Resolución N° 790/22/1000
Nro de Expediente:
2021-5227-98-001000
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
13/9/2022


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 54 a la Sra. Ximena Maribel Pirez Gordillo responsable de la vivienda sito en la calle Ana Monterroso de Lavalleja Nº 2090.-

Montevideo, 13 de Setiembre de 2022.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Sra. Ximena Maribel Pirez Gordillo responsable de la vivienda ubicada en la calle Ana Monterroso de Lavalleja Nº 2090;
        RESULTANDO: 1o.) que el Servicio de Convivencia Departamental informa que personal inspectivo constató que se transgredió lo dispuesto por la Ley Nº 9.515, artículo 35, numeral 24, literal A (incumplir medidas sanitarias vigentes que coadyuven a combatir las epidemias) labrándose el Acta Nº 13825, de 24/10/21;
        2o.) que se procedió a otorgar vista de acuerdo a lo dispuesto por el Art. R.69 del Vol. II del Digesto Departamental, a efectos de la formulación de descargos, sin que estos se hayan presentado;
        3o.) que el estudio de los actuaciones insumió un tiempo prolongado debido a las circunstancias del caso;
        4o.) que en tal sentido el precitado Servicio señala que corresponde aplicar una multa de UR 54, por infringir lo dispuesto en el Art. 8, literal Q del Decreto Nº 21.626;
        5o.) que la Prosecretaría General remite las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Nº 34.134 de 12/4/12 y la Resolución Nº 2287/13 de 3/6/13;
        2o.) que por la Resolución Nº 4242/20 de 01/12/2020 se delegó en la Secretaria General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 55;
        LA SECRETARIA GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 54 (unidades reajustables cincuenta y cuatro) a la Sra. Ximena Maribel Pirez Gordillo, CI 4.068.798-7, responsable de la vivienda ubicada en la calle Ana Monterroso de Lavalleja Nº 2090, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga el Servicio de Convivencia Departamental comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 1 y pase al Servicio de Convivencia Departamental para la notificación correspondiente y demás efectos.-

Ing. Agr. Olga Otegui, Secretaria General.-