Resolución N° 2684/15
Nro de Expediente:
6401-000826-14
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
15/6/2015


Tema:
ESTUDIO DE IMPACTO

Resumen:
Aprobar, con carácter precario y revocable, el Estudio de Impacto Territorial de la empresa CAMINAGRO S.A., con destino planta de acopio y acondicionamiento de granos, ubicada en el padrón Nº 426730, con frente a Camino Bajo de la Petiza 5251-5281, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 17, Municipio A.-

Montevideo, 15 de Junio de 2015.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de aprobación del Estudio de Impacto Territorial de la empresa CAMINAGRO S.A., con destino a planta de acopio y acondicionamiento de granos, ubicada en el padrón Nº 426730, con frente a Camino Bajo de la Petiza 5251-5281, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 17, Municipio A;
        RESULTANDO: 1º) que la Comisión Técnica de Estudios de Impacto Territorial informa que:
        a) por expediente Nº 6410-001485-13 se aprobaron los parámetros urbanísticos para el padrón de referencia, estableciéndose que, por el destino propuesto y la superficie involucrada, se debería realizar un Estudio de Impacto Territorial ante la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial a efectos de evaluar la implantación del emprendimiento;
        b) Marco Normativo y Afectaciones del predio:
        De acuerdo a las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial, el predio se ubica en suelo categorizado como Suburbano, subcategoría Suburbano No Habitacional, área diferenciada Rincón del Cerro Oeste.
        Se trata de un suelo con atributo potencialmente transformable, que pertenece al sector denominado APT 28, cuya transformación propuesta en las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial es Suelo No Habitacional Intensivo.
        De acuerdo a la zonificación del Plan de Ordenamiento Territorial, el predio se ubicaba en el ex PAU 3.
        La superficie total es 86.769m2 estando afectado por ensanche del Camino Bajo de la Petiza a 30 mts., que se determina 15 mts. para cada lado del eje del Camino.
        El predio está atravesado en dirección SO-NE por la cañada Bellaco, curso de agua intermitente que desemboca en el Arroyo Pantanoso;
        c) la planta proyectada se destina al acondicionamiento de granos (soja, maíz, sorgo, trigo y cebada) e incluye las operaciones de prelimpieza y secado.
        La prelimpieza tiene como objetivo remover las impurezas de los granos y proveer un flujo continuo a la unidad de secado.
        El acopio se realizará en silos con sistema de aireación para mantener la calidad del grano obtenido.
        La infraestructura consta de plataforma volcadora con cubierta metálica para recibo, secadora (160 ton/h), máquinas de zarandeo y pre-limpieza (250ton/h), 4 silos pulmones de cono elevado con aireación reforzada (751 ton), 4 silos de acopio (6.297 ton), 2 silos de subproducto (51 ton), un silo de despacho (91 ton), balanza de camiones y de flujo para expedición, sub estación, sala de tableros, estación de GLP, área de servicio para camiones, caminería interna y explanada para estacionamiento de camiones.
        d) la superficie a edificar asciende a 2.603 m2 lo cual implica un FOS de 3.06 %.
        Existe una construcción de 114m2 ubicada en zona afectada por ensanche la cual no se contabilizó para el cálculo del FOS.
        La superficie impermeable propuesta es de 26.740 m2 representando un FIS de 31.50%.
        El proyecto prevé la creación de 18 puestos de trabajo directo durante los tres meses de zafra alta, 12 en la zafra media y 6 durante los restantes seis meses. Además se estima la creación de 15 puestos de trabajo indirectos relacionados a la planta;
        e) Análisis de la propuesta:
        - Aspectos Territoriales:
        Desde el punto de vista territorial, la actividad se ajusta a la categorización del suelo donde pretende implantarse. De acuerdo al artículo 30 de las Directrices Departamentales, el suelo suburbano no habitacional, admite la implantación de actividades no habitacionales, con la fraccionabilidad, usos y parámetros de edificabilidad dados por la normativa para el suelo rural de usos mixtos del Plan Montevideo, en tanto no se especifiquen otros. Además se trata de una porción de territorio pensada para transformarse en enclave destinado a actividades logísticas e industriales que tiene como objetivo dar soporte territorial a actividades productivas de este tipo.
        Respecto a los valores de FOS y FIS propuestos, si bien el FOS está dentro de los parámetros vigentes, el FIS se excede en porcentaje (18% más) y en metraje (20.581 m2 de exceso) respecto al normativo.
        Las medidas de mitigación que se proponen al respecto contemplan tal situación.
        La altura de los silos asciende a 22,4 m, si bien excede a la altura reglamentaria la Comisión Técnica de Estudios de Impacto Territorial entendió que dada la especificidad del sistema de almacenamiento propuesto, el criterio adoptado en iguales destinos y el hecho que el suelo pertenezca a un sector donde están siendo revisados los parámetros urbanos a admitirse, sería admisible la tolerancia solicitada.
        En referencia a la construcción de 114m2 de superficie ubicada en la zona de ensanche, cabe aclarar que se aceptará hasta tanto se inicien las obras de ensanche. En ese momento la empresa deberá proceder a su demolición tal como se comprometió en declaración jurada protocolizada que luce a fs. 302 a 304 del presente expediente.
        - Aspectos ambientales:
        Respecto a la evaluación ambiental, el Estudio de Impacto Ambiental presentado, reconoce la existencia de impactos ambientales negativos, como la contaminación atmosférica producida por el material articulado y humo de camiones; la contaminación acústica generada por el propio proceso, la generación y control de plagas y la generación de residuos líquidos y sólidos.
        En este sentido el proyecto fue evaluado por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas donde se informó que no habría objeciones a la implantación del emprendimiento en el predio.
        La Unidad de Residuos Sólidos Industriales y Suelo, el Servicio Estudios y Proyectos de Saneamiento y la Unidad de Efluentes Industriales, también evaluaron el proyecto sin tener observaciones que formular.
        - Aspectos de tránsito y movilidad:
        Respecto al impacto de Tránsito, cabe señalar que el emprendimiento prevé un movimiento de 80 camiones diarios en zafra alta con máximos de 180 camiones en los días pico, y un promedio de 10 camiones diarios en zafra baja. Los camiones utilizados serán de acuerdo a la categorización del Ministerio de Transporte y Obras Públicas los C11-R11; C11-R12; C12-R12; y T11-S2. Como medida de mitigación al impacto que ello producirá sobre el Camino Bajo de la Petiza, la empresa propuso, entre otras medidas de mitigación, la construcción de un carril de desaceleración, que amortigüe el impacto en el tránsito.
        Dado que parte de las obras del acceso y vías de desaceleración se proyectan en zona de ensanche, la gestionante presentó una declaración jurada comprometiéndose a su traslado tan pronto se inicien las obras del ensanche proyectado en Camino Bajo de la Petiza.
        - Aspectos socioeconómicos:
        De acuerdo al informe del asesor económico de la Comisión Técnica de Estudios de Impacto Territorial, la implantación de la empresa tendrá un bajo impacto social y económico para la comunidad circundante ya que existe similitud y compatibilidad del emprendimiento con la dinámica ya existente en la zona;
        f) se sugiere aprobar, con carácter temporal, precario y revocable, en las condiciones establecidas por esta Comisión, el Estudio de Impacto Territorial de la empresa CAMINAGRO S.A., con destino Acopio y acondicionamiento de granos, de acuerdo a los siguientes parámetros:
        Superficie a edificar: 2.603 m2
        Superficie a mantener (temporalmente) en ensanche: 114 m2
        Superficie impermeable: 26740 m2
        FOS: 3,06 %
        FIS: 31,50 %
        Altura admisible: 22,4 mts;
        CONSIDERANDO: 1º) que la Dirección de la División Planificación Territorial comparte lo informado precedentemente;
        2º) que la Dirección General del Departamento de Planificación estima conveniente se dicte resolución al respecto;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:

        1º. Aprobar, con carácter precario y revocable, el Estudio de Impacto Territorial de la empresa CAMINAGRO S.A, con destino a acopio y acondicionamiento de granos, a implantarse en el padrón Nº 426730, ubicado con frente a Camino Bajo de la Petiza 5251-5281, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 17, Municipio A, de acuerdo al gráfico visado técnicamente e incorporado al expediente Nº 6401-000826-14, de acuerdo a los siguientes parámetros:
        Superficie a edificar: 2.603 m2
        Superficie a mantener (temporalmente) en ensanche: 114 m2
        Superficie impermeable: 26.740 m2
        FOS: 3,06 %;
        FIS: 31,50 %.-
        2º. Autorizar desde el punto de vista urbanístico exceder la altura reglamentaria de los silos hasta 22,4 metros, en en el padrón mencionado en el numeral anterior.-
        3º. Establecer que la presente autorización quedará sujeta al cumplimiento de las siguientes condicionantes:
        A) Condiciones generales de la aprobación:
        a) todas las operaciones del establecimiento y la carga y descarga de mercaderías deberán realizarse dentro del predio, sin perturbar el tránsito vehicular ni peatonal;
        b) los residuos sólidos y líquidos se tratarán y eliminaran de forma tal que no creen focos de insalubridad de acuerdo a lo que establecen las oficinas competentes en materia de desagües industriales;
        c) las cenizas, polvos, olores, ruidos, gases, materiales de desecho, vibraciones, provenientes de las operaciones o procesos que se realicen dentro del predio, deberán eliminarse o limitarse al propio establecimiento;
        d) deberá ajustarse a lo dispuesto por Resolución Nº1260/08 de fecha 31 de marzo de 2008 y Resolución Nº 2488/09 de fecha 22 de junio de 2009, que reglamenta la circulación de transporte de carga en el Departamento de Montevideo, en el marco del Plan de Movilidad;
        e) cumplir con toda normativa local y nacional referente a la actividad y su emplazamiento, especialmente los Decretos Nº 16556; Nº 16081 y Nº 17918 en el marco de la Ley de protección acústica Nº 7852/004, reglamentados en circular 20/10/987 y el Artículo137 del Decreto Nº 29.434 de la Junta Departamental de Montevideo; Decreto Nº 13.982 (Disposición sobre Aguas Residuales Industriales de la Junta Departamental de Montevideo); Resoluciones internas del Departamento de Desarrollo Ambiental Nº 117/97 y Nº 162/97; Decreto Nº 253/79 y sus modificativos del Poder Ejecutivo; Resoluciones Nº 5055/11 y Nº 5383/12 del Departamento de Desarrollo Ambiental;
        B) Condiciones particulares de la aprobación:
        a) al momento de ingresar la solicitud de Habilitación Comercial, la empresa deberá presentar, ante la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial, la constancia de haber iniciado las gestiones de cesión del área de su predio, afectada por ensanche del Camino Bajo de la Petiza, a favor de la Intendencia de Montevideo a título gratuito, de acuerdo a la declaración jurada de la empresa, adjunta al expediente Nº 6401- 000826-14 folio 302 a 304;
        b) cuando se inicien las obras de ensanche previstas para el Camino Bajo de la Petiza, la empresa deberá:
        - demoler la construcción de 114 m2 de superficie existente en dicha zona de ensanche, la que fue realizada sin permiso;
        - reconstruir en el interior del predio, y fuera de la zona de ensanche, las obra viales de acceso al predio;
        c) se deberán evitar las emisiones de material particulado tomando las precauciones expuestas en el Estudio de Impacto Ambiental aprobado en el expediente Nº 6401-000847-14. En particular los filtros de bolsa empleados en la extracción de aire con partículas deberán tener una eficiencia mínima de 90 % de retención de PM 0,5. Se deberá mantener limpia la caminería y todo lugar donde pueda acumularse polvo, debiendo mantener un riego frecuente para evitar el trasiego y dispersión de material fino;
        d) los niveles sonoros de fuentes fijas y móviles durante la actividad industrial, no podrán diferir de los valores declarados en informe técnico de la empresa Ecotech adjunto al expediente Nº 6401-000847-14 y las afectaciones sonoras de inmisión en viviendas de terceros no podrán superen los 39 dBA en horario nocturno;
        e) deberán realizarse las obras de amortiguación de aguas pluviales de acuerdo al proyecto aprobado y visado a fs. 323 del expediente Nº6401-000847-14;
        f) la empresa deberá construir un carril de desaceleración, e incorporar una senda peatonal sobre Camino Bajo de la Petiza, de acuerdo a la propuesta aprobada en el plano visado. Se deberá colocar la señalización (carteles que indiquen la velocidad máxima de circulación por la senda de desaceleración, carteles de pare y cruce de peatones), pintado de cebras para dar prioridad a los peatones, y estacionamiento interno para 10 camiones, para mitigar el impacto que genera sobre el Camino Bajo de la Petiza el ingreso de camiones categorizados por el MTOP como C11-R11; C11-R12; C12-R12; y T11-S2.-
        4º. Establecer que el Estudio de Impacto Territorial que motiva estas actuaciones, tendrá una vigencia máxima de 2 años, a partir de la fecha de su aprobación, debiendo gestionar su reválida si vencido ese plazo no se presentó la solicitud de Permiso de Construcción y/o la Habilitación Comercial del establecimiento.-
        5º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del Permiso de Construcción ante el Servicio de Contralor de la Edificación.-
        6º. Comuníquese al Departamento de Acondicionamiento Urbano; al Municipio A; a la División Planificación Territorial; a los Servicios Contralor de la Edificación y C.C.Z. Nº 17 y pase a la Oficina Central del Departamento de Planificación para la liquidación de las reposiciones administrativas correspondientes y a la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial a sus efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-