Resolución N° 7/02/3000
Nro de Expediente:
9590-000015-02
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
4/1/2002


Tema:
CLAUSURA Y MULTA

Resumen:
Clausura y multa al establecimiento destinado a fábrica de pastas frescas, sito en la Avda. Carlos María Ramírez No. 201, propiedad de la firma BELVEDERE S.R.L.,cuya representante legal es la Sra. María del Rosario Torregrosa García.-

Montevideo, 4 de Enero de 2002.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el establecimiento destinado a fábrica de pastas frescas, sito en la Avda. Carlos María Ramírez No. 201, propiedad de la firma Belvedere S.R.L., R.U.C. 212675080017, cuya representante legal es la Sra. María del Rosario Torregrosa García , C.I. 1.880.206-6, con domicilio a los efectos legales en la calle 23, Manzana 44, Solar 11, Solymar;
        RESULTANDO: 1o) que la Sección Tecnología e Higiene Alimentaria informa que en inspección realizada en el mencionado establecimiento con fecha 26/XII/01, según Actas Nos. 039044 y 039045, se pudieron comprobar las siguientes irregularidades: a) falta de mantenimiento general; b) bastidores para ñoquis en el piso; c) debe quitar nylon de estanterías y pintar con pintura sintética; d) cámara red cloacal con falta de mantenimiento y acumulación de agua; e) armario que oficia de vestuario falto de mantenimiento; f) lavado de útiles de trabajo en sector antirreglamentario; g) acelga y espinaca ya cocidas no se indica origen; h) rotulación inadecuada en fideos y pastas secas;
        2o) que el Servicio de Regulación Alimentaria informa que en mérito a lo informado y atento a lo expuesto precedentemente estima que correspondería aplicar 8 (ocho) multas de U.R. 3 cada una, por infringir lo dispuesto en los Arts. D.1092.7, D.1093, D.1092.4, D.1110, D.1096, D.1222, D.1007 y D.974 del Decreto No. 27.235 del 12/IX/96 Art 899 inciso 0), como asimismo, disponer, conforme a los establecido en el Art. 894 del mismo Decreto, su inmediata clausura;
        3o) que la División Salud y Programas Sociales se manifiesta de conformidad;
        CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Clausurar el establecimiento destinado a fábrica de pastas frescas, sito en la Avda. Carlos María Ramírez No. 201, propiedad de la firma Belvedere S.R.L., R.U.C. 212675080017, cuya responsable legal es la Sra. María del Rosario Torregrosa García, C.I. 1.880.206-6, con domicilio a los efectos legales en calle 23, Manzana 44, Solar 11, Solymar, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2. Aplicar a la infractora 8 (ocho) multas de U.R. 3 (Unidades Reajustables tres) cada una, por infringir lo dispuesto en los Arts. D.1092.7, D.1093, D.1092.4, D.1110, D.1096, D.1222, D.1007 y D.974 del Decreto No. 27.235 del 12/IX/96.
        3. Intimar el cumplimiento de las normas establecidas en la Ordenanza Bromatológica, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones, como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en el Servicio de Gestión de Contribuyentes, a cuyo vencimiento se iniciará acción judicial para el cobro de la misma.-
        4. Establecer que el Servicio Central de Inspección General, al hacer efectiva la clausura, notificará al interesado que una vez que hayan cesado las causas que la originaron podrá solicitar en el Servicio de Regulación Alimentaria, la reapertura de su comercio, el que no deberá ponerse en funcionamiento hasta que se dicte resolución rehabilitándolo, bajo apercibimiento de la aplicación de más severas sanciones.-
        5. Comuníquese a la Secretaría General para conocimiento de la Jefatura de Policía de Montevideo, División Espacios Públicos y Edificaciones; Servicio de Contralor de Edificaciones; Servicio Central de Inspección General ( Unidad de Clausura) para la notificación correspondiente y pase al Servicio de Regulación Alimentaria.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General (I) del Departamento de Descentralización .-