Resolución N° 574/05/3000
Nro de Expediente:
3220-002921-05
 
DESCENTRALIZACION
Fecha de Aprobación:
7/10/2005


Tema:
VARIOS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 12,8622 a la firma Compañía Rioplatense de Hoteles S.A. (Hotel Radison Victoria Plaza), responsable de la barrera instalada en las calles Ciudadela y Colonia.-

Montevideo, 7 de Octubre de 2005.-
 
        VISTO: estos obrados relacionados con la barrera instalada en las calles Ciudadela y Colonia, cuya responsable es la firma Compañía Rioplatense de Hoteles S.A. (Hotel Radison Victoria Plaza), R.U.C. 210207820015, con domicilio a los efectos legales en Plaza Independencia No. 759;
        RESULTANDO: 1o.) que se intimó a la firma titular de obrados a regularizar el permiso de barrera de que se trata y/o proceder al retiro de la misma, bajo apercibimiento de que en caso de omisión se aplicaría multa;
        2o.) que el Servicio Centro Comunal Zonal No. 1 informa que pese a los plazos concedidos y al tiempo transcurrido, la barrera se mantiene instalada sin la correspondiente autorización, por lo que se debe imponer una multa de U.R. 12,8622, según lo que establece el Decreto No. 21626 promulgado el 23/IV/84, Sección II, Art. 3o., numeral 3 B);
        3o.) que la Dirección Profesional de este Departamento de conformidad con el Servicio actuante, sugiere se aplique la multa de que se trata;
        CONSIDERANDO: las facultades oportunamente delegadas;
        LA DIRECCION GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE DESCENTRALIZACION
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 12,8622 (Unidades Reajustables doce con ocho mil seiscientas veintidós diezmilésimas) a la firma Compañía Rioplatense de Hoteles S.A. (Hotel Radison Victoria Plaza), R.U.C. 210207820015, con domicilio a los efectos legales en Plaza Independencia No. 759, responsable de la barrera instalada en las calles Ciudadela y Colonia, por las razones mencionadas en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Intimar el cumplimiento de lo exigido como asimismo el pago de la suma adeudada dentro de un plazo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de notificación de la presente resolución, la que deberá ser abonada en la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes bajo apercibimiento de que en caso de omisión se iniciará acción judicial para el cobro de la multa.-
        3.- Pase -por su orden- al Sector Despacho de este Departamento para notificar al infractor y librar testimonio correspondiente y al Servicio Centro Comunal Zonal No. 1.-

SR. WALTER CORTAZZO , Director General del Departamento de Descentralización.-