Resolución N° 1294/03/4000
Nro de Expediente:
4112-007767-03
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
18/11/2003


Tema:
TRAMITE PREVIO

Resumen:
Admitir condicionado instalaciones deportivas Club Reducto, San Fructuoso Nº 1350.-

Montevideo, 18 de Noviembre de 2003.-
 
        VISTO: que el Club Deportivo Reducto, solicita regularizar las instalaciones deportivas (gimnasio, cantina, cancha de basketball), ubicadas en el predio empadronado con el Nº 54.699, sito con frente a la calle San Fructuoso Nº 1350;
        RESULTANDO: 1º) que se declara un área edificada de 388 m2 y a cielo abierto 1.912 m2, sobre una superficie de terreno de 56.245 m2;
        2º) que el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que, si bien el estacionamiento existente no cuenta con la capacidad prevista por la normativa vigente, puede admitirse dado que no provoca problemas de impacto en el tránsito;
        3º) que el Servicio de Contralor de la Edificación informa que, si bien no se ajusta a lo establecido en el Art D.356 del Decreto Departamental Nº 29.118, puede autorizarse de acuerdo con lo informado a fs. 8 de estas actuaciones;
        4º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones presta su conformidad;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 2.467/00 y su modificativa Nº 2.576/00 del 17/VII/00 y 24/VII/00 respectivamente, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la implantación o regularización de establecimientos de usos no residenciales, con destinos diferentes a los admitidos por la normativa aplicable para la zona de implantación y características de funcionamiento -escala, lugar para carga y descarga interno del predio, etc.- siempre que no impliquen interferencias graves con el entorno inmediato y hayan merecidos informes favorables de las Oficinas competentes;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Admitir con carácter temporal, la viabilidad de uso para la regularización de las instalaciones deportivas del Club Deportivo Reducto (gimnasio, cantina, cancha de basketball), ubicadas en el predio empadronado con el Nº 54.699, sito con frente a la calle San Fructuoso Nº 1350, condicionado a que:
        a) todos los inconvenientes provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio local;
        b) todas las operaciones de carga y descarga de mercaderías, así como el estacionamiento de vehículos deberán realizarse dentro del predio y sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
        c) se admite la actividad fuera de la jornada diurna de ocho horas de labor, siempre que no se constaten molestias al vecindario;
        d) se cumplan las medidas de prevención contra el fuego aconsejadas por la Dirección Nacional de Bomberos;
        e) el presente trámite aprueba destinos y áreas del local, no implicando autorización para la construcción en zonas de ensanche y retiros y
        f) la interesada dentro de un plazo de tres meses, presente la correspondiente habilitación y retire el duplicado de este trámite.-
        2º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización, para conocimiento de la autoridad local competente y pase al Servicio de



        Contralor de la Edificación.-

ARQ. ROBERTO VILLARMARZO, Director General.-