Resolución N° 3292/99
Nro de Expediente:
4001-004622-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
2/9/1999


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Convenio patrocinio IMM-Gralado S.A. -Luzimax S.A., para implementación servicios Terminal Tres Cruces.-

Montevideo, 2 de Setiembre de 1999.-
 
        VISTO: la implementación de servicios informativo cultural y comercial en el predio contiguo a la Terminal y Shopping "Tres Cruces" por parte de la concesionaria, Gralado S.A.;
        RESULTANDO: 1º) que con fecha 3/VI/98 la mencionada Empresa acordó con Luzimax S.A. la instalación de un panel electrónico de "Light Emitting Diode" para la exhibición de publicidad, avisos de interés general e información relativa al funcionamiento de la mencionada terminal;
        2º) que en el marco de cooperación pública-privada por parte de esta Administración se ha utilizado como instrumento el de los convenios de patrocinio segun lo dispuesto por Decreto Departamental Nº 25.396 del 19/XII/91 y considerando que la instalación del panel electrónico mencionado, su ubicación e incidencia en la zona de la Terminal así como el mejoramiento general de toda el área dal servicio de la población, constituyen un conjunto de servicios y actividades a regular en común dentro del mecanismo de los mencionados convenios;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que la propuesta presentada contempla adecuadamente los objetivos de esta Administración;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Aprobar el siguiente texto de Convenio a celebrarse entre esta

        Intendencia Municipal, Gralado S.A. y Luzimax S.A.:
        PROYECTO DE CONVENIO
          CONVENIO DE PATROCINIO: En Montevideo, a los días del mes de agosto de mil novecientos noventa y nueve, POR UNA PARTE: La Intendencia Municipal de Montevideo, (en adelante IMM), representada en este acto por ,con domicilio en la Avda. 18 de Julio Nº 1360, de esta ciudad.- POR OTRA PARTE: "GRALADO S.A.”, en su carácter de concesionaria de la Terminal y Shopping “Tres Cruces” de Montevideo, representada en este acto por el Cr. Carlos Alberto Lecueder y el Dr. Luis V. Muxi Muñoz, con domicilio en el Bvar. Gral. Artigas Nº 1825, de esta ciudad; Y, POR OTRA PARTE: “LUZIMAX S.A.”, representada en este acto por el Sr. Johnny D’Ottone, con domicilio en la calle Mercedes Nº 1131, Piso 4 de esta ciudad.- CONVIENEN: PRIMERO: Antecedentes.- 1º) El Ministerio de Transporte y Obras Públicas efectuó, en 1989, una licitación pública No. 32/89, teniendo por objeto el proyecto, construcción, explotación y mantenimiento, en la ciudad de Montevideo, de la Terminal de ómnibus de transporte para líneas internacionales y nacionales de corta, mediana y larga distancia “en el predio limitado por las calles Goes, Acevedo Díaz, Galicia y Bulevar General Artigas” (art. 8 del Pliego).- 2º) El 12 de febrero de 1990 tuvo lugar el acto de apertura presentando GRALADO S.A. su propuesta que fue considerada positivamente por la Administración aconsejándose adjudicársele la concesión.- 3º) El 20 de Julio de 1990 el Poder Ejecutivo resolvió adjudicar a GRALADO S.A. la concesión y el 11 de Julio de 1991 se celebró el contrato correspondiente (aprobado por Resolución del P.E. No. 504/91 con la misma fecha), obligándose la Administración a suministrar a GRALADO S.A. el predio delimitado por las calles ya mencionadas en el Pliego (art. 3º). - 4º) Entre los múltiples contratos celebrados por GRALADO S.A. para el mejor desarrollo de la concesión, una vez construida y habiendo entrado en funcionamiento la Terminal, se encuentra el acordado con la empresa “LUZIMAX S.A.”, con fecha 3 de Junio de 1998, teniendo por objeto la instalación de un panel electrónico de “Light Emitting Diode” para la exhibición de publicidad, avisos de interés general e información relativa al funcionamiento de la Terminal lo cual ya ha tenido principio de ejecución.- 5º) La IMM, en el marco de su política de cooperación pública-privada, ha desarrollado múltiples iniciativas tendientes a brindar mejores servicios a la población montevideana, entre otras formas, a través de una mejor utilización, aprovechamiento y cuidado de los espacios públicos.- En este marco ha utilizado como instrumento el de los Convenios de Patrocinio según lo dispuesto por el Decreto de la Junta Departamental No. 25.396 del 19/12/91.- 6º) Las partes firmantes, concordando con estos objetivos, han considerado que la instalación del panel electrónico mencionado, su ubicación e incidencia en la zona de la Terminal así como el mejoramiento general de toda el área al servicio de la población, constituyen un conjunto de servicios y actividades a regular en común dentro del mecanismo de los Convenios de Patrocinio.- En consecuencia convienen en las siguientes estipulaciones.- SEGUNDO: Objeto.- El presente Convenio de Patrocinio tiene por objeto la implementación del servicio informativo cultural y comercial acordado por GRALADO S.A. y LUZIMAX S.A., en el predio objeto de la concesión de la Terminal Tres Cruces, así como el mejoramiento de la limpieza y mantenimiento de dicha área y su zona adyacente.- TERCERO: Aportes de GRALADO S.A..- a) Mantener en correctas condiciones de limpieza el espacio público limitado por el conjunto de la Terminal por el Oeste, la calle Avelino Miranda entre la Terminal y la Avda. Italia por el Noroeste, la Avda. Italia entre Avelino Miranda y Bulevar General Artigas por el Sureste, la calle Eduardo Víctor Haedo entre Bulevar General Artigas y la calle Mario Cassinoni por el sureste y la calle Mario Cassinoni entre la calle Eduardo Víctor Haedo y la Terminal por el oeste.- El mantenimiento en correctas condiciones de limpieza de dicho espacio, comprenderá las veredas y sendas peatonales, los componentes de mobiliario urbano, los monumentos y esculturas así como los espacios verdes, excluyéndose la reposición, sustitución o suministro de plantas, que serán de cargo de la IMM en caso necesario.- Las tareas de limpieza y mantenimiento deberán iniciarse en el plazo máximo de 15 (quince) días a partir de la firma del presente Convenio y serán supervisadas, controladas y asesoradas por el Servicio Gestión de Paseos Públicos y b) desarrollar las tareas de limpieza y mantenimiento a las que se obliga, con personal propio o mediante la contratación de servicios con terceros. La responsabilidad jurídica y económica derivada de tales tareas será de cargo de GRALADO S.A conforme a derecho.- CUARTO: Aportes de LUZIMAX S.A.- a) Instalar y administrar el panel electrónico mencionado, conforme al contrato celebrado con GRALADO S.A. y con las características autorizadas por el Servicio Centro Comunal Zonal 2 con fecha 20 de enero de 1999, en expediente No. B 09753, en el Bulevar General Artigas entre las calles Ferrer Serra y Goes.- b) Supervisar técnicamente el funcionamiento del panel, designando a esos efectos un técnico profesional que se responsabilizará ante la IMM por su instalación y funcionamiento.- c) otorgar a la IMM la utilización de dicho panel para la difusión de sus actividades y de información de interés general, a través de 60 (sesenta) menciones diarias de 10 (diez) segundo cada una, cuya frecuencia será acordada entre las partes.- Los costos de producción de las piezas informativas o publicitarias de la IMM serán de su cargo y d) LUZIMAX S.A. tiene vedada la utilización del panel para la emisión de información o publicidad de carácter político, religioso o ideológico.- QUINTO: Aportes de la IMM.- a) La IMM presta su aprobación a la instalación del cartel objeto del Contrato celebrado por GRALADO S.A. y LUZIMAX S.A. el 4 de junio de 1998, en el predio ubicado en el padrón No. 20829, que forma parte del área de Tres Cruces según Convenio oportunamente firmado entre la IMM y el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y que se encuentra aún en proceso de regularizar su transferencia dominial.- b) La IMM utilizará los espacios asignados en el funcionamiento del panel según lo establecido en la cláusula QUINTO LITERAL C) de este Convenio, para brindar información de sus actividades y sobre temas de interés municipal.- c) La IMM asesorará, supervisará y controlará las tareas de limpieza y mantenimiento del espacio público referido en la cláusula tercera y d) la IMM autorizará a las otras partes la colocación de carteles en el mencionado espacio público a efectos de publicitar la naturaleza del presente patrocinio, de acuerdo con el diseño y estilo que la Junta Local de la Zona 2 autorice previamente.- SEXTO: Plazo.- El presente Convenio de Patrocinio tendrá un plazo de 2 (dos) años a partir de su firma, prorrogable por 1 (un) año más si las partes no comunican su voluntad en contrario dentro de los 60 (sesenta) días previos al vencimiento de los 2 (dos) años.- SEPTIMO: Rescisión.- En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por cualquiera de las partes, se podrá dar por rescindido el presente Convenio sin que proceda indemnización alguna.- Y para constancia y como prueba de conformidad, se firman 3 (tres) ejemplares de un mismo tenor en el lugar y fecha indicados en la comparecencia.-
        2º.- Delegar en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la suscrición del Convenio que se aprueba por el numeral que precede.-
        3º.- Comuníquese al Departamento de Descentralización para conocimiento del Servicio Centro Comunal Zonal Nª 2, a la División Espacios Públicos y Edificaciones y al Servicio Gestión de Paseos Públicos y pase al Departamento de Acondicionamiento Urbano.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-