Resolución N° 370/04/6300
Nro de Expediente:
6323-001018-04
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
28/12/2004


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Se clausuran las actividades de la Curtiembre propiedad del Sr. Luis Alberto Choca sita en Gobernador Vigodet No. 2714 por no presentar las autorizaciones correspondientes para su funcionamiento.

Montevideo, 28 de Diciembre de 2004.-
 
      VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la Curtiembre propiedad de Luis Alberto Choca, C.I. 2.705.800-0, ubicada en Gobernador Vigodet No. 2714, dentro de los límites del Servicio Centro Comunal Zonal No. 9;
      RESULTANDO: 1o) esta empresa se encontraba ubicada en la calle Martín Artigas No. 2695, donde fue objeto de clausuras y sanciones por no cumplir con la reglamentación vigente y estar ubicada en una zona no autorizada por el Plan de Ordenamiento Territorial;
      2o) que en el mes de setiembre del año en curso la firma se habría trasladado según declaraciones del Sr. Diver Choca, a la calle Gobernador Vigodet No. 2714;
      3o) que la mencionada firma no solicitó las autorizaciones correspondientes para la habilitación de sus efluentes en esta nueva dirección;
      4o) que el Sector Efluentes Industriales informa que no existe planta de tratamiento de los efluentes en esta nueva ubicación y que en el análisis de fecha 28 de octubre, se pudieron constatar valores altísimos en parámetros críticos para la salud humana y para la red de saneamiento, que se indican:
      - DBO5: 3500 mg/l (Valor máximo: 1.000 mg/l Resolución 761/96)
      - Grasas y Aceites: 1.800 mg/l (Valor máximos: 200 mg/l Resolución 761/96)
      - Cromo total: 75 mg/l (Valor máximo: 5 mg/l Resolución 761/96)
      - Plomo: 180 mg/l (Valor máximo: 0.3 mg/l Resolución 761/96);
      CONSIDERANDO: 1o) que la empresa no realizó los trámites correspondientes para la habilitación de sus efluentes y sus antecedentes en la materia, el Servicio informante solicita la clausura de actividades;
      2o) que la División Saneamiento al amparo del Decreto No. 13.982 y de la Resolución Reglamentaria No. 16.277, solicita la clausura de las actividades de la firma Curtiembre Luis Alberto Choca, hasta que se de cumplimiento a los siguientes requisitos:
      • presentar planos ajustados de la totalidad de las instalaciones sanitarias existentes con carácter de declaración jurada con firma de profesional competente responsable
      • presentar fotocopia de la Solicitud de Autorización de Desagüe Industrial (SADI), tramitada en DINAMA
      • realizar el trámites de los efluentes industriales para cumplir la normativa vigente
      • presentar trámite aprobado para extracción de residuos sólidos (los dos en el Laboratorio de Higiene Ambiental)
      • presentar habilitaciones correspondientes otorgada por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas;
      3o) que por Resolución 2814/00 de fecha 10 de agosto de 2000, el Intendente Municipal de Montevideo, delegó en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales , industriales y de otras características cuando existiera transgresiones a la normativa municipal, debidamente constatadas;
      EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
      DE DESARROLLO AMBIENTAL
      EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
      RESUELVE:
      1o.-Clausurar las actividades de la Curtiembre ubicada en la calle Gobernador Vigodet No. 2714, propiedad del Sr. Luis Alberto Choca, C.I. 2.705800-0, hasta tanto dé cumplimiento a los requisitos establecidos en el Considerando 2o. de la presente Resolución.
      2o. Cúrsese comunicación al Sector Clausura del Servicio de Inspección General para que efectivice la clausura.
      3o.-Comuníquese a los Departamento de Acondicionamiento Urbano y Descentralización y a la División Saneamiento y pase al Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento para que el Sector Efluentes Industriales controle lo dispuesto.

Ing. LUIS LAZO VAZQUEZ, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental.-