Resolución N° 778/02/8000
Nro de Expediente:
4201-019862-02
 
CULTURA
Fecha de Aprobación:
15/10/2002


Tema:
ARREND.SALAS

Resumen:
Convalidar lo actuado y arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo" a la Comisión de la Juventud para la actuación del grupo "No te va a gustar" el día 127X/2002.-

Montevideo, 15 de Octubre de 2002.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con el fax presentado por la Comisión de la Juventud por la cual solicita el arrendamiento del Teatro de Verano "Ramón Collazo" el día 12/X/2002;
        RESULTANDO: 1o.) que motivó dicha solicitud, el espectáculo en el cual actuó el grupo uruguayo , "No Te Va a Gustar";
        2o.) que la División Turismo y Recreación manifiesta que el precio del arrendamiento de referencia se fijó en la suma de 50 UR;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 2.471/00 de fecha 17/VII/00 el Intendente Municipal Montevideo delegó en el Director General del Departamento de Cultura, la facultad - entre otras - de arrendar el Teatro de Verano "Ramón Collazo" y fijar el precio y condiciones de arriendo y las garantías que deban constituirse, con comunicación inmediata al Sr. Intendente Municipal;
        LA DIRECTORA GENERAL INTERINA
        DEL DEPARTAMENTO DE CULTURA
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Convalidar lo actuado arrendando el Teatro de Verano "Ramón Collazo", a la Comisión de la Juventud, para el espectáculo en el cual actuó el grupo uruguayo "No Te Va a Gustar", realizado el 12/X/2002.-
        2.- Fijar el precio del alquiler en 50 UR (cincuenta Unidades Reajustables).-
        3.- Establecer que se deberá abonar la suma correspondiente al total del precio de arrendamiento y al depósito de fiel garantía, según lo dispuesto por la citada Res. No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98.-
        4.- Disponer que se deberá exigir la acreditación del pago o afianzamiento de los porcentajes impositivos, establecidos en la Ley No. 16.624 del 10/XI/94 y su Decreto Reglamentario de fecha 12/IX/96, a todo solicitante de autorización para la realización de espectáculos comprendidos en el Art. 7o. de la citada Ley.-
        5.- Disponer que se deberá dar cumplimiento a lo establecido en la reglamentación aprobada por la mencionada Resolución No. 4.991/98 de fecha 8/XII/98 referente a las condiciones de usufructo del referido Teatro.-
        6.- Comuníquese a la Secretaría General, al Departamento de Recursos Financieros, a la División Turismo y Recreación, a los Servicios de Prensa y Comunicación y de Turismo y Eventos y pase a la Unidad de Festejos y Espectáculos para la notificación al peticionante.-

Sra. Lilián Kechichián, Directora General Interina del Departamento de Cultura.-