Resolución N° 240/15/5500
Nro de Expediente:
9591-005926-15
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
9/10/2015


Tema:
MULTA ANÁLISIS REGULACIÓN ALIMENTARIA

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 26, a la empresa Dalcox S.A. R.U.T. 215046830015, propietaria del establecimiento destinado a fábrica de pastas, sito en la calle Pedro Cosio No. 2310, por elevado recuento de Escherichia Coli, en las muestras de ravioles de muzzarella y jamón congelados.-

Montevideo, 9 de Octubre de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la extracción de muestras de ravioles de muzzarella y jamón congelados, del establecimiento destinado a fábrica de pastas, propiedad de la empresa Dalcox S.A.. R.U.T. 215046830015, sito en la calle Pedro Cosio No. 2310, cuyo responsable legal es el señor Fernando Ornar González Vignoli, C.I. 3.674.783-8, con igual domicilio a los efectos legales,
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Regulación Alimentaria informa que de acuerdo con los resultados de los análisis microbiológicos Nros. 123514, 1231515, 123516, 123517 y 123518, 121581, 121582, 121583 y 121584, practicado sobre el mencionado producto el mismo presentaba clasificación fuera de condiciones reglamentarias, por elevado recuento de Escherichia Coli, según consta en Acta No. 113428;
        2o.) que el citado Servicio, atento a lo expuesto precedentemente estima que correspondería aplicar una multa de U.R. 26 por infringir lo dispuesto en el Art. D. 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96;
        3o.) que con fecha 11/IX/15 se otorgó vista a la interesada sin que hasta la fecha se haya evacuado la misma;
        4o.) que la División Salud se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 3248/15, de fecha 12/VII/15 el señor Intendente delegó en la Dirección General


        del Departamento de Desarrollo Social la facultad de aplicar multas de hasta U.R. 55;
        LA DIRECCIÓN GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO SOCIAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 26 (Unidades Reajustables veintiséis), a la empresa Dalcox S.A. R.U.T. 215046830015, propietaria del establecimiento destinado a fábrica de pastas, sito en la calle Pedro Cosio No. 2310, cuyo responsable legal es el señor Fernando Omar González Vignoli, C.I. 3.674.783-8, con igual domicilio a los efectos legales, por infringir lo dispuesto en el D. 895 inciso c) del Decreto No. 27.235 de 12/IX/96.-
        2.- Intimar a la infractora el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Bromatológica, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, vencido el cual se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Comuníquese a la División Salud y pase al Servicio de Regulación Alimentaria para la notificación a la infractora y librar testimonio correspondiente.-

SOC. JULIO CALZADA , Director (I) General del Departamento de Desarrollo Social.-