Resolución N° 2103/06
Nro de Expediente:
6402-000432-04
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
26/6/2006


Tema:
REITERACIONES DE GASTOS

Resumen:
Se reitera el gasto de U.R. 450,oo correspondiente a la adquisición de las unidades del Edificio Jaureguiberry, que se indican.-

Montevideo, 26 de Junio de 2006.-
 
          VISTO: que por Decreto Departamental No. 31.651, de 23/III/06, promulgado por Resolución No. 1245/06, de 18 de abril de 2006, se facultó a esta Intendencia Municipal a adquirir las unidades de propiedad horizontal 001 a 006, 101 a 107, 201 a 207 y 301 a 307, que conforman el inmueble padrón No. 2758, con frente a Piedras y Pérez Castellano, cuya expropiación fue autorizada por Decreto No. 30.720, de 15/4/04, abonando los precios acordados en vía administrativa y aceptando que los adeudos existentes en cada una por concepto de Contribución Inmobiliaria y Tasa General Municipal, se extingan por confusión (Art. 1544 del Código Civil);
          RESULTANDO: 1o.) que en ese marco, la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros, en ejercicio de las facultades delegadas por Resolución No. 3218/05, de 13/7/05, dictó la Resolución No. 47/06/2000, de 27 de abril de 2006, disponiendo la adquisición de las unidades de que se trata;
          2o.) que el 12 de junio del año en curso, la Contadora Delegada del Tribunal de Cuentas de la República observó el gasto de 450 U.R., derivado de dicha disposición, manifestando que el precio difiere de la tasación lo cual contraviene el artículo 36o. del T.O.C.A.F. que establece que cuando para la adquisición de inmuebles se invoquen causales de excepción para prescindir del requisito de licitación pública o licitación abreviada, en su caso, deberá solicitarse previamente tasación de la Dirección Nacional de Catastro (Solicitud 91904);
          CONSIDERANDO: 1o.) que se trata de un edificio emblemático de la zona donde se ubica, con enorme valor histórico y testimonial, necesario para la política de renovación urbanística con destino preferencial a viviendas, que se ha propuesto esta Administración Municipal;
          2o.) lo previsto en los artículos 211, inciso B) de la Constitución de la República y 97o. del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera del Estado;
          EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:
          1. Reiterar el gasto de la suma de U.R. 450,oo (cuatrocientas cincuenta unidades reajustables) dispuesto por Resolución No. 47/06/2000, dictada por la Dirección General del Departamento de Recursos Financieros el 27 de abril de 2006, para la adquisición de las unidades de propiedad horizontal que tratan estas actuaciones.-
          2. La adquisición de las viviendas de referencia se gestiona al amparo del Decreto Departamental No. 31.651, de 23 de marzo de 2006, en virtud de lo cual y de lo expresado en el Considerando 1o.) de esta resolución, se dispone la reiteración del gasto.-
          3. Comuníquese al Tribunal de Cuentas de la República, al Departamento de Recursos Financieros y pase a la Contaduría General a sus efectos.-
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal.-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-