Resolución N° 183/99
Nro de Expediente:
4102-004267-98
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/1/1999


Tema:
CUSTODIA DE PREDIO

Resumen:
Custodia Padrones Nos. 53.520, 53.523, 53.524, 114.881 al 84 y 114.886 al 905, Movimiento Tacurú

Montevideo, 18 de Enero de 1999.-
 
        VISTO: la necesidad de preservar los predios de propiedad municipal empadronados con los Nos. 53.520, 53.523, 53.524, 114.881 al 84 y 114.886 al 905, ubicados en el Cno. Edison, Arroyo Miguelete y el Bvar. Aparicio Saravia, adquiridos mediante Licitación Pública N° 52/96;
        RESULTANDO: 1º) que con tal motivo el Servicio de Tierras y Viviendas ha ofrecido a la Sociedad San Francisco de Sales-Movimiento "Tacurú" la custodia de los referidos predios;
        2º) que por su parte el Movimiento Tacurú proporciona los datos de las personas que se harán cargo de la misma:
        sobre el Bvar. Aparicio Saravia los Sres. Pablo Seisa Acosta, C.I. Nº 3:930.029-7 y Rita Elizabeth Torres Avila, C.I. Nº 2.001.850/6
        sobre el Cno. Edison los Sres. Washington Agustín Alvarez, C.I. 4:708.129-5 y Danhya Teresita Rodríguez C.I. Nº 4.552.995-2;
        3º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones comparte el criterio sustentado por el Servicio competente;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que corresponde conceder la custodia con carácter precario y revocable;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Conceder, con carácter precario y revocable, la custodia de los predios de propiedad municipal empadronados con los Nos. 53.520, 53.523, 53.524, 114.881 al 84 y 114.886 al 905, ubicados en el Cno. Edison, el Arroyo Miguelete y el Bvar. Aparicio Saravia, a la Sociedad San Francisco de Sales-Movimiento Tacurú por intermedio de las personas que a continuación se detallan:.
        sobre el Bvar. Aparicio Saravia los Sres. Pablo Seisa Acosta, C.I. Nº 3:930.029-7 y Rita Elizabeth Torres Avila, C.I. Nº 2.001.850/6
        sobre el Cno. Edison los Sres. Washington Agustín Alvarez, C.I. Nº 4:708.129-5 y Danhya Teresita Rodríguez, C.I. Nº 4.552.995-2.-
        2º.- Establecer que la referida Sociedad deberá hacerse responsable de mantener el predio en perfecto estado de higiene y libre de intrusos.-
        3º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para conocimiento de la autoridad local competente y pase al Servicio de Tierras y Viviendas.-
Aqto. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
Dr. ALVARO RICHINO, Secretario General (I.).-