Resolución N° 656/00/3000
Nro de Expediente:
3360-000580-99
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
18/5/2000


Tema:
MULTAS SALUBRIDAD

Resumen:
Multa 16,3569 U.R. Almeno Fernández Verdes, José Mármol No. 525/1.-

Montevideo, 18 de Mayo de 2000.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la infracción a lo dispuesto en el Art. D.2.161 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal, comprobada por el Servicio de Salubridad Pública en la finca sita en la calle José Mármol No. 525/1, propiedad del Sr.. Almeno Fernández Verdes, C.I. 644.784-4;
        RESULTANDO: 1o) que con fechas 12/X/99 y 11/II/2000 se intimó al mencionado propietario para que en el plazo de 15 días hábiles procediera al retiro inmediato de los animales (gatos) allí existentes y a la limpieza total y permanente de los lugares afectados, bajo apercibimiento de la aplicación de una multa de 16,3569 U.R.;
        2o) que en inspección realizada con fecha 4/IV/2000 se pudo comprobar que no se dio cumplimiento a lo intimado por lo que correspondería la aplicación de la sanción, de acuerdo con lo determinado en el Art. 4o., apartado H) del Decreto No. 21.626 y Resolución No. 5.830/88 del 14/VII/88;
        CONSIDERANDO: que por Resolución No. 581/95 del 20/II/95 el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Descentralización la facultad de aplicar multas de hasta 55 U.R.;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1. Aplicar una multa de 16,3569 U.R. (dieciséis unidades reajustables con tres mil quinientas sesenta y nueve diezmilésimas) al Sr. Almeno Fernández Verdes, C.I. 644.784-4, propietario de la finca sita en la calle José Mármol No. 525/1, con domicilio en el mismo, por infringir lo dispuesto en el Art. D.2.161 del Volumen VI "De la Higiene y Asistencia Social" del Digesto Municipal.-
        2. Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro del plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de la notificación, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Cobro de Morosos, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicarán nuevas y más severas sanciones y se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3. Comuníquese al Servicio Central de Inspección General para la notificación al infractor y pase al Departamento de Descentralización.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA, Directora General del Departamento de Descentralización.-