Resolución N° 1049/05
Nro de Expediente:
1002-004010-05
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
28/2/2005


Tema:
CONVENIO

Resumen:
Se aprueba el texto del Acta de Protocolo de colaboración a suscribir entre esta Intendencia Municipal, la Fundación Galicia Emigración, Centro Gallego de Montevideo y Federación de Asociaciones Gallegas en el Uruguay (Unión de Sociedades Gallegas).-

Montevideo, 28 de Febrero de 2005.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la suscripción de un Protocolo de Colaboración entre la Fundación Galicia Emigración, Intendencia Municipal de Montevideo, Centro Gallego de Montevideo y la Federación de Asociaciones Gallegas en el Uruguay (Unión de Sociedades Gallegas);
          RESULTANDO: que de fojas 1 a 8 luce el texto propuesto para la firma el 2 de marzo del corriente año, del mencionado Protocolo, en el cual se expresa que la Fundación Galicia Emigración tiene por objeto promover, incentivar y ejecutar cuantas acciones se orienten a la potenciación y difusión de la galleguidad en cualquier parte del mundo, en especial en los lugares donde estén radicadas comunidades gallegas así como la realización de acciones encaminadas a apoyar a los emigrantes gallegos retornados y a sus descendientes;
          CONSIDERANDO: que se estima conveniente aprobar el texto del Acta de referencia;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1.- Aprobar el texto del Acta de Protocolo de Colaboración a suscribirse entre la Fundación Galicia Emigración, esta Intendencia Municipal de Montevideo, el Centro Gallego de Montevideo y la Federación de Asociaciones Gallegas en el Uruguay (Unión de Sociedades Gallegas), de acuerdo con las siguientes cláusulas:
          PROTOCOLO DE COLABORACION ENTRE LA FUNDACION GALICIA EMIGRACIÓN, LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO, EL CENTRO GALLEGO DE MONTEVIDEO Y LA FEDERACION DE ASOCIACIONES GALLEGAS EN EL URUGUAY (UNION DE SOCIEDADES GALLEGAS). En Montevideo, a dos de marzo del año dos mil cinco, POR UNA PARTE: la Fundación Galicia Emigración, actuando en su nombre y representación Y DE LA OTRA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo actuando, en su nombre y representación, , de conformidad a las facultades que, para vincularse en este acto, tienen conferidas; el Centro Gallego de Montevideo actuando, en su nombre y representación su , con poder suficiente para comprometerse en este acto y la Federación de Asociaciones Gallegas en el Uruguay (Unión de Sociedades Gallegas) actuando, en su nombre y representación, , con poder suficiente para comprometerse en este acto. Las partes intervienen en virtud de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades y atribuciones que tienen conferidas, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimidad para obligarse a convenir y a su efectos EXPONEN: PRIMERO.- La Fundación Galicia Emigración tiene por objeto promover, incentivar y ejecutar cuantas acciones se orienten a la potenciación y difusión de la galleguidad en cualquier parte del mundo, en especial en los lugares donde estén radicadas comunidades gallegas así como la realización de acciones encaminadas a apoyar a los emigrantes gallegos retornados y a sus descendientes.- SEGUNDO.- El Patronato de la Fundación Galicia Emigración, en su reunión del día 17 de diciembre de 2004, aprobó su presupuesto para el presente ejercicio y en la documentación que lo compone se determina que la Fundación va a priorizar sus actuaciones donde las circunstancias lo requieran teniendo como objetivo fundamental atender los derechos básicos de la persona siendo uno de sus objetivos la "asistencia social".- TERCERO.- La República Oriental del Uruguay fue uno de los países que más emigrantes gallegos acogió y en la que, hoy en día, existe una amplísima colonia de gallegos y de sus descendientes.- CUARTO: Las circunstancias económicas que afectan al Uruguay, derivadas de la crisis que con carácter general está afectando a toda Latinoamérica, hace que las entidades firmantes (que por su propia naturaleza está profundamente comprometidas con los intereses generales de los ciudadanos y a que estos reciban una adecuada cobertura social) sean conscientes de esta situación, razón por la que aúnan sus esfuerzos para aminorar, en lo posible, los embates de la crisis en uno de los sectores de la ciudadanía con menor capacidad de respuesta ante estas situaciones, casos de los menores.-Las Partes consideran que es un deber preservar los derechos básicos de los menores y a tales efectos formalizan el presente PROTOCOLO que se regirá de acuerdo a lo dispuesto en las siguientes CLAUSULAS: PRIMERA: El presente protocolo tiene por objeto instrumentar la colaboración entre la Fundación Galicia Emigración, Intendencia Municipal de Montevideo, Centro Gallego de Montevideo y la Federación de Asociaciones Gallegas en el Uruguay (Unión de Sociedades Gallegas) para la realización conjunta de un programa de distribución de alimentos y material escolar.- La acción se llevará a cabo entre los menores uruguayos hijos de gallegos o de sus descendientes. Las edades de los beneficiarios serán las comprendidas entre los 0 y 14 años, en lo referido a los lotes de alimentos, y de entre 5 y 13 años, en lo referido al material escolar. El resto de los menores, que no tengan esta condición y cuando las disposiciones de los lotes así lo permitan, podrán también ser beneficiarios de la acción, dentro de los tramos de edad antedichos.- SEGUNDA: El convenio que desarrolle los acuerdos que se concretan en el presente protocolo, se financiará con cargo a los presupuestos de la Fundación Galicia Emigración. TERCERA: Las partes se comprometen a que en el convenio de desarrollo del presente protocolo, se reflejen los siguientes compromisos:
          1. Por la Intendencia de Montevideo se coordinará el programa y, entre otras posibles acciones a realizar, se compromete a facilitar la relación de potenciales beneficiarios de la acción. Así mismo, pondrá a disposición de los firmantes sus servicios técnicos, a los efectos de determinar el contenido más adecuado de los lotes de alimentos y del material escolar.-
          2. El Centro Gallego de Montevideo y la Federación de Asociaciones Gallegas en el Uruguay (Unión de Sociedades Gallegas), adquirirán, tras la firma del correspondiente convenio, los lotes de alimentos y de material escolar precisos para la ejecución del objeto del presente protocolo.-
          3. El coste de los lotes de alimentos y del material escolar será sufragado con cargo a los presupuestos de la Fundación Galicia Emigración. Los costes de la distribución de los lotes serán asumidos por el Centro Gallego de Montevideo y la Unión de Sociedad Gallegas conforme a lo que se establezca en el convenio.
          4. Que en cada uno de los lotes de alimentos y de material escolar se inscriba la leyenda "Fundación Galicia Emigración" así como "Intendencia Municipal de Montevideo", "Centro Gallego de Montevideo" y "Federación de Asociaciones Gallegas en el Uruguay (Unión de Sociedades Gallegas)".

          CUARTA: La adquisición, distribución y control de los lotes de alimentos y del material escolar se realizará de conformidad a los acuerdos adoptados por las partes que, serán de conformidad a lo estipulado en el presente protocolo y posterior convenio. QUINTA: El presente protocolo tiene eficacia desde el día de su firma y ésta se mantendrá hasta la finalización de la vigencia del correspondiente convenio de desarrollo. SEXTA: Las cuestiones litigiosas que pudiesen surgir en la aplicación del presente protocolo serán resueltas por una Comisión Mixta que se constituirá por dos representantes de cada una de las partes firmantes, siendo los acuerdos por ésta adoptados inmediatamente ejecutivos no siendo recurribles en ninguna instancia jurisdiccional. Ejercerá las funciones de presidente de la Comisión uno de los representantes de la Fundación. Leído por las partes, por sí mismas, y como prueba de conformidad con lo expresado en el presente Protocolo, lo firman y rubrican por cuadriplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.-
          2.- Comuníquese a los Departamentos Jurídico, de Desarrollo Económico e
          Integración Regional y pase al Servicio de Relaciones Públicas para la formalización del presente Protocolo.-

DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal.-
ING. QUIM. PABLO BUONOMO, Secretario General.-