Resolución N° 5164/10
Nro de Expediente:
7420-002204-10
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
4/11/2010


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se autoriza a Aldeas Infantiles SOS el uso de los espacios públicos ubicados en las Plazas de Cagancha (Libertad), de la Constitución (Matriz) e Ing. Juan P. Fabini, del 1º de noviembre del 2010 al 6 de enero de 2011, para la colocación de stands de venta de tarjetas navideñas y artículos promocionales, a fin de recaudar fondos para el desarrollo de su labor social.-

Montevideo, 4 de Noviembre de 2010.-
 
        VISTO: la nota de 22/9/10, de Aldeas Infantiles SOS, por la cual solicita autorización para instalar stands de venta de tarjetas navideñas y artículos promocionales, en distintos espacios de la ciudad, en el período comprendido entre el 1º de noviembre del año en curso y el 6 de enero de 2011;
        RESULTANDO: 1o.) que además se expresa que la recaudación lograda por las ventas hacen posible que cada año aumente la población atendida por esa organización, la cual cumple 50 años de actividad en nuestro país;
        2o.) que el 1º/10/10, el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño, atento al carácter social de la actividad, así como sus antecedentes, no presenta objeciones para la autorización en lo que le compete, recomendando el cumplimiento de ciertos aspectos (fs. 6);
        3o.) que el 15/10/10, el Alcalde del Municipio B también expresa su conformidad para la colocación de stands en los espacios solicitados;
        4o.) que el 28/10/10, la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia el dictado de resolución autorizando a Aldeas Infantiles SOS, el uso de los espacios públicos ubicados en las Plazas de Cagancha (Libertad), de la Constitución (Matriz) e Ing. Juan P. Fabini, del 1º de noviembre del 2010 al 6 de enero de 2011, para la colocación de stands de venta de sus productos, a fin de recaudar fondos para el desarrollo de su labor social, condicionado a que la gestionante deberá: A) cumplir: a) con las disposiciones departamentales vigentes en cuanto a la utilización de los espacios públicos solicitados y al cumplimiento del horario fijado, tomando todas las medidas necesarias para que no se ponga en riesgo la seguridad de las personas que intervengan en la actividad y de los allí presentes, siendo la única responsable de todo daño, perjuicio o accidente que se pudiera ocasionar; b) con la normativa ambiental vigente, debiendo tener un plan de gestión de residuos que abarque la actividad a desarrollar; c) con las condiciones que establece el Servicio de Planificación, Gestión y Diseño (fs. 6) en cuanto a: 1) establecer las coordinaciones previas con Grupo Centro y Paseo Cultural Ciudad Vieja; 2) permitir en todo momento la libre circulación peatonal; 3) no colocar publicidad comercial "fuera de sede"; 4) que en caso de requerirse consumo eléctrico, este deberá gestionarse ante la UTAP; 5) el otorgamiento de este permiso no supone apoyos materiales específicos, ni la exoneración de obligaciones legales y reglamentarias de cualquier naturaleza; B) responsabilizarse: a) de todo deterioro que se produzca en dichos espacios públicos, debiendo restituirlos en el mismo estado en que los recibe y en correctas condiciones de higiene, limpieza y mantenimiento, siendo de su cargo los daños que se produzcan al mobiliario urbano, pavimentos, césped, especies vegetales y demás instalaciones, tanto superficies aéreas o subterráneas, prohibiéndose terminantemente hacer uso de árboles, columnas de alumbrado público u ornamentos para la colocación de amplificadores, luminarias o carteles de cualquier tipo y que los decibeles del equipo de amplificación sonora en caso de utilizarse, deberán ajustarse a la normativa vigente; b) de todas las consecuencias que se originen o deriven de la actividad a desarrollar, quedando esta Intendencia exonerada de toda responsabilidad; C) efectuar las coordinaciones que correspondan con el Municipio B y los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1 y Central de Inspección General;
        5o.) que la Directora General del Departamento de Acondicionamiento Urbano, remite las actuaciones de conformidad con la autorización de que se trata;
        CONSIDERANDO: que procede dictar resolución en el sentido indicado;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Autorizar a Aldeas Infantiles SOS, el uso de los espacios públicos ubicados en las Plazas de Cagancha (Libertad), de la Constitución (Matriz) e Ing. Juan P. Fabini, del 1º de noviembre de 2010 al 6 de enero de 2011, para la colocación de stands de venta de tarjetas navideñas y artículos promocionales, a fin de recaudar fondos para el desarrollo de su labor social.-
        2.- Establecer que la solicitante deberá cumplir con las normas vigentes en cuanto a la utilización de los espacios públicos solicitados, de acuerdo al informe que se indica en el Resultando 4o., de la División Espacios Públicos y Edificaciones.-
        3.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Grupo Centro, al Municipio B, al Departamento de Acondicionamiento Urbano, a los Servicios Centro Comunal Zonal Nº 1, Central de Inspección General y Planificación, Gestión y Diseño y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones para notificar a la interesada y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
DR. JORGE RODRIGUEZ, Secretario General (I).-