Resolución N° 88/01/3000
Nro de Expediente:
3000-000878/01
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
8/2/2001


Tema:
MULTAS - INSPECCION GENERAL

Resumen:
Suspender hasta nuevo aviso las multas aplicadas por el Servicio Central de Inspección General en el año 2000 y 2001, a la Asociación Uruguaya de Fútbl, relacionadas con problemas de visibilidad en el Estadio Centenario.-

Montevideo, 8 de Febrero de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General;
        RESULTANDO: 1o) que en las mismas eleva nómina de las multas aplicadas en el año 2000 y 2001, relacionadas con existencia de visibilidad incompleta en el campo de juego del Estadio Centenario, que a continuación se especifican;
        CONSIDERANDO: que la Dirección Superior de este Departamento solicita suspender hasta nuevo aviso la aplicación de las multas en base a conversaciones que vienen desarrollandose con la Asociación Uruguaya de Fútbol, a los efectos de poder revolver inconvenientes planteados;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Suspender hasta nuevo aviso las multas aplicadas, a la Asociación Uruguaya de Futbol, sita en la calle Guayabo No. 1531, por el Servicio Central de Inspección General, correspondientes al año 2000 y 2001 que a continuación a especifican según Nros. de Resoluciones:
        1181/00, 1249/00, 1250/00, 1251/00, 1252/00, 1253/00, 1254/00, 1255/00, 1256/00, 1257/00, 1258/00, 1261/00, 1262/00, 1263/00, 1264/00, 1285/00, 1286/00, 1287/00, 1288/00, 1289/00, 1290/00, 1340/00, 1341/00, 1342/00, 1343/00, 1344/00, 1345/00, 1346/00, 1347/00, 1348/00, 1349/00, 1370/00, 1372/00, 1373/00, 1374/00, 1375/00, 1393/00, 1394/00, 1395/00, 1490/00, 1494/00, 1495/00, 1496/00, 1497/00, 1498/00, 1499/00, 1500/00, 1501/00, 1502/00, 1503/00, 1504/00, 1505/00, 1506/00, 1507/00, 1512/00, 1513/00, 1514/00, 1515/00, 1516/00, 1544/00, 1545/00, 1546/00, 1547/00, 1603/00, 1694/00, 1606/00, 1644/00, 1658/00, 1659/00, 1660/00, 1661/00, 1662/00, 1663/00, 1664/00, 1665/00, 1666/00, 1667/00, 1668/00, 1669/00, 1670/00, 1671/00, 1704/00, 1716/00, 1717/00, 1717/00, 1719/00, 1720/00, 01/0, 02/01, 03/01, 04/01, 05/01, 06/01, 07/01, 08/01, 09/01, 10/01, 11/01, 15/01, 16/01, 17/01, 18/01, 19/01, 20/01, 21/01, 22/01, 23/01, 24/01, 25/01, 26/01, 27/01, 28/01, 28/01, 30/01, 31/01, 32/01, 33/01, 44/01, 45/01, 46/01, 47/01, 48/01, 49/01, 50/01, 51/01, 52/01, 53/01, 54/01, 55/01 y 75/01.-
        2.- Comuníquese a la Unidad del Servicio Gestión de Cobro de Morosos y pase al Servicio Central de Inspección General para su notificación y demás efectos.-

PROF. ANA MARIA OLIVERA , Directora General (I) del Departamento de Descentralización.-