Resolución N° 2526/00
Nro de Expediente:
6344-007032-00 6344-013372-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
24/7/2000


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal. multa 270 U.R. , obra sanitaria sin permiso 25 de Agosto Nº 508, RONYLUX S.A. .-

Montevideo, 24 de Julio de 2000.-
 
        VISTO: las instalaciones sanitarias del inmueble sito en la calle 25 de Agosto Nº 508, propiedad de RONYLUX S.A. RUC 21 318733 0012;
        RESULTANDO: que el Servicio de Instalaciones Sanitarias Internas informa que correspondería aplicar una multa de 270 U.R., por infracción al Art. 13º del Decreto N° 2.781 (Ordenanza de Obras Sanitarias Domiciliarias), de acuerdo con lo que establece el Art. 16° del Decreto Departamental Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84;
        CONSIDERANDO: que de acuerdo con los términos de la Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94, por las multas mayores de 70 U.R. corresponde previo a su aplicación, solicitar anuencia a la Junta Departamental de Montevideo;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia Municipal de Montevideo para imponer una multa de 270 U.R. (doscientas setenta unidades reajustables) a RONYLUX S.A. RUC 21 318733 0012, propietaria del inmueble sito en la calle 25 de Agosto Nº 508, por infracción al Art. 13º del Decreto N° 2.781 (Ordenanza de Obras Sanitarias Domiciliarias), de acuerdo con lo que establece el Art. 16° del Decreto Nº 21.626 promulgado el 23/IV/84.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Comuníquese a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-