Resolución N° 136/12/6300
Nro de Expediente:
6323-000721-12
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
6/8/2012


Tema:
CLAUSURA

Resumen:
Se clausuran las actividades del establecimiento de la empresa Radesca S.A., sito en Cno. Coronel Raíz No. 1949, por incumplimiento a la normativa vigente en materia de instalaciones sanitarias.

Montevideo, 6 de Agosto de 2012.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la empresa Radesca S.A., RUT 210003020010, sita en Cno. Coronel Raíz No. 1949, dentro de los límites del Municipio G, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 13, que gira en el ramo fabricación de baterías;
        RESULTANDO: 1o.) que por Resoluciones 1930/08 y 2768/08, de fechas 5 de mayo y 23 de junio de 2008, se aplicó una multa de U.R. 70 (unidades reajustables setenta) a la citada empresa, por incumplimientos a la normativa ambiental vigente;
        2o.) que con fecha 26 de diciembre de 2012, la Unidad de Efluentes Industriales procedió a tomar muestra del efluente del tanque No. 2 del local de referencia, obteniendo resultados no permitidos en los parámetros pH y Plomo, como surge de fs. 2;
        3o.) con fecha 29 de mayo de 2012, la Unidad instructora inspeccionó el local de referencia, constatando graves irregularidades (bomba de reuso de efluente rota, falta de conexión de tanque a bomba, descarga de líquido residual a terreno, nivel de líquido de tanques en punto crítico, entre otras), como surge del Acta No. 8811 (fs. 1) y de los registros fotográficos agregados a fs. 6 y vta;
        4o.) que sin perjuicio de haberse intimado a la empresa de marras la realización de los trabajos para ajustarse a la normativa vigente y otorgada la prórroga solicitada (fs. 1 a 5), no se ha dado cumplimiento a dicha solicitud;
        5o.) que con fecha 4 de junio del corriente, la precitada dependencia elevó las actuaciones sugiriendo la clausura de las actividades de la empresa Radesca S.A. en el local sito en Cno. Coronel Raíz No. 1949, hasta que cumpla con las condiciones indicadas a fs. 7, sin perjuicio de la aplicación de sanciones, por eventuales incumplimientos respecto a la muestra extraída en la inspección realizada el 29 de mayo próximo pasado;
        CONSIDERANDO: 1o.) que con fecha 22 de junio de 2012 se dio cumplimiento a lo establecido en el Art. R.84 del Volumen II del Digesto, otorgándose vista de las actuaciones;
        2o.) que con fecha 2 de julio del año en curso, Radesca S.A. presenta sus descargos, los cuales no son considerados de recibo, por los argumentos luciente a fs. 21, sugiriendo dar continuidad a la clausura solicitada, al amparo del Decreto No. 32.952, de fecha 2 de junio de 2009 (Ordenanza de Instalaciones Sanitarias Internas), Art. 1º, numerales 4.1, 14 y 122;
        3o.) que la Directora del Servicio Evaluación de la Calidad y Control Ambiental se manifiesta de conformidad con lo informado;
        4o.) que por Resolución No. 3085/10, de fecha 12 de julio de 2010, la Intendenta de Montevideo facultó al Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, para impedir el funcionamiento de establecimientos comerciales, industriales y de otras características cuando existieran transgresiones a la normativa de esta Intendencia, debidamente constatadas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESARROLLO AMBIENTAL
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1o.-Clausurar las actividades del establecimiento de la empresa Radesca S.A., RUT 210003020010, sito en Cno. Coronel Raíz No. 1949, dentro de los límites del Municipio G, correspondiente al Servicio Centro Comunal Zonal No. 13, por las razones indicadas en la parte expositiva de la presente Resolución.
        2o.-Encomendar al Servicio Central de Inspección General que proceda a la clausura
        del mencionado local.

        3o.-Comuníquese al Municipio G, a los Servicios Centro Comunal Zonal No. 13, Evaluación de la Calidad y Control Ambiental y Central de Inspección General y a la Unidad de Efluentes Industriales; cumplido pase al Sector Despacho del Departamento de Desarrollo Ambiental, para la notificación de la empresa.

Juan Canessa.-, Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental..-