Resolución N° 844/99
Nro de Expediente:
A 19874
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
8/3/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Aprobar el convenio a celebrarce entre la IMM y el Club de Grabado de Montevideo.

Montevideo, 8 de Marzo de 1999.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados, con el convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo, y el Club de Grabado de Montevideo;
        RESULTANDO: 1o.) que ambas instituciones coinciden en aunar esfuerzos en proyectos de interés común, especialmente en programas de cooperación en el área cultural, atendiendo específicamente el programa de formación de Talleres de Diseños, Serigrafía y Grabado;
        2o.) que la División Promoción y Acción Cultural sugiere se apruebe el proyecto de convenio que luce agregado a fs. 1 de estas actuaciones;
        3o.) que el gasto se encuentra previsto por Solicitud Nº 27.155 en la suma de $ 40.174,oo;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Cultura entiende que procede aprobar las cláusulas del convenio de referencia;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Aprobar las cláusulas del convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y el Club de Grabado de Montevideo, en los siguientes términos: CONVENIO: En Montevideo, a los días del mes de de mil novecientos noventa y nueve, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante denominada IMM, representada por , en su calidad de , con domicilio en Avda. 18 de Julio Nº 1360 y POR OTRA PARTE: el Club de Grabado de Montevideo, en adelante denominado CGM, representado por , C.I. Nº , domiciliado en la calle , en calidad de , quienes convienen en celebrar lo siguiente: CLAUSULA PRIMERA - ANTECEDENTES: Considerando la voluntad manifiesta de ambas instituciones en aunar esfuerzos en proyectos de interés común, especialmente en programas de cooperación en el área cultural, es que entienden oportuno convenir la realización conjunta de distintos emprendimientos que formalicen las voluntades antes expresadas, específicamente atendiendo el programa de formación de Talleres de Diseño, Serigrafía y Grabado. CLAUSULA SEGUNDA: La IMM otorgará hasta 32 (treinta y dos) medias becas de formación en Talleres de Diseño, Serigrafía y Grabados en los cursos que dicta el CGM. Los alumnos que resulten beneficiarios de la media beca deberán hacerse cargo ante el CGM del 50% (cincuenta por ciento) restante. CLAUSULA TERCERA: El CGM coordinará con el Departamento de Cultura de la IMM la inscripción de los postulantes a las becas, dichas inscripciones se realizarán como mínimo en los 18 (dieciocho) Centros Comunales Zonales, en la Casa de la Cultura y en la Comisión de la Juventud, asimismo el CGM deberá diseñar, imprimir y distribuir a su cargo toda la folletería publicitaria así como todo el material gráfico imprescindible para las inscripciones, en donde se destacarán los logos de la IMM y la publicidad de la actividad realizada por convenio entre las dos instituciones. CLAUSULA CUARTA: Los cursos comenzarán el 2 de mayo del presente ejercicio y se extenderán hasta el 30 de octubre de 1999. CLAUSULA QUINTA: La IMM transferirá al CGM la suma total de $ 80.348,oo (pesos uruguayos ochenta mil trescientos cuarenta y ocho), pagaderos de la siguiente forma: a) a la firma del presente convenio la suma de $ 40.174,oo (pesos uruguayos cuarenta mil ciento setenta y cuatro) y b): en la última quincena del mes de octubre la suma de $ 40.174,oo (pesos uruguayos cuarenta mil ciento setenta y cuatro). CLAUSULA SEXTA: Se pacta la mora automática. En caso de incumplimiento la IMM se reserva la facultad de rescindir el convenio administrativamente.
        Para constancia y en señal de conformidad, las partes suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.-
        2o.- Establecer que el gasto se encuentra previsto por Solicitud Nº 27.155 en la suma de $ 40.174,oo (pesos uruguayos cuarenta mil ciento setenta y cuatro) con cargo al Derivado 749000 "Otras Transferencias a Instituciones Sin Fines de Lucro".-
        3o.- Delegar la firma del presente convenio en el Director General del Departamento de Cultura.-
        4o.- Comuníquese a la Secretaría General, a los Departamentos de Recursos Financieros y Descentralización, a los Servicios de Relaciones Públicas y Comunicaciones, Bibliotecas y Casa de la Cultura, a las Unidades de Apoyo y Asesoramiento del Departamento de Cultura y de Convenios, y pase al citado Departamento para la suscripción del convenio de referencia.-
Arq. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
Dra. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-