Resolución N° 684/09/5000
Nro de Expediente:
5110-008547-09
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
15/6/2009


Tema:
RENUNCIAS

Resumen:
Se acepta la renuncia al cargo para acogerse a los beneficios jubilatorios, presentada el 30 de marzo de 2009 por la funcionaria Sra. Renee Clerc, Cédula de Identidad Nº 1.043.073, domiciliada en la calle Mini Nº 821 ap. 301, al amparo de los beneficios otorgados por el art. 1º del Decreto Nº 32.770.-

Montevideo, 15 de Junio de 2009.-
 
        VISTO: la renuncia al cargo presentada por la funcionaria Sra. Renee Clerc, al amparo del art. 1º del Decreto Nº 32.770, promulgado por Resolución Nº 5583/08 de fecha 19 de diciembre de 2008;
        RESULTANDO: 1o.) que la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional solicita que por razones de servicio, se postergue su cese efectivo hasta el 1º de agosto de 2009;
        CONSIDERANDO: 1o.) que se estima procedente dictar resolución aceptando la renuncia presentada;
        2o.) las facultades delegadas existentes;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO DE
        RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
        RESUELVE:
        1o.- Aceptar la renuncia al cargo para acogerse a los beneficios jubilatorios, presentada el 30 de marzo de 2009 por la funcionaria Sra. Renee Clerc, Cédula de Identidad Nº 1.043.073, domiciliada en la calle Mini Nº 821 ap. 301, al amparo de los beneficios otorgados por el art. 1º del Decreto Nº 32.770.-
        2o.- El cese efectivo se producirá el 1º de agosto de 2009, por las razones de servicio explicitadas por la Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.-
        3o.- Autorizar el pago a favor de la funcionaria de los viáticos de casinos por los meses de mayo, junio y julio para que puedan incluirse en el cálculo del incentivo, teniendo en cuenta el cese efectivo de la funcionaria a partir del 1º de agosto de 2009.-
        4o.- Previo al pago del beneficio, el Servicio de Liquidación de Haberes procederá, en caso de existir deudas y/o retenciones, a una reliquidación del beneficio, descontándose del monto a pagar.-
        5o.- El derecho a la percepción del beneficio se hará efectivo a partir del retiro, debiendo informar el Servicio de Liquidación de Haberes oportunamente, el monto y la cantidad de cuotas a pagar.-
        6o.- Comuníquese a los Departamentos de Recursos Financieros y de Desarrollo Económico e Integración Regional que notificará a la funcionaria; a las Unidades Información de Personal, Certificaciones Médicas y Beneficios Funcionales; a los Servicios de Liquidación de Haberes, Planeamiento y Desarrollo de Recursos Humanos e Ingresos Inmobiliarios; y pase por su orden, al Sector Despacho, y al Servicio de Administración de Recursos Humanos, que mantendrá estas actuaciones a despacho, dando cuenta oportunamente.-

Lic. Pablo ANZALONE, Director General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales.-