Resolución N° 3513/05
Nro de Expediente:
6410-002761-05
 
UNIDAD CENTRAL DE PLANIFICACION MUNICIPAL
Fecha de Aprobación:
1/8/2005


Tema:
ENAJENAR

Resumen:
Aprobar tasación de parcela propiedad municipal, ubicada con frente a la Avda. Arq. Horacio Acosta y Lara, para su enajenación al Instituto de las Hnas. de Ntra. Sra. del Perpetuo Socorro.

Montevideo, 1 de Agosto de 2005.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la venta del terreno lindero al padrón Nº 415.809, propiedad del Instituto de las Hermanas de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro, ubicado con frente a la Avda. Arq. Horacio Acosta y Lara;
          RESULTANDO: 1º) que por Decreto Nº 26.354 sancionado por la Junta Departamental de Montevideo de fecha 9 de junio de 1994 y Resolución Nº 389/94 de fecha 4 de julio de 1994, esta Unidad Central de Planificación Municipal en ejercicio de facultades delegadas, desafectó del uso público la parcela de propiedad municipal ubicada al norte del predio padrón Nº 415.809, a los efectos de su enajenación a los propietarios de los inmuebles linderos del mismo;
          2º) que el Servicio de Catastro y Avalúo informa:
          a) que de acuerdo a los estudios realizados y detallados a fs. 20 de estas actuaciones, el valor relativo de la parcela asciende a la suma de $1:073.530,32 (PESOS URUGUAYOS UN MILLON SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA CON TREINTA Y DOS CENTESIMOS) equivalente a U.R. 43.595,14 (UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTAS NOVENTA Y CINCO CON CATORCE CENTAVOS);
          b) que la enajenación se realiza a los efectos de que ésta se fusione con el predio lindero padrón Nº 415.809 y consta de un área de 756m.c. 86d.c. según plano de


          mensura del Ing. Agrim. Ricardo Lagos González adjunto a fs. 17;

          3º) que de acuerdo a lo resuelto por el Departamento Jurídico y la tasación respectiva, los representantes del citado Instituto manifiestan su conformidad con el precio establecido por el bien en cuestión;
          CONSIDERANDO: que la Directora de la División Planificación Territorial y el Director General de la Unidad Central de Planificación Municipal estiman procedente el dictado de resolución al respecto;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1º. Aprobar la tasación practicada por la el Servicio de Catastro y Avalúo de la parcela (sin empadronar) de propiedad municipal, ubicada con frente a la Avda. Arq. Horacio Acosta y Lara, con un área de 756m.c. 86d.c., según plano de mensura que luce a fs.17 de estas actuaciones, con el fin de proceder a su enajenación al Instituto de las Hermanas de Nuestra Señora del Perpetuo Socorro.
          2º. Establecer el valor de la misma en la suma de $1:073.530,32 (PESOS URUGUAYOS UN MILLON SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA CON TREINTA Y DOS CENTESIMOS) equivalente a U.R. 43.595,14 (UNIDADES REAJUSTABLES CUARENTA Y TRES MIL QUINIENTAS NOVENTA Y CINCO CON CATORCE CENTAVOS).
          3º. Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, de Acondicionamiento Urbano, de Descentralización, al Cuerpo de Escribanos del
          Departamento Jurídico, al Servicio de Catastro y Avalúos, a la Unidad de



          Expropiaciones y pase al Servicio de Regulación Territorial.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-