Resolución N° 526/06
Nro de Expediente:
6370-004778-99
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
6/2/2006


Tema:
SANEAMIENTO

Resumen:
Se amplia al amparo del Art. 63o. del TOCAF, la obra caratulada "Red de Colectores de Aguas Negras y Pluviales de los Barrios Sayago Norte, Peñarol y Ferrocarril Segunda Etapa", adjudicada a la firma STILER S.A.

Montevideo, 6 de Febrero de 2006.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la obra caratulada "Red de Colectores de Aguas Negras y Pluviales de los Barrios Sayago Norte, Peñarol y Ferrocarril Segunda Etapa", a realizarse en el marco de la Etapa III del Plan de Saneamiento Urbano de Montevideo, Préstamo BID No. 948-OC/UR;
      RESULTANDO: 1o.) que por Resolución No. 4431/02 de fecha 18 de noviembre de 2002 y su modificativa No. 1023/03 de fecha 17 de marzo de 2003, se adjudicó la obra mencionada a la firma STILER S.A., por un monto total de $ 100:982.426,oo incluidos Leyes Sociales e Imprevistos y U$S 3:288.145,oo, incluido Imprevistos;
      2o.) que con fecha 10 de mayo de 2004, Resolución No. 2008/04, se procedió a la ampliación en un 25,71% del contrato original, por las sumas de $ 25:749.707,oo incluyendo Leyes Sociales e Imprevistos y U$S 860.032,oo, incluido Imprevistos;
      3o.) que la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento informa, que dentro del marco de ejecución del presente contrato se hace necesaria la ejecución de una serie de obras adicionales:
      A) Construcción de un dren en el Br. José Batlle y Ordóñez desde la cañada Lecocq hasta la Av. Sayago, en la parte superior del colector para evitar las filtraciones de la napa freática, el que quedará conectado al colector pluvial;
      B) Por proximidad y condiciones técnicas resulta necesario realizar extensiones de red en la zona de ejecución, destacándose:
      - red cloacal con conexiones domiciliarias para el Barrio Maldonado en la zona de Heine y la vía férrea,
      - red cloacal con conexiones domiciliarias para el Barrio La Falda en la zona del Br. José Batlle y Ordóñez y Francisco Alvarez,
      - 60 metros de colector cloacal con conexiones domiciliarias en la continuación de Isidro Más de Ayala y Almeida Pintos y
      - 40 metros de colector cloacal con conexiones domiciliarias en las proximidades de las calles Campoamor y Carlos Ferrés;
      C) Para garantizar que no se instalarán asentamientos precarios en los predios que quedaron libres, se considera necesaria la apertura de una serie de calles en las fajas expropiadas, a saber:
      - continuación Julio J. Casal desde el Br. Aparicio Saravia a Cno. Edison,
      - calle paralela a la Avenida de las Instrucciones desde Cno. Casavalle al Br. Aparicio Saravia,
      - continuación Humberto Zarrilli desde Goethe a Schiller;
      D) Repavimentación completa de la calle Bremen desde Cno. Edison a la calle Salónica;
      4o.) que la Unidad informante continúa indicando que las obras indicadas en el Punto A, se deberán atender con fondos propios de acuerdo a lo manifestado por el Banco Interamericano de Desarrollo;
      5o.) que culmina su actuación indicando que cotizada la ampliación de las obras por la empresa STILER S.A., el monto significa el 10,65% del contrato original, ascendiendo a la suma de $ 15.819.820oo incluyendo Leyes Sociales e Imprevistos. Asimismo el 37,5% de la certificación se deberá efectivizar en dólares estadounidenses;
      CONSIDERANDO: 1o.) que la empresa STILER S.A., expresa su conformidad para la ejecución de la ampliación del contrato mencionado;
      2o.) que por nota CUR-SAN-2715/2005, de fecha 14 de diciembre de 2005, el Banco Interamericano de Desarrollo informa que no tiene objeciones que formular a la ampliación del contrato por los trabajos acordados a realizar con fondos del préstamo, lo que representa un aumento del 4,81% del contrato original;
      3o.) que el Sector Contable de la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, efectuó las solicitudes SEFI Nos. 88154, 88152, 88150, 88153 y 88151, por las sumas de $ 3:918.302,12, $ 4:753.129,15, $ 1:998.710,73, U$S 161.035,oo y U$S 195.345,oo, respectivamente, para hacer frente al gasto de ampliación y Leyes Sociales, en el presente ejercicio, estableciéndose en nota de foja 1680 lo que corresponde a fondos externos y a fondos propios;
      4o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental, es de opinión favorable en que se proceda a la ampliación gestionada al amparo del Art. 63o. del TOCAF;
      LA INTENDENTA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
      1o.-Ampliar, al amparo del Art. 63o. del Texto Ordenado de la Ley de Contabilidad y Administración Financiera, la obra caratulada "Red de Colectores de Aguas Negras y Pluviales de los Barrios Sayago Norte, Peñarol y Ferrocarril Segunda Etapa", adjudicada a la empresa STILER S.A., en un todo de acuerdo con el Pliego que rigió la licitación y la oferta presentada y según el siguiente detalle:
      Total de ampliación$ 7:463.306,ooU$S 309.895,oo
      Monto imponible$ 2:388.258,oo
      Leyes Sociales$ 1:815.076,oo
      Total ampliación más Leyes Sociales$ 9:278.382,ooU$S 309.895,oo
      Imprevistos 15%$ 1:391.761,ooU$S 46.484,oo
      Total ampl + Leyes Soc. + Imprevis.$ 10:670.143,ooU$S 356.379,oo

      2o.-Cúrsese comunicación de la presente Resolución al Banco Interamericano de Desarrollo.
      3o.-Comuníquese al Departamento de Planificación y previa intervención de Contaduría General, pase a la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento para la notificación de la firma involucrada y demás efectos.
ESC. HYARA RODRIGUEZ, Intendenta Municipal (I).-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-