Resolución N° 4228/02/2000
Nro de Expediente:
3360-000523-02
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
14/11/2002


Tema:
VIVIENDAS

Resumen:
Se deja sin efecto la Resolución No. 4444/99/2000 de 2 de noviembre de 1999 y se dispone la venta en condominio del inmueble ubicado en el Barrio Municipal No. 22 (Ganaderos y Yugoeslavia), Manzana A, Solar 4, a las señoras Sandra Pereyra y Gladys Hernández.

Montevideo, 14 de Noviembre de 2002.-
 
        VISTO: que por Resolución No. 4444/99/2000 del 2 de noviembre de 1999 se dispuso la venta de la vivienda municipal ubicada en el Barrio Municipal No. 22 (Ganaderos y Yugoeslavia), Manzana A, Solar 4, a los Sres. Belisario Vázquez y Gladys Hernández;
        RESULTANDO: 1o.) que se presenta la Sra. Sandra Pereyra, nieta del Sr. Belisario Vázquez solicitando se le reconoscan los derechos adquiridos y la titularidad del bien, estableciendo que vive en la finca desde el año 1968;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Inmobiliarios expresa el 18/10/91, el Sr. Belisario Vázquez, solicita la compra de la finca de obrados declarando en ese momento como integrantes del grupo familiar, a sus nietas Sandra Pereyra y Victoria Pereyra y por Resolución No. 1871/96 de 7/05/96, se dispuso la venta de la msma al Sr. Vázquez, al amparo del Decreto No. 26.949 Arts. 102 y 105, de la cual no se llegó a notificar, por lo que el 26/07/99 se ofrecieron a sus ocupantes Sres. Belisario Vázquez, Gladys Hernández y Sandra Pereira para expresar la aceptación a las condiciones de venta en condominio establecidas por Resolución No. 2068/99 de 7/06/99, estableciendo que " la I.M.M. tendrá por desinteresado a quien no concurra en el plazo indicado", aceptando la oferta la Sra. Gladys Hernández y Sr. Belisario Vázquez;
        CONSIDERANDO: 1o.) que el Departamento Jurídico informa que el Sr. Belisario Vázquez fallecio el 31 de agosto de 2001, continuando en la finca la Sra. Sandra Pereyra por lo que correspondería regularizar la situación planteada, atendiendo a la situación de hecho reconocida por la Administración: la ocupación de Sandra Pereyra de la vivienda adjudicada al Sr. Belisario Vázquez, por lo que sugiere dejar sin efecto la Resolución No. 4444/99/2000, adjudicando a las Sras. Gladys Hernández y Sandra
        Pereyra en carácter de condominio, el inmueble de obrados en el mismo precio, resultando conveniente que cada una se hiciera cargo del pago de 33 unidades reajustables, a fin de no generar conflictos, ya que no integran el mismo nucleo familiar;
        2o.) que corresponde dejar sin efecto la Resolución No. 4444/99/2000 a nombre de Gladys Hernández y Belisario Vázquez y adjudicar la vivienda a las Sras. Sandra Pereyra y Gladys Hernández, en carácter de condominio y al mismo precio, estableciendo la obligatoriedad de pago de la mitad de la deuda para cada parte;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE RECURSOS FINANCIEROS EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.- Dejar sin efecto la Resolución No. 4444/99/2000 de 2 de noviembre de 1999.-
        2o.- Disponer la venta en condominio del inmueble ubicado en el Barrio Municipal No. 22 (Ganaderos y Yugoeslavia), Manzana A, Solar 4, a las señoras Sandra Pereyra y Gladys Hernández.-
        3o.- El precio del inmueble de referencia se fija en la suma de UNIDADES REAJUSTABLES SESENTA Y SEIS (UR 66), pagadero en las condiciones establecidas en el Decreto Departamental No. 27.612 del 12 de junio de 1997.-
        4o.- El precio establecido deberá ser abonado obligatoriamente en partes iguales por las adjudicatarias.-
        5o.- Pase al Servicio de Ingresos Inmobiliarios.-

Cr. ALFREDO ASTI, Director General del Departamento de Recursos Financieros.-