Resolución N° 4234/99/2000
Nro de Expediente:
2230-012198-99
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
22/10/1999


Tema:
EXONERACIONES - TRIBUTOS MUNICIPALES

Resumen:
Exonerar a la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo de Educación Primaria (ANEP), del pago de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de su propiedad padrones Nos. 65.230/002, 65.230/006, a partir del mes de junio de 1986.

Montevideo, 22 de Octubre de 1999.-
 
      VISTO: lo dispuesto por el Decreto No. 28.817 de 7 de octubre de 1999, promulgado por Resolución No. 3907/99 de 18 de octubre de 1999, por el cual de conformidad con la Resolución No. 3320/99 de 6 de setiembre de 1999, se faculta a este Ejecutivo para exonerar a la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo de Educación Primaria (ANEP), del pago de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de los cuales es comodataria padrones Nos. 65.230/002, 65.230/006, ubicados en la calle 2 LCR 2757, Aptos. 002 y 006, asiento del Jardín de Infantes No. 300 de Carrasco "La Cruz", a partir del mes de junio de 1986, y se dispone que la exoneración que se promueve se mantendrá en tanto ANEP continúe siendo comodataria de los inmuebles;
      CONSIDERANDO: que por Resolución No. 580/95 del 20 de febrero de 1995, el Intendente Municipal de Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Recursos Financieros la facultad de dictar resoluciones cuyo objeto hubiera sido previamente autorizado o facultado por la Junta Departamental de Montevideo, mediante Decretos que oportunamente se hubiesen promulgado por este Ejecutivo;
      EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS
      FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1o.- Exonerar a la Administración Nacional de Educación Pública - Consejo de Educación Primaria (ANEP), del pago de la Tasa General Municipal, que grava a los inmuebles de los cuales es comodataria padrones Nos. 65.230/002, 65.230/006, ubicados en la calle 2 LCR 2757, Aptos. 002 y 006, asiento del Jardín de Infantes No. 300 de Carrasco "La Cruz", a partir del mes de junio de 1986, y se dispone que la exoneración que se promueve se mantendrá en tanto ANEP continúe siendo comodataria de los inmuebles.-
      2o.- Pasa al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. HUGO DIAZ, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-