obtener lugares para estacionamiento temporario para los establecimientos ubicados en la zona céntrica de la Capital;
        RESULTANDO: 1º) que en tal sentido los hoteles Crystal Palace Hotel, Hotel Aramaya, Hotel Campoamor, Hotel Europa, Hotel Hispano, Hotel Holiday Inn y Hotel Royal Palace proponen como contrapartida el otorgamiento de 20 camas al año, para el hospedaje de visitantes que participen en eventos que organiza esta Administración;
        2º) que la División Turismo y Recreación prestó su conformidad;
        3º) que la División Tránsito y Transporte propicia aprobar un convenio similar al suscrito con la Cámara de la Industria Hotelera Turística del Uruguay (Resolución Nº 2126/02 del 3/VI/02);
        CONSIDERANDO: 1º) que por el Art. 31º del Decreto Nº 30.094 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 17/X/02, promulgado por Resolución Nº 4208/02 del 22/X/02, se faculta a esta Intendencia Municipal, por vía de excepción y mediante resolución fundada del Intendente Municipal, a aceptar como pago total o parcial por precios municipales, la prestación de bienes o servicios, siempre que se verifique la ocurrencia de determinadas condiciones;
        2º) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración en relación a la aplicación de políticas coordinadas de fomento y apoyo a las actividades turísticas del Departamento;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta Intendencia Municipal y la Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay:
        PROYECTO DE CONVENIO
        CONVENIO.- En la ciudad de Montevideo a los .......... días del mes de ......... del dos mil cuatro.- POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo (en adelante la IMM), con domicilio en la Avda. 18 de Julio N° 1360, representada por ............ .- POR OTRA PARTE: La Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay (en adelante la Asociación) con sede en la calle Héctor Gutiérrez Ruiz Nº 1215, representada por ....................- CONVIENEN: en la celebración de lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes.- La Asociación de Hoteles y Restaurantes del Uruguay ha solicitado para los establecimientos asociados que estén ubicados en la zona céntrica de Montevideo, autorización para estacionamiento restringido al ascenso y descenso de pasajeros en un espacio frente del acceso. En el marco de los programas de revitalización del Centro de Montevideo, que incluye el ordenamiento y fluidez del tránsito vehicular, y de las políticas coordinadas de fomento y apoyo a las actividades turísticas del Departamento, se ha entendido conveniente autorizar como excepción dicha solicitud. Asimismo, la Asociación propuso aportar a la IMM un cupo de camas para el hospedaje de visitantes, para lo cual se acordó suscribir un convenio.-. SEGUNDO: Objeto.- El objeto del presente es formalizar los acuerdos entre las partes, según las condiciones que prescriben las cláusulas siguientes.- TERCERO: Obligaciones de la Asociación: La Asociación aportará un cupo de hasta 20 (veinte) camas por año, por hotel, sin costo, para hospedaje de visitantes que participen en eventos que organiza la IMM, de los siguientes hoteles ubicados en la zona céntrica: Crystal Palace Hotel, Avda. 18 de Julio Nº 1210; Hotel Aramaya, Avda. 18 de Julio Nº 1103; Hotel Campoamor, Avda. Gral. Rondeau Nº 1446; Hotel Europa, Colonia Nº 1341; Hotel Hispano, Convención Nº 1317; Hotel Holiday Inn, Colonia Nº 823 y Hotel Royal Palace, Eduardo Víctor Haedo Nº 2300.- CUARTO : Obligaciones de la IMM: La IMM autorizará la publicidad de este convenio, y realizará la señalización de la reserva de espacio para estacionamiento transitorio y restringido para ascenso y descenso de pasajeros frente a los establecimientos hoteleros referidos en la cláusula precedente.- QUINTO: Plazo.- El plazo de este convenio es de tres años, que podrá prorrogarse de común acuerdo entre las partes, y entra en vigencia a partir de su firma.- SEXTO: Controles .- La División Tránsito y Transporte realizará los controles necesarios y coordinará las acciones para el cumplimiento de lo acordado, en lo que es de su competencia. La División Turismo y Recreación coordinará con la Asociación respecto al cupo y condiciones de las habitaciones que estarán a disposición para hospedaje de visitantes e invitados a eventos que organice la IMM..- SEPTIMO: Rescisión.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente convenio, ameritará la rescisión del mismo, una vez agotadas las instancias de acuerdo y negociación entre las partes.- OCTAVO: Estipulaciones especiales.- Las partes acuerdan: a) la indivisibilidad de las obligaciones asumidas por la Cámara respecto al cumplimiento de las condiciones de estacionamiento transitorio por parte de cada uno de los hoteles; b) constituir domicilios especiales para todos lo efectos judiciales o extrajudiciales a que dé lugar este convenio en los indicados como suyos en la comparecencia; c) darle plena validez a las comunicaciones efectuadas entres sí por telegrama colacionado y d) pactar la mora automática.. Para constancia y en señal de conformidad se suscriben tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2º.- Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad de suscribir el convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Conceder como excepción, sin costo y con carácter precario y revocable, las reservas de espacios para estacionamiento de vehículos para los establecimientos referidos en el convenio que se aprueba por el numeral 1º de la presente resolución, de acuerdo a lo establecido en el Art. R.424.111, numeral 10 del Volumen V "Tránsito y Transporte" del Digesto Municipal.-
        4º.- Establecer que dichas reservas serán ubicadas conforme a lo que aconseje la División Tránsito y Transporte.-
        5º.- Comuníquese a la División Turismo y Recreación y pase por su orden al Departamento de Acondicionamiento Urbano y a la División Tránsito y Transporte.-
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal (I).-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-