Resolución N° 31/09/4000
Nro de Expediente:
4112-009341-05
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
19/1/2009


Tema:
VIABILIDAD DE USO

Resumen:
Admitir con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a fábrica de plásticos, y taller de herrería y matricería, en los predios empadronados con los Nos. 54.574 y 54.573, sito con frente a la Avda. Agraciada Nº 2791, propiedad de Plásticos Aldao S.A..-

Montevideo, 19 de Enero de 2009.-
 
        VISTO: que Plásticos Aldao S.A. solicita regularizar un establecimiento destinado a fábrica de plásticos, y taller de herrería y matricería, en los predios empadronados con los Nos. 54.574 y 54.573, sito con frente a la Avda. Agraciada Nº 2791;
        RESULTANDO: 1º) que el referido establecimiento cuenta con un área edificada a regularizar de 885 m2, en un predio con un área de 888 m2;
        2º) que el Departamento de Desarrollo Ambiental informa que visto lo expresado por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, la Unidad de Efluentes Industriales y el Servicio Laboratorio de Calidad Ambiental, no hay objeciones a lo solicitado, debiendo cumplir con la normativa nacional y departamental vigente tramitando oportunamente las habilitaciones correspondientes y a su vez atender las observaciones y limitaciones que se expresan en estas actuaciones;
        3º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 16, con la conformidad de la correspondiente Junta Local, no tiene inconvenientes en su autorización;
        4º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que no se encuentran objeciones en tanto toda la actividad se desarrolle dentro del predio y se respeto lo dispuesto por Resolución Nº 1260/08 del 31/VIII/08;
        5º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que: a) el establecimiento tiene exceso de área máxima admisible para la zona (600 m2) y b) propicia su autorización condicionado a lo dispuesto en su de fs. 27 de estas actuaciones;
        6º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones comparte lo informado por las Oficinas competentes;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3226/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la implantación o regularización de establecimientos de usos no residenciales, con destinos diferentes a los admitidos por la normativa aplicable para la zona de implantación y características de funcionamiento -escala, lugar para carga y descarga interno del predio, etc.- siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecidos informes favorables de las Oficinas competentes;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Admitir con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización del establecimiento destinado a fábrica de plásticos, y taller de herrería y matricería, en los predios empadronados con los Nos. 54.574 y 54.573, sito con frente a la Avda. Agraciada Nº 2791, propiedad de Plásticos Aldao S.A., condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones del establecimiento y la carga y descarga de mercaderías, deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal. Los vehículos utilizados a tales efectos deberán ajustarse a lo establecido por la res. N" 1260/08 del 31/III/08;
        c) no se producirán en el futuro, ampliaciones de ningún tipo en el establecimiento de acuerdo a lo que se detalla en el formulario adjunto;
        d) no se trabaje fuera de la jornada diurna de labor;
        e) se obtenga los certificados de la Dirección General de Bomberos, Ministerio de Salud Pública e Instalaciones Mecánicas y Eléctricas ;
        f) la interesada presentar dentro de un plazo de 3 (tres) meses la correspondiente habilitación y retirar el duplicado de este trámite y
        g) deberá ajustar a la normativa vigente en materia ambiental, tanto a nivel nacional como departamental.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la Junta Local N° 16 y pase al Servicio de Contralor de la
        Edificación.-

ARQ. LAURA METHOL, Directora General (I).-