Resolución N° 5487/04
Nro de Expediente:
6323-000805-04
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
15/11/2004


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se solicita anuencia a la Junta Departamental de Montevideo, para aplicar una multa de 150 U.R., a la firma NINTAL S.A. por incumplimiento a lo establecido en el Art. 5o. del Decreto No. 13.982.

Montevideo, 15 de Noviembre de 2004.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa NINTAL S.A., RUC 211387380017, sita en la calle Martín Artigas No. 2619, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 18, que gira en el ramo de curtiembre;
        RESULTANDO: 1o.) que la Unidad de Efluentes Industriales informa que en reiteradas oportunidades se ha venido realizando un seguimiento de las actividades de la citada empresa;
        2o.) que con fechas 2 de junio y 22 de julio del año en curso, según consta en Actas Nos. 3203 y 3303, respectivamente, se efectuaron análisis de los valores del vertimiento, determinando que los mismos superan ampliamente los límites máximos establecidos en el Plan de Descontaminación Industrial, aprobado por Resolución No. 761/96 de la Intendencia Municipal de Montevideo, en los parámetros pH, DBO5, Grasas y Aceites, Sulfuros y Cromo;
        3o.) que la citada Unidad, continúa indicando que con fecha 23 de agosto de 2004, se dió vista a la firma NINTAL S.A. del informe realizado en expediente No. 6323-000805-04, a fs. 13 y 14, ante los incumplimientos constatados a los efectos de que articulara su defensa, previo a la aplicación de una sanción de 350 U.R.;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad de Efluentes Industriales culmina su informe, entendiendo que los descargos presentados por la firma son parcialmente de recibo, reconociéndose los esfuerzos del técnico; por lo que, solicita la aplicación de una sanción de 150 U.R. a la citada firma, por haber infringido lo establecido en los Artículos 5o. (Condiciones de las
        aguas efluentes vertidas en cursos de agua o infiltren en terrenos) y 11o. (Penalidades por incumplimiento) del Decreto No. 13.982 de la Junta Departamental de Montevideo (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales) y se le otorgue un último plazo de 3 meses para culminar con las modificaciones necesarias, ajustar la operativa y eliminar la generación de olores y los impactos negativos en la zona;

        2o.) que el Director de la División Saneamiento y el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental son de opinión favorable, en que se solicite anuencia a la Junta Departamental de Montevideo, para la aplicación de la multa gestionada, compartiendo los atenuantes que llevaron a modificar la aplicación de la sanción máxima legal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO:
        Artículo 1o.- Facúltese a la Intendencia Municipal de Montevideo a aplicar una multa de CIENTO CINCUENTA UNIDADES REAJUSTABLES (150 U.R.), a la empresa NINTAL S.A., RUC 211387380017, sita en la calle Martín Artigas No. 2619, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 18, por infringir el Artículo 5o. (Condiciones de las aguas efluentes vertidas en cursos de agua o infiltren en terrenos), del Decreto No. 13.982 (Ordenanza sobre Disposición de Aguas Residuales Industriales) y en concordancia con el Artículo 11o. (Penalidades por incumplimiento) del mencionado decreto.
        Artículo 2o.- Comuníquese.
        2o.-Otorgar a la firma de referencia un plazo de 3 (tres) meses para la modificaciones necesarias en la firma, ajustar la operativa, demostrar el cumplimiento a la normativa y eliminar los impactos negativos en la zona; vencido el plazo la empresa infractora deberá presentar un informe indicando lo realizado como así también el seguimiento efectuado, adjuntando los resultados obtenidos y todos los elementos que certifiquen una evolución favorable.
        3o.-Comuníquese a la División Saneamiento, a la Unidad de Efluentes Industriales y pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-