Resolución N° 4636/99
Nro de Expediente:
1586
 
JURIDICA
Fecha de Aprobación:
6/12/1999


Tema:
PETICIONES

Resumen:
No se hace lugar a la petición formulada por el funcionario Sr. Angel Gustavo Dos Santos.-

Montevideo, 6 de Diciembre de 1999.-
 
        VISTO: la petición formulada por el funcionario Sr. Angel Gustavo Dos Santos, C.I. Nº 1.828.770-1, en comisión en la Oficina Nacional de Servicio Civil (Presidencia de la República);
        RESULTANDO: que en la misma solicita se le abone el rubro conocido como "compensación unificada", creado por Decreto de la Junta Departamental de Montevideo Nº 25.226;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la División Jurídica informa que la Resolución Nº 1.271/95, del 17 de abril de 1995, prevé la cancelación total del beneficio cuando el funcionario se encuentre "en comisión fuera de las dependencias del Gobierno Departamental";
        2o.) que sin perjuicio de ello esta Administración ha solicitado oportunamente la declaración de inconstitucionalidad del artículo 40 de la Ley Nº 16.320 (artículo 430 del Decreto Nº 200/97, del 18 de junio de 1997);
        3o.) que encontrándose en trámite la solicitud de inconstitucionalidad impetrada, en la Suprema Corte de Justicia, dicha División entiende que es una razón adicional, para no hacer lugar a lo solicitado, hasta tanto la Corporación se expida al respecto;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- No hacer lugar a la petición formulada por el funcionario Sr. Angel Gustavo Dos Santos, C.I. Nº 1.828.770-1.-
        2o.- Pase, por su orden a los Servicios Central de Inspección General para notificación al interesado y Administración de Recursos Humanos, para su archivo.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-