Resolución N° 776/08/4000
Nro de Expediente:
4114-002496-01
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
6/11/2008


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de 49,4700 U.R., copropietarios del inmueble empadronado con el Nº 21.700, sito con frente a la calle Ana Monterroso de Lavalleja Nº 2235, con domicilios en la calle Ana Monerroso de Lavalleja Nº 2235, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-

Montevideo, 6 de Noviembre de 2008.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con las fallas constructivas constatadas en el inmueble empadronado con el Nº 21.700, sito con frente a la calle Ana Monterroso de Lavalleja Nº 2235;
        RESULTANDO: 1°) que por Resolución N° 1004/07/4000 del 4/XII/07 se aplicó una multa de 49,4700 U.R. a los copropietarios Sres. Blanca Villamil Brum, C.I. Nº 1:093.289, Rita Lopacher, C.I. Nº 607.862/3, con domicilio en Luis Lamas Nº 3383; Héctor Greco, C.I. Nº 833.423-1; Ana Cogo y Patricia Cogo, C.I. Nºs. 3.223.937/8 y 3:223.936-2 respectivamente;
        2°) que la Asesoría Jurídica informa que: a) por Resolución N° 3115/08 del 14/VII/08 se hace lugar al recurso interpuesto por las Sras. Ana Cogo y Patricia Cogo, C.I. Nos. 3.223.937/8 y 3:223.936-2 respectivamente, dejando sin efecto la Resolución N° 1004/07/4000 del 4/XII/07 y b) del análisis de la información solicitada al Servicio de Escribanía surge los propietarios de las siguientes Unidades:
        001, 101, 102, 103 y 105 la Sra. Rita Celia Lopacher Berroa;
        002 los Sres. Roberto Washington González Ayala y Julia Laura Hernández Avero;
        003 la Sra. Antonia Delia Corrente Pintos;
        004 de la Sra. Blanca Teresa Villamil Brum;
        005 del Sr. José María Macchi Comin;
        006 del Sr. Héctor Greco González;
        104 de los Sres. Jorge Nallem Mouriño y Sandra María González Satanoff;
        3º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones informa que: a) dado el plazo transcurrido sin que diera cumplimiento a lo intimado corresponde aplicar una multa de 49,4700 U.R., según lo que establece el Art. 3º, numeral 12, literal A del Decreto No. 21.626 promulgado el 23/IV/84; c) de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 27 del citado Decreto "Los copropietarios del inmueble en infracción serán solidariamente responsables en el pago de las multas que tengan el dominio como asiento de la infracción"; d) se designan como propietarios solidarios a los Sres. nombrados en el resultando 1º de esta Resolución y e) si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 días calendario será de aplicación una multa de 49,4700 U.R.;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 3.222/05 del 13/VII/05, el Sr. Intendente Municipal delegó en la Dirección General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, la facultad de aplicar multas hasta un monto de 55 U.R.;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Aplicar una multa de 49,4700 U.R. (cuarenta y nueve unidades reajustables con cuatro mil setecientas diezmilésimas) a los Sres.:
        001, 101, 102, 103 y 105 la Sra. Rita Celia Lopacher Berroa, C.I. Nº 607.862/3, con domicilio en las calle Luis Lamas Nº 3383;
        002 los Sres. Roberto Washington González Ayala y Julia Laura Hernández Avero, C.I. Nos. 3:493.857-4 y 2:652.920-8;
        003 la Sra. Antonia Delia Corrente Pintos, C.I. Nº 853.005-7;
        004 de la Sra. Blanca Teresa Villamil Brum, C.I. Nº 1:093.289,
        005 del Sr. José María Macchi Comin, C.I. Nº 3:457.601-9;
        006 del Sr. Héctor Greco González, C.I. Nº 833.423-1;
        104 de los Sres. Jorge Nallem Mouriño y Sandra María González Satanoff, copropietarios del inmueble empadronado con el Nº 21.700, sito con frente a la calle Ana Monterroso de Lavalleja Nº 2235, con domicilios en la calle Ana Monterroso de Lavalleja Nº 2235, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2º.- Advertir a los infractores que si no dan cumplimiento a los requisitos exigidos dentro de un plazo de 30 (treinta) días calendario se aplicará una multa de 49,4700 U.R. (cuarenta y nueve unidades reajustables con cuatro mil setecientas diezmilésimas).-
        3º.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase a la Oficina Central de este Departamento, quién remitirá al Servicio Central de Inspección General los formularios impresos de acuerdo a lo determinado por el Art. R.98 del Volumen II del Digesto Municipal a los efectos de notificar el acto administrativo a los infractores, advirtiéndoles que disponen de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución para el pago de la multa, bajo apercibimiento de que, en caso de omisión, se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-

ARQ. LAURA METHOL, Directora General (I).-