Resolución N° 3275/11
Nro de Expediente:
4340-000351-01
 
DESARROLLO SOCIAL
Fecha de Aprobación:
19/7/2011


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se dispone la prórroga del convenio suscrito con la Asociación Civil La Bonne Garde a los efectos de mantener el servicio del consultorio jurídico del Movimiento de Profesionales Católicos en la zona de La Teja.-

Montevideo, 19 de Julio de 2011.-
 
        VISTO: que el Servicio de Proyectos y Programas Sociales eleva estas actuaciones tendientes a lograr una prórroga del convenio suscrito con la Asociación Civil La Bonne Garde;
        RESULTANDO: 1o.) que a través de dicho instrumento se ha instaurado un Consultorio Jurídico para la atención de personas carenciadas de la zona de La Teja;
        2o.) que dicho sistema se inició con el acuerdo aprobado por Resolución No. 2.362/01, de 2/VII/01 y su prórroga dispuesta por Resolución No. 2.646/02 de 8/VII/02, y el nuevo contrato aprobado por la Resolución No. 2.496/03 de 30/VI/03, y sus respectivas prórrogas las Nos. 3.348/04, 2.500/05, 3.115/06, 2.839/07, 3.218/08, 3.072/09 (modificada por Resolución No. 4.266/09, de 5/X/09) y 3.836/10 de fechas 19/VII/04, 30/V/05, 21/VIII/06, 30/VII/07, 21/VII/08, 27/VII/09, y 23/VIII/10 respectivamente;
        3o.) que se efectuó la solicitud SEFI No. 139568;
        CONSIDERANDO: 1o.) que los profesionales que participan del proyecto brindan su asesoramiento en forma absolutamente gratuita;
        2o.) que la División Políticas Sociales se expresa de conformidad;
        3o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Social estima oportuno dictar resolución en tal sentido y manifiesta la conveniencia de incorporar, en caso de corresponder, lo dispuesto en la Resolución No. 602/11, de 7/II/11;
        4o.) que a los efectos de dotar de mayor agilidad al sistema asegurando su ejercicio eficiente se entiende conveniente hacer uso del mecanismo previsto en el art. 280º de la Constitución de la República;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
      1.- Convalidar lo actuado por el Servicio de Proyectos y Programas Sociales y prorrogar, por el término de un año, a partir del 11/VII/10, el convenio suscrito con la Asociación Civil La Bonne Garde, cuyo texto fuera aprobado por Resolución No. 2.362/01, de 2/VII/01, y su prórroga dispuesta por Resolución No. 2.646/02 de 8/VII/02, y el nuevo contrato aprobado por la Resolución No. 2.496/03 de 30/VI/03, y sus respectivas prórrogas las Nos. 3.348/04, 2.500/05, 3.115/06, 2.839/07, 3.218/08, 3.072/09 (modificada por Resolución No. 4.266/09, de 5/X/09) y 3.8836/10, de fechas 19/VII/04, 30/V/05, 21/VIII/06, 30/VII/07, 21/VII/08, 27/VII/09, y 23/VIII/10, respectivamente.-
      2.- Incorporar al texto a firmarse lo dispuesto por Resolución No. 602/11, de 7/II/11, en caso de corresponder.
      3.- Delegar en la Directora General del Departamento de Desarrollo Social la facultad de firmar la prórroga que se aprueba por el numeral 1º de la presente Resolución.-
      4.- La erogación resultante se atenderá con cargo a la solicitud SEFI No. 139568.-
      5.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros, a las Divisiones Políticas Sociales, y Asesoría de Desarrollo Municipal y Participación, a los Servicios Unidad Central de Presupuesto y de Proyectos y Programas Sociales, al Municipio "A" y pase a la Contaduría General.-
PROF. MARIA SARA RIBERO, Intendenta de Montevideo (i).-
RICARDO PRATO, Secretario General.-