Resolución N° 4259/09
Nro de Expediente:
4149-004070-09
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
5/10/2009


Tema:
VIVIENDAS

Resumen:
Autorizar el refinanciamiento de la deuda del préstamo otorgado a los Sres. Juan Carlos Nalerio Casanova y Andrea Paola Rodríguez Klisosvky, C.I. Nos. 3:493.939-3 y 4:365.105-6 respectivamente, beneficiarios del Programa Oficina Rehabilitación Barrio Peñarol, para la refacción de su vivienda sita en Cno. Casavalle Nº 4641, en el marco del convenio suscrito el 2/X/08.-

Montevideo, 5 de Octubre de 2009.-
 
        VISTO: la solicitud de los Sres. Juan Carlos Nalerio Casanova y Andrea Paola Rodríguez Klisosvky, C.I. Nos. 3:493.939-3 y 4:365.105-6 respectivamente, beneficiarios del Programa Oficina Rehabilitación Barrio Peñarol, tendiente a refinanciar la deuda asumida para la refacción de su vivienda sita en Cno. Casavalle Nº 4641, en el marco del convenio suscrito el 2/X/08;
        RESULTANDO: 1º) que el Servicio de Tierras y Viviendas informa que: a) adeudan desde el mes de julio de 2009, $ 3.540,oo incluido recargos; b) debe atenderse la solicitud planteada a efectos de asegurar el reintegro del préstamo y c) por lo expuesto promueve el cobro de lo adeudado en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las que comenzarán a hacerse efectivas a continuación de la última cuota del convenio;
        2º) que la División Espacios Públicos, Hábitat y Edificaciones comparte lo aconsejado;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde proceder de
        conformidad;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar el refinanciamiento de la deuda del préstamo otorgado a los Sres. Juan Carlos Nalerio Casanova y Andrea Paola Rodríguez Klisosvky, C.I. Nos. 3:493.939-3 y 4:365.105-6 respectivamente, beneficiarios del Programa Oficina Rehabilitación Barrio Peñarol, para la refacción de su vivienda sita en Cno. Casavalle Nº 4641, en el marco del convenio suscrito el 2/X/08.-
        2º.- Establecer que la deuda de $ 3.540,oo (tres mil quinientos cuarenta pesos uruguayos) incluido recargos, deberá abonarse en 3 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, las que comenzarán a hacerse efectivas a continuación de la última cuota del convenio.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ALEJANDRO ZAVALA, Secretario General.-