Resolución N° 557/15
Nro de Expediente:
4112-004483-11
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
2/2/2015


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se otorga un plazo de 4 meses para iniciar el traslado del establecimiento propiedad de la firma Expreso Ruta 5, ubicado en la calle Gral. Aguilar Nº 1372.

Montevideo, 2 de Febrero de 2015.-
 
        VISTO: que se dispuso impedir el funcionamiento del establecimiento propiedad de la firma Expreso Ruta 5, RUT 210443000018, ubicado en la calle Gral. Aguilar Nº 1372;
        RESULTANDO: 1º) que dicha clausura fue dispuesta por Resolución Nº 953/14/4000 del 22/XII/14, por la obstaculización del tránsito como consecuencia de la descarga de mercadería efectuada mediante camiones de gran porte;
        2º) que la propietaria solicitó una prórroga para solucionar los inconvenientes ocasionados, tal como se comprometió ante la Dirección del Departamento de Movilidad;
        3º) que por Resolución Nº 4/15/4000 del 8/I/15 se otorgó un plazo de 10 días para regularizar los inconvenientes ocasionados en la vía pública;
        4º) que con fecha 19/I/15 se solicita plazo para encontrar un local de las características que se necesita para la logística más la mudanza;
        5º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones considera pertinente otorgar un plazo de 4 meses para iniciar el traslado del establecimiento y condicionar el funcionamiento en su actual locación;
        CONSIDERANDO: que el Departamento de




        Acondicionamiento Urbano se manifiesta de conformidad;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Otorgar un plazo de 4 (cuatro) meses, a partir de la notificación, para iniciar el traslado del establecimiento propiedad de la firma Expreso Ruta 5, RUT 210443000018, ubicado en la calle Gral. Aguilar Nº 1372 y presentar la documentación que lo avale. La nueva instalación deberá cumplir con todas las condiciones requeridas para ese tipo de actividad y se tendrán que gestionar todas las autorizaciones pertinentes ante esta Intendencia.
        2º.- Disponer que mientras continúe en funcionamiento en la actual locación no podrá: a) estacionar vehículos y camiones en la vía pública; b) realizar tareas de carga y descarga fuera del recinto y c) generar perjuicios al entorno.
        3º.- Establecer que la División Tránsito y Transporte y el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 3 realicen inspecciones y seguimiento del funcionamiento del establecimiento motivo de obrados.
        4º.- Comuníquese a la División Tránsito y Transporte, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 3, Contralor de la Edificación y pase por su orden a la Oficina Central de este Departamento para su transcripción al Servicio Central de Inspección General y al Municipio C.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-