Resolución N° 256/11/1000
Nro de Expediente:
5220-015339-11
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
21/6/2011


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 9,7164 y otra multa de U.R. 14,8410, al Sr. Ariel González, C.I. 1.990.787-1, RUT 21 2024150017, propietario del local destinado a Taller Mecánico, ubicado en la calle Erevan 1834.-

Montevideo, 21 de Junio de 2011.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Taller Mecánico, ubicado en la calle Erevan 1834, propiedad de la firma Ariel González, C.I. 1.990.787-1, RUT 21 2024150017;
        RESULTANDO: 1o.) que el 19 y 25/5/11, el Servicio Central de Inspección General solicita se aplique una multa de U.R. 9,7164 por falta de habilitaciones de los Servicios de Contralor de la Edificación (Sector Locales Industriales y Comerciales) y de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas, y otra multa de U.R. 14,8410 por falta de habilitación de la Dirección Nacional de Bomberos;
        2o.) que el 31/5/11, la Dirección (I) del mencionado Servicio, eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución N° 3092/10, de 12/7/10, se delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la





        Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 9,7164 (Unidades Reajustables nueve con 7164/10.000) y otra multa de U.R. 14,8410 (Unidades Reajustables catorce con 8410/10.000), al Sr. Ariel González, C.I. 1.990.787-1, RUT 21 2024150017, propietario del local destinado a Taller Mecánico, ubicado en la calle Erevan 1834, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes, al Municipio E, al Servicio Centro Comunal Zonal No. 6, y pase al Servicio Central de Inspección General -para la notificación correspondiente- y demás efectos.-

RICARDO PRATO, Secretario General.-