Resolución N° 465/03/3000
Nro de Expediente:
3260-033506-01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
21/4/2003


Tema:
MULTAS HABILITACION

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 22,2615 a la firma SACEBE LTDA., propietaria del establecimiento destinado a parrillada-restaurante, sito en la calle 26 de marzo No. 3248 (reincidencia y contumacia).-

Montevideo, 21 de Abril de 2003.-
 
        VISTO: que por Resolución Nro. 862/02/3000, de fecha 9/VII/02, se dispuso aplicar una multa de U.R. 14,8410, a la firma Sacebe Ltda., R.U.C. 214566520012, propietaria del establecimiento destinado a parrillada-restaurante, sito en la calle 26 de Marzo No. 3248, cuyo representante legal es el Sr. José Jorge Infanzón, C.I. 1.087.619-0, con domicilio en Avda. Gral. Rivera No. 4412, por no proceder a levantar las observaciones efectuadas y no ajustar el local a condiciones reglamentarias, encontrándose en infracción con respecto a las normas reglamentarias vigentes;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 5 informa que pese a los plazos concedidos y a la sanción aplicada, la situación permanece incambiada, por lo que correspondería aplicar una multa de U.R. 22,2615, por infracción a lo establecido en la Sección XIII, Art. 14, inciso 1 y Arts. 21 y 22 del Decreto Nro. 21.626 (Reincidencia y Contumacia);
        2o.) que la Dirección Profesional de este Departamento, sugiere la aplicación de la multa de referencia por no haber agregado la documentación solicitada y no haber ajustado el local a condiciones reglamentarias, a pesar de las intimaciones efectuadas;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas



        hasta un monto de U.R. 55;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 22,2615 (Unidades Reajustables veintidós con dos mil seiscientas quince diezmilésimas) a la firma Sacebe Ltda., R.U.C. 214566520012, propietaria del establecimiento destinado a parrillada-restaurante, sito en la calle 26 de marzo No. 3248, cuyo representante legal es el Sr. José Jorge Infanzón, C.I. 1.087.619-0, con domicilio en Avda. Gral. Rivera No. 4412, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento, para notificar a la firma infractora y librar el testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 5.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización .-