Resolución N° 3687/99 | Nro de Expediente:
192684 |
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS Y COMERCIALES | Fecha de Aprobación:
29/9/1999 |
Tema:
CONVENIOS
Resumen:
Proyecto de convenio a suscribir con la Fundación "Con todos los niños"
Montevideo, 29 de Setiembre de 1999.- |
VISTO: estas actuaciones del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales;
RESULTANDO: 1o.) que las mismas están relacionadas con el proyecto de convenio a suscribir con la fundación denominada "Con Todos Los Niños";
2o.) que dicha Fundación es una organización sin fines de lucro con Personería Jurídica (MEC Nº 5514 Folio 98, Libro 12) que promueve y apoya los programas educativos con niños y jóvenes en situación de dificultad social y extrema pobreza del Instituto de Educación Popular "El Abrojo" y la Asociación "Vida y Educación", teniendo como uno de sus cometidos esenciales, el de generar nuevas relaciones del movimiento de ONG' S con el sector gubernamental, y potencializar la labor pedagógica de las instituciones especialmente en la generación de procesos formativos de jóvenes en situación de dificultad social en el sector servicios, particularmente en el área gastronómica;
3o.) que el objeto del convenio a suscribir es el de ceder a la Fundación el uso gratuito de dos Paradores ubicados en la arena de la Playa Pocitos sobre la Rambla República del Perú, uno frente a la Avenida Brasil y el otro frente a la calle Pagola para ser explotados por dicha Organización durante la temporada de verano;
CONSIDERANDO: 1o.) que la Administración Municipal ha desarrollado una política social orientada hacia jóvenes en situación de dificultad social, instrumentada a través de convenios laborales con organismos, pasantías de trabajo, promoviendo políticas tributarias de estímulo y fomento a la creación de puestos de trabajo para jóvenes;
2o.) que por lo expuesto, la Dirección General del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales eleva actuaciones solicitando el dictado de resolución en tal sentido;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
RESUELVE:
1.- Prestar aprobación al siguiente proyecto de convenio:
CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, el día.........de 1999, POR UNA PARTE, la Intendencia Municipal de Montevideo representada en este acto por el ............................................................................................, con domicilio en la calle Luis Piera 1994, POR OTRA PARTE, la Fundación CFEE "Con todos los Niños", en adelante denominada la Fundación, representada en este acto por representada en este acto por los Sres. Eduardo Aparicio, C.I. Nº 1.271.046-1, con domicilio constituído en esta ciudad en la calle Juan M. Blanes Nº 879, convienen en celebrar el siguiente acto:
PRIMERO: La IMM entrega a la Fundación "Con Todos los Niños" los Paradores ubicados en la arena de Pocitos frente a la Rambla y Avda. Brasil uno y frente a la Rambla y Pagola el otro, para ser explotados por dicha organización en la temporada de verano comprendida entre el 15 de noviembre de 1999 y el 30 de abril del 2000 y servicios en la arena, en toda la extensión de la bahía de la Playa Pocitos.-
SEGUNDO: La Fundación recibe los paradores en el estado actual y se compromete a realizar las refacciones necesarias para poder atenderlos adecuadamente, las cuales quedarán en beneficio de la IMM una vez finalizado el plazo del presente Convenio.-
TERCERO: La IMM, a través del Dpto. de Actividades Productivas y Comerciales, en coordinación con la División Espacios Públicos, supervisará y controlará las obras que se realicen en los mismos.-
CUARTO: Características de las Prestaciones.- En los Paradores y en el entorno comprendido por las terrazas donde se encuentren las sombrillas con sillas, se venderán bebidas refrescantes y cervezas, helados, comidas ligeras y golosinas, en un horario mínimo comprendido entre las 10 hs. y las 21 hs., siendo condición indispensable: la buena calidad de los productos, todos ellos sujetos a las normas bromatológicas municipales, dependientes de la División Salud de la IMM; un correcto servicio al público y precios moderados.-
QUINTO: Se permite la puesta en funcionamiento de las terrazas, en las cuales habrá mesas y sillas, con la recuperación de los sombráculos, mediante la colocación de esterillas, así como el acondicionamiento del entorno de los Paradores, donde también se permitirá la colocación de sombrillas, mesas y sillas.-
SEXTO: El servicio en la arena se realizará en la siguiente forma: a.) con un máximo de tres quioscos, ubicados según la conveniencia de la Fundación, pero en estrecha coordinación con los Servicios de la IMM, en los cuales se venderán comidas frugales, bebidas refrescantes y helados;
b.) por la venta ambulante en la arena de refrescos y helados c.) por el alquiler de sombrillas y reposeras.-
SEPTIMO: En coordinación con el Departamento de Cultura podrán realizar todo tipo de actividades musicales, principalmente las de músicos nacionales, y deportivas que promueva la IMM.-
OCTAVO: Publicidad
a) La Fundación podrá colocar un cartel estático luminoso delante de los Paradores, el cual puede ser asignado a una firma comercial proveedora de los mismos y cuyo diseño deberá ser aprobado por la División Espacios Públicos de la IMM; dicho cartel deberá ser retirado una vez finalizado el alcance de este convenio o sea el 30 de abril de 2000;
b) se permitirá la colocación en las sombrillas, sillas o reposeras publicidad de los productos que se vendieran en la playa;
c) se permitirá la colocación en los paradores de un máximo de ... banderas por parador, las cuales deberán ser retiradas una vez finalizada la temporada o sea el 30 de abril de 2000;
d) en los quioscos se permitirá publicidad en la estructura de los mismos y un máximo de 3 (tres) banderas de pequeñas dimensiones.-
Todos los diseños en materia de publicidad deberán ser presentados a la División Gestión Comercial antes del 20 de octubre de 1999 para que ésta, en coordinación con la División Espacios Públicos dé aprobación a los mismos.-
NOVENO: Canon.-
El costo por la colocación de carpas, sombrillas, quioscos y venta de productos en la arena, tal cual lo especifica en los Artículos 5º y 6º será de UR 390 (trescientos noventa Unidades Reajustables) las cuales deberán ser pagadas en 3 (tres) cuotas iguales, debiendo abonarse la primera antes de la entrega de los citados paradores; la segunda antes del 31 de enero de 2000 y la tercera antes del 29 de febrero de 2000.-
DECIMO: Contraprestaciones
a) La Fundación se obliga por el presente convenio a poner en estado de funcionamiento los locales de los Paradores (reinstalación de aberturas, pintura exterior/interior, albañilería ligera, electricidad, sanitaria), siendo de su cargo todos los costos de materiales, mano de obra y Cargas
Sociales que dichas obras generasen:
b) mantendrá abierto y en condiciones de limpieza las baterías, baños de damas y hombres que los mismos tienen, reinstalará un espacio de duchas.-
c) la pintura exterior se hará con la combinación de colores y tonalidad sugerida por la IMM.-
d) se compromete a la limpieza total de la zona de influencia de los paradores en un radio de 50 metros y de 15 metros alrededor de los quioscos, la cual se hará en estrecha coordinación con los Servicios Municipales competentes.-
Previa lectura, los comparecientes suscriben dos ejemplares de similar tenor en el lugar y fecha arriba indicados
2.- Comuníquese a la Secretaría General y pase a la División Gestión Comercial del Departamento de Actividades Productivas y Comerciales.
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ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.- |
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.- |
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