Resolución N° 4/00
Nro de Expediente:
4201-013053-99
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
3/1/2000


Tema:
CONVENIO DE PATROCINIO

Resumen:
Aprobar las cláusulas del convenio de patrocinio a suscribirse entre la IMM y Orientur Viajes SRL.-

Montevideo, 3 de Enero de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y Orientur Viajes SRL;
        RESULTANDO: 1o.) que a través del mismo se patrocinarán las actividades a desarrollarse en las playas montevideanas, durante la Temporada 1999-2000, combinando así, una vez más, esfuerzos público-privados para el logro de objetivos comunes en beneficio de la comunidad;
        2o.) que en tal sentido, se eleva para su aprobación, un proyecto de convenio en el cual se pactan las obligaciones que contraerán ambas partes, el cual luce agregado a fs. 4 de estas actuaciones;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y Orientur Viajes SRL, en los siguientes términos: CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: la empresa Orientur Viajes SRL, en adelante denominada la patrocinadora, representada por el Sr. Jorge Castelo, C.I. Nº 1.008.846-8, en calidad de----------, de dicha empresa, con domicilio en la calle Río Negro Nº1358 , quienes acuerdan lo siguiente:
        ANTECEDENTES: En el marco del Decreto Nº 25.398 y conforme a lo dispuesto en el contrato con la empresa BLANCO MARKETING, aprobado por Resolución Nº 4.248/99 del 9/XI/99, para la gestión de espacios de patrocinio en las playas montevideanas, las partes intervinientes acuerdan suscribir el siguiente convenio de patrocinio.
        CLAUSULA PRIMERA- OBLIGACIONES DE LA PATROCINADORA:
        La patrocinadora aportará pasajes de acuerdo al siguiente detalle. uno a Mundo Marino, cuatro a Florianópolis, dos a Camboriú, dos a Bariloche, por un total de U$S 4.780,oo (dólares americanos cuatro mil setecientos ochenta) y 20 (veinte) pasajes Montevideo/San Pablo para la V Maratón "San Felipe y Santiago", por un valor de U$S 2.800,oo (dólares americanos dos mil ochocientos) a ser entregados a la IMM a la firma del convenio.
        CLAUSULA SEGUNDA-OBLIGACIONES DE LA IMM: La IMM por su parte, se compromete a autorizar a la patrocinadora la colocación de dos banderas por playa, otorgándole la calidad de sponsor secundario en la mencionada maratón y en el podio, con presencia institucional proporcional a su participación como tal. Asimismo, contará con retorno en medios de comunicación (radio y prensa).
        CLAUSULA TERCERA-SEGUIMIENTO Y CONTRALOR: La Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación y la División Espacios Públicos y edificaciones se encargarán del control del cumplimiento de lo acordado.
        De conformidad y para constancia se firman dos ejemplares de igual tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.-Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        3o.-Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Turismo y Recreación, al Servicio de Relaciones Públicas y Comunicaciones, a las Unidades de Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Cultura y de Convenios, a la Comisión de Educación Física, Deportes y Recreación y pase al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General .-