Resolución N° 1115/03/3000
Nro de Expediente:
5220-028097-03
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
3/10/2003


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Aplicar multa al Sr. GIANCARLO CETRARO, propietario del establecimiento destinado a casa de inquilinato, sito en la calle Joaquín Requena No. 1312 ( falta encargado o responsable).-

Montevideo, 3 de Octubre de 2003.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el establecimiento destinado a casa de inquilinato, sito en la calle Joaquín Requena No. 1312, propiedad del Sr. Giancarlo Cetraro, C.I. 3.904.280-9, con igual domicilio a los efectos legales;
        RESULTANDO: 1o) que según surge de las mismas, mediante Acta A No. 09299, de fecha 10/IX/03 se informa que no se pudo realizar la inspección por la falta del encargado o responsable directo;
        2o) que el Servicio Central de Inspección General, sugiere la aplicación de una multa de U.R. 13,6213, al titular de obrados por infracción al Decreto No. 22.010 y de acuerdo con el Decreto No. 21.626 del 23/IV/84;
        3o) que la División Región Oeste se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: 1o) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se apliquen por transgredir las ordenanzas departamentales, hasta el máximo legal vigente;
        2o) que por Resolución No. 2478/00 del 17/VII/00 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas

        hasta un monto de U.R. 55
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 13,6213 (Unidades Reajustables trece con seis mil doscientas trece diezmilésimas), al Sr. Giancarlo Cetraro, C.I. 3.904.280-9, propietario del establecimiento destinado a casa de inquilinato, sito en la calle Joaquín Requena No. 1312, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada, dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase al Servicio Central de Inspección General para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-