Resolución N° 833/01
Nro de Expediente:
6344-013172-00
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
12/3/2001


Tema:
PROMULGACION DE DECRETOS

Resumen:
Decreto No. 29.340; se faculta a este Ejecutivo para multar con 85 U.R. al Técnico Instalador Sanitario Sr. Yamandú Silveira, por infringir la Ordenanza de Obras Sanitarias Domiciliarias en el inmueble sito en Reconquista No. 470.-

Montevideo, 12 de Marzo de 2001.-
 
          VISTO: el Decreto No. 29.340 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo el 22 de febrero del año en curso, por el cual, de conformidad con la Resolución No. 78/01, de 8/01/01, se faculta a este Ejecutivo para imponer una multa de 85 U.R. (ochenta y cinco unidades reajustables) al Técnico Instalador Sanitario, Sr. Yamandú Silveira C.I. 1.182.120-9, con domicilio en la calle Santa Ana No. 3418, por realizar instalaciones sanitarias sin permiso municipal, en el inmueble sito en la calle Reconquista No. 470, infringiendo el Art. 175o. (omisión de solicitar inspecciones) del Decreto No. 2.781 de 6/6/1940 (Ordenanza de Obras Sanitarias Domiciliarias), de acuerdo con lo que establece el Art. 16o. del Decreto No. 21.626 promulgado el 23 de abril de 1984, actualizado en sus montos por Resolución Municipal No. 5.830, de 14 de julio de 1988;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          Promúlgase; comuníquese a la Junta Departamental de Montevideo, a la División Jurídica y pase por su orden, al Sector Despacho -para su desglose e incorporación al Registro correspondiente- y al Departamento de Acondicionamiento Urbano a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-