Resolución N° 2549/04
Nro de Expediente:
6370-004829-03
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
7/6/2004


Tema:
EXPROPIACIONES

Resumen:
Se aprueba la tasación practicada por la Unidad Expropiaciones de la División Planificación Territorial, por la indemnización que corresponde pagar por la expropiación parcial del inmueble No. 117.254, afectado por la obra del Plan de Saneamiento Urbano, Etapa III, caratulada "Red de Colectores de Aguas Negras y Pluviales de los barrios Sayago Norte, Peñarol y Ferrocarril" y obras anexas;

Montevideo, 7 de Junio de 2004.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la expropiación parcial del inmueble padrón No. 117.254, afectado por la obra del Plan de Saneamiento Urbano, Etapa III, caratulada "Red de Colectores de Aguas Negras y Pluviales de los barrios Sayago Norte, Peñarol y Ferrocarril" y obras anexas;
        RESULTANDO: 1o.) que por el Decreto No. 30.562 de fecha 4 de diciembre de 2003, se autorizó la expropiación parcial del mencionado inmueble y por Resolución No. 413/03/6300, de fecha 18 de diciembre de 2003 se dispuso la afectación;
        2o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, indica que se recibió el informe de la tasación practicada por la Unidad de Expropiaciones de la División Planificación Territorial, la que expresa que el citado inmueble consta de un área total de 2.557,50 mc, según plano de mensura del Ingeniero Agrimensor Andrés Dibarboure, de los cuales el área afectada por las obras es de 800 mc;
        3o.) que la mencionada Unidad continúa indicando que la indemnización a abonar, por la fracción a expropiar y todo tipo de daños y perjuicios asciende a la suma de $ 99.000,oo, equivalentes a U.R. 428,9986, habiéndose tomado la Unidad Reajustable vigente al mes de marzo de 2004 a $ 230,47;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, informa que con fecha 18 de diciembre de 2003, se notificó al Sr. Ernesto Negro de la tasación practicada, quien manifiesta objeciones al monto a pagar según consta a fs. 23 vta. de las presentes actuaciones; no haciéndose lugar al reclamo con fecha 20 de mayo de 2004,

        manteniendo el valor de la tasación efectuada en el informe de fecha 29 de abril de 2004;
        2o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 74844, por la suma de $ 99.553,74, aplicándose la Unidad Reajustable al mes de mayo de 2004, a $ 232.06;
        3o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se apruebe la tasación practicada, a efectos de poder contar con el bien en forma inmediata;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Aprobar la tasación practicada por la Unidad Expropiaciones de la División Planificación Territorial, estimada en la suma de CUATROCIENTAS VEINTIOCHO UNIDADES REAJUSTABLES CON NUEVE MIL NOVECIENTAS OCHENTA Y SEIS DIEZMILESIMAS (428,9986 U.R.), a favor del Sr. Ernesto Negro, C.I. 1.580.979-8, para la indemnización que corresponde pagar por la expropiación parcial del inmueble empadronado con el No. 117.254, afectado por la obra del Plan de Saneamiento Urbano, Etapa III, caratulada "Red de Colectores de Aguas Negras y Pluviales de los barrios Sayago Norte, Peñarol y Ferrocarril y obras anexas", por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la Unidad Central de Planificación Municipal y a la División Planificación Territorial y previa intervención de Contaduría General para el contralor del gasto, pase a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento a fin de proceder a la escrituración simultánea con el libramiento de la orden de pago, fijándose un plazo de quince (15) días para la desocupación del inmueble bajo apercibimiento de procederse al lanzamiento de los ocupantes, a cualquier título, en el plazo de treinta (30) días.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
LAURA FERNANDEZ, Secretaria General.-