Resolución N° 4458/10
Nro de Expediente:
4400-001495-10
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
27/9/2010


Tema:
DONACION MODAL

Resumen:
Se aprueba el proyecto de Donación Modal a suscribirse entre la Inmtendencia de Montevideo y la Sociedad San Francisco de Sales "Padres Salesianos", "Barrido y levante de ferias en diferentes zonas de Montevideo".

Montevideo, 27 de Setiembre de 2010.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la convocatoria entre Organizaciones No Gubernamentales, para realizar tareas de "Barrido y Levante de Ferias en diferentes zonas del Departamento";
      RESULTANDO: 1o.) que las tareas que se prevén ejecutar, se inscriben en el marco de la política llevada adelante por la Administración en cuanto a la suscripción de convenios con asociaciones civiles sin fines de lucro, para cumplir con el doble objetivo de reinserción social de sus educandos en condiciones de pobreza extrema y devolución a la Comunidad mediante trabajo planificado y controlado, en este caso mediante el barrido y levante de ferias en distintas zonas del departamento de Montevideo;
      2o.) que a la mencionada convocatoria se presentó únicamente, la Organización No Gubernamental: Sociedad de San Francisco de Sales "Padres Salesianos";
      3o.) que el Tribunal actuante sugiere la adjudicación de las tareas a la mencionada Sociedad, quien en su propuesta, cumple con todos los requisitos plasmados en la convocatoria de referencia;
      CONSIDERANDO: 1o.) que el proyecto de donación regirá por el plazo de 12 (doce) meses, a partir del 1o. de octubre de 2010, siendo la transferencia a realizar por parte de esta Intendencia como donación modal, la suma total de $ 6:544.631,36;
      2o.) que la Asesoría Jurídica, efectuó el contralor jurídico - formal de las cláusulas del proyecto de "Donación Modal" a celebrar, e informa que se debe realizar una serie de observaciones que lucen a fojas 108 de estas actuaciones;
      3o.) que con fecha 21 de julio de 2010, la División Limpieza, gestiona la aprobación del mencionado Proyecto, habiéndose realizado las modificaciones propuestas;
      4o) que la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, realizó la imputación SEFI No. 131058 por la suma de $ 1:600.000,oo, monto que se considera suficiente para hacer el gasto en el presente ejercicio;
      5o.) que el Director General del Departamento, es de opinión favorable en que se apruebe el Proyecto de Donación Modal, propuesto:
      LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Aprobar el siguiente Proyecto de Donación Modal a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Sociedad de San Francisco de Sales "Padres Salesianos": DONACION MODAL: En la ciudad de Montevideo, el día ** del mes de ** de dos mil diez, comparecen: POR UNA PARTE: La Intendencia de Montevideo, (en adelante la I.M.), R.U.T. 211763350018, con domicilio en la Avenida 18 de Julio No. 1360 de Montevideo, representada en este acto por ** en su calidad de ** y POR OTRA PARTE: La Sociedad San Francisco de Sales "Padres Salesianos" (en adelante la Institución), R.U.T. **, constituyendo domicilio en **, representada por ** titular de la C.I. **, en calidad de **, siendo todos los nombrados orientales, mayores de edad, quienes acuerdan lo siguiente: PRIMERO - ANTECEDENTES: I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la I.M. desarrolla, con el objetivo de colaborar con aquellos sectores que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativa - laboral, dirigido a jóvenes de 18 a 29 años, en condiciones de riesgo social. La política social de empleo juvenil - por medio de los convenios educativos laborales - apunta a la promoción de un proceso, a través del cual, el joven incorpore herramientas que colaboren a mejorar su condición. En este marco se conceptualiza el trabajo como instrumento pedagógico y resocializador, constituyendo un ámbito estructurador que posibilita: a) reforzar la identidad, b) desarrollar y profundizar los vínculos en las diferentes situaciones laborales, responsabilidad, derechos y deberes, relacionamiento con la autoridad y hábitos de trabajo, c) incorporar normas formales de conductas sociales, estableciendo redes vinculantes desde la perspectiva de género según el 2do. Plan de Igualdad, Oportunidades y Derechos entre mujeres y varones, de Montevideo. II) Es una Institución no gubernamental, sin fines de lucro, que dentro de su objeto tiene como uno de sus cometidos el desarrollo de proyectos socio educativos laborales, con jóvenes entre 18 y 29 años de edad, en situación de alta vulnerabilidad. III) La Institución propone la realización de experiencias educativo - laborales de jóvenes provenientes de la zona de la Cuenca Casavalle, zona de influencia de la ONG, para lo cual solicita la colaboración de la I.M. y ésta entiende que pueden cumplirse realizando tareas vinculadas A LA LIMPIEZA URBANA: Barrido y levante de hasta 40 ferias con sus respectivas periferias y posterior traslado de los residuos al sitio de disposición final de residuos. SEGUNDO - OBJETO: La I.M. dona a la Institución, la suma de $ 6:544.631,36 (pesos uruguayos seis millones quinientos cuarenta y cuatro mil seiscientos treinta y uno con treinta y seis centésimos), que se entregan de la siguiente forma: 1.- 12 (doce) cuotas mensuales, iguales y consecutivas de $ 278.290,16 (pesos uruguayos doscientos setenta y ocho mil doscientos noventa con dieciséis centésimos) cada una; venciendo la primera a los 30 (treinta) días de la suscripción de este contrato; 2.- La suma de $ 3:205.149,44 (pesos uruguayos tres millones doscientos cinco mil ciento cuarenta y nueve con cuarenta y cuatro centésimos) para gastos de funcionamiento (adquisición de uniformes, herramientas, bolsas y arrendamiento de vehículos para el traslado de residuos, etc.) que se transferirá distribuida en el año contra la presentación de la respectiva boleta. La presente donación podrá ser ampliada en un 20% (veinte por ciento) del monto donado, esto es, hasta la suma de $ 1:308.926,27 (pesos uruguayos un millón trescientos ocho mil novecientos veintiséis con veintisiete centésimos), en caso de situaciones imprevistas (temporales, trabajos extraordinarios, limpiezas especiales, difusión de las tareas que realiza dicha organización, apoyo a campañas de sensibilización ambiental, comunicaciones, ampliaciones de zona, etc., si ello fuera necesario para el cumplimiento del modo. El ajuste de los ítem del Objeto se realizará semestralmente según la variación del IPC. TERCERO - MODO: A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en el apartado I de la cláusula Primera, la I.M. impone a la Institución el cumplimiento del siguiente modo: I) Desarrollar las tareas de barrido y levante de hasta 40 ferias y periferias, así como todas las actividades enunciadas en la cláusula primera de los antecedentes. II) Seleccionar e incorporar a las tareas socio-educativo-laborales en la citada zona a 20 (veinte) educandos con 6 (seis) horas diarias de labor, de lunes a sábados en un total de 36 (treinta y seis) horas semanales cada uno, debiendo la Institución comunicar a la I.M. el nombre de la persona que oficiará como interlocutor ante la dependencia correspondiente. III) Organizar y Supervisar la realización de las tareas a través de 3 (tres) coordinadores, responsables de los servicios, que serán designados por la Institución y tendrán a su cargo la vigilancia del cumplimiento del proceso operativo, así como el cumplimiento de la propuesta pedagógica junto con el Equipo Técnico con los educadores de la Institución. Los Coordinadores deberán llevar un registro de asistencias y de las observaciones que consideren pertinentes, ese registro será tomado como insumo para la evaluación del proceso educativo de los jóvenes y de la gestión de la donación. IV) Hacerse cargo de la gestión de las tareas, incluida la compra de los insumos, vestimenta, así como la contratación de los vehículos correspondientes para la carga, tareas y supervisión. V) Realizar el seguimiento de la totalidad del proceso educativo, según lo expresado en la propuesta educativa presentada, a través de un equipo profesional integrado por especialistas en distintas disciplinas sociales. VI) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas mensuales dentro de los 10 (diez) días hábiles del mes inmediato posterior a cada mes vencido respecto del monto de cada partida vertida; las mismas deberán ser rendidas mediante certificación contable con informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por Resolución No. 5375/08 de la I.M., las rendiciones deberán estar provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con los destinos previstos por esta donación, en la forma y condiciones que determine la I.M. La falta de presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la I.M. a retener la partida siguiente. CUARTO - ACEPTACIÓN Y PLAZO: La Institución acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir del 1o. de octubre de 2010 y por el término de 1 (un) año, pudiendo eventualmente ser renovado por única vez por un plazo equivalente si mediare evaluación previa favorable de la Unidad de Contralor de Convenios de la División Limpieza. Se deja constancia de que en caso de eventual renovación del presente, los jóvenes, de acuerdo al encuadre de este tipo de donación, que tiene como política actual el hecho de darle oportunidades a la mayor cantidad de población objetivo, no podrán permanecer más de 1 (un) año en la presente donación, ni participar en futuras donaciones educativas laborales por igual plazo realizados por esta Unidad. En mérito a ello, los jóvenes participantes del primer año de la presente donación tanto hayan participado en el mismo en calidad de titulares como suplentes deberán ser sustituidos por otros. QUINTO - CONTRALOR DEL CUMPLIMIENTO DEL MODO: A) Contralor, la I.M. controlará: I) el cumplimiento de la ejecución del modo por medio de un referente designado por la División Limpieza, quién realizará informes periódicos a los efectos de la evaluación correspondiente; II) las rendiciones de cuentas presentadas de acuerdo a lo estipulado en la cláusula Tercera; III) que la Institución cumpla con toda al legislación nacional vigente en lo que tiene que ver con la relación que ella trabe con los individuos seleccionados para realizar la experiencia de reinserción socio-educativo-laboral, por lo cual la constatación de su incumplimiento en cualquier aspecto habilita a la I.M. a la inmediata rescisión del contrato; B) Cumplimiento anticipado: Si la Institución donataria da cumplimiento al modo anticipadamente, sin que fuere necesaria la utilización de la totalidad del dinero donado, la presente donación se considerará cumplida definitivamente por ambas partes, renunciando la donataria a reclamar de la donante suma adicional alguna a las recibidas y obligándose a reintegrar a la donante aquellas cantidades no utilizadas para el cumplimiento del modo. SEXTO: RESPONSABILIDADES DE LA INSTITUCIÓN: La institución asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y los beneficiarios del programa, así como las obligaciones que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales, respecto de las cuales la I.M. es por completo ajena. Asimismo la Institución indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios de la I.M. o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo. SEPTIMO - MORA AUTOMÁTICA: La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el sólo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO - RESCISIÓN: El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Institución, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la I.M. Se considerará que la Institución ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la I.M., salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la substanciación del procedimiento administrativo en la I.M., que la Institución declara conocer y aceptar. NOVENO - DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DECIMO - COMUNICACIONES: Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DECIMO PRIMERA - REPRESENTACIÓN: La Institución acredita la representación invocada según ** expedido el día **/ exhibido ante **. Y en prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
      2o.-Delegar en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la firma de la Donación Modal que se aprueba en el numeral que antecede.
      3o.-Disponer que una vez iniciado el ejercicio 2011, vuelvan las actuaciones a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental, para la imputación complementaria del gasto.
      4o.-Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y Desarrollo Social, a la División Limpieza, quien notificará a la Sociedad de San Francisco de Sales "Padres Salesianos", a las Unidades de Convenios del Departamento de Desarrollo Social y Control de Convenios de la División Limpieza, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y pase por su orden a Contaduría General para el contralor e intervención del gasto y al Departamento de Desarrollo Ambiental para la formalización de la Donación Modal
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I.).-