Resolución N° 5125/10
Nro de Expediente:
4004-000611-09
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
1/11/2010


Tema:
PROYECTO DE DECRETO (MAYOR APROVECHAMIENTO)

Resumen:
Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el proyecto de decreto solicitando la aplicación de los Arts. D. 8 y D. 40 del Volumen IV, Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto, por concepto de Modificación Cualificada, para autorizar desde el punto de vista urbanístico la ampliación con destino local comercial, que excede la altura máxima dispuesta para el sector, en el bien inmueble empadronado con el Nº 9.837, ubicado en la calle José Ellauri Nº 938, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 5 y el Municipio CH.

Montevideo, 1 de Noviembre de 2010.-
 
        VISTO: el presente trámite relacionado con la solicitud de tolerancia por la ampliación con destino local comercial, en el bien inmueble empadronado con el Nº 9.837, ubicado en la calle José Ellauri Nº 938, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 5 y el Municipio CH;
        RESULTANDO: 1º) que la Comisión Especial Permanente Consejo Auxiliar de los Pocitos informa que:
        a) analizada la propuesta de referencia, al amparo de la Resolución Nº 3.650/95 del 2 de octubre de 1995, se recomienda la aprobación de su Viabilidad Urbanística - Patrimonial en la sesión Nº 524 de fecha 16 de diciembre de 2009, en carácter de consulta informada;
        b) para la realización de las obras deberá obtenerse el correspondiente Permiso de Construcción, de acuerdo a las normativas vigentes. Los aspectos vinculados con la Higiene y Habitabilidad de las Construcciones, así como con las Normativas Edilicias, serán analizados por las dependencias municipales correspondientes, de acuerdo a las ordenanzas vigentes. En caso de destinos comerciales el presente informe supone la no objeción del rubro declarado en los recaudos sellados, debiendo gestionarse en las oficinas competentes en la materia la viabilidad de usos del suelo y/u otras autorizaciones que condicionen la presentación del Permiso de Construcción;
        c) el Permiso de Construcción completo (o copia del mismo), deberá permanecer en obra durante todo su desarrollo, a disposición del inspector de zona para su contralor;
        d) en forma previa a la aprobación de la Inspección Final deberá obtenerse el Aval Previo de este Grupo de Trabajo, donde se verificarán: el diseño, los materiales de terminación y el color de las fachadas, el cumplimiento estricto de las condiciones volumétricas y de integración al entorno;
        e) habiendo analizado las características del sector, de los inmuebles linderos y del centro de la manzana, se considera viable la propuesta de ampliación en base al anteproyecto propuesto (que excede la altura máxima dispuesta para el sector), a efectos de favorecer la posibilidad de mejora y readecuación de edificaciones en la zona, por entenderse que su fomento condice con el espíritu de preservación y desarrollo de las características del entorno;
        f) cualquier tipo de cambio de destino o intervención futura, inclusive aquellas que no requieran permiso de contrucción tanto en la fachada (pintura, rejas, cartelería, u otras modificaciones), en zona de retiro frontal, o en cualquier ubicación que incida en la imagen exterior del inmueble, deberá obtenerse el aval de esta Comisión en forma previa a su ejecución;
        2º) que la Unidad del Patrimonio se manifiesta en un todo de acuerdo con el informe precedente, entendiendo que se podría autorizar la presente solicitud, correspondiendo la aplicación de los Arts. D. 8 y D. 40 del Volumen IV, (POT) Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto;
        3º) que el Servicio de Catastro y Avalúo estima un incremento del valor total edificado de $ 380.000 (pesos uruguayos trescientos ochenta mil);
        CONSIDERANDO: 1º) que el propietario del citado padrón en conocimiento de que le corresponde el pago por concepto de mayor aprovechamiento, ha manifestado su conformidad;
        2º) que la Comisión Permanente del Plan Montevideo acuerda en promover la autorización de la solicitud como modificación cualificada con mayor aprovechamiento;
        3º) que se estima





        procedente solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1. Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        ARTICULO 1º. Facúltase a la Intendencia de Montevideo, de acuerdo a lo dispuesto por los Arts. D.8 y D.40 del Volumen IV, Título I, Capítulos I y IV respectivamente del Digesto, a autorizar desde el punto de vista urbanístico la ampliación con destino local comercial, que excede la altura máxima dispuesta para el sector, en el bien inmueble empadronado con el Nº 9.837, ubicado en la calle José Ellauri Nº 938, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 5 y el Municipio CH, según gráficos aprobados por la Comisión Especial Permanente Consejo Auxiliar de los Pocitos, adjunto en el expediente Nº 4004-000611-09.-
        ARTICULO 2º. Establécese que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del Permiso de Construcción ante el Servicio de Contralor de la Edificación, correspondiendo la aplicación de mayor aprovechamiento por la suma de $ 380.000 (pesos uruguayos trescientos ochenta mil), realizándose el pago del 10 % de la suma indicada, por concepto de precio compensatorio, según las modalidades establecidas en la Resolución Nº1066/07 de fecha 26 de marzo de 2007.-
        ARTICULO 3º. Comuníquese.-
        2. Pase a la Secretaría General para su remisión a la Junta Departamental de Montevideo.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-