Resolución N° 326/05/1000
Nro de Expediente:
5220-024041-05
 
SECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
26/10/2005


Tema:
MULTAS

Resumen:
Aplicar una multa de U.R. 16.3250 a la Federación Uruguaya de Basketball, ubicada en Canelones 1029, por la no irradiación del Himno Nacional el 23/9/05 en la cancha del Club Welcome.-

Montevideo, 26 de Octubre de 2005.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones elevadas por el Servicio Central de Inspección General, relacionadas con el espectáculo deportivo llevado a cabo el 23 de setiembre de 2005, en la Cancha del Club A. Welcome, ubicado en Emilio Frugoni 924;
        RESULTANDO: 1o.) que el Sector Espectáculos Públicos por Acta Nº 13643, de 23/9/05 expresa que estando presentes los inspectores designados para el espectáculo deportivo entre el Club A. Welcome y el Club A. Atenas, comprobaron la no irradiación del Himno Nacional, siendo que ese día se cumplía un nuevo aniversario de la muerte de nuestro prócer José Artigas;
        2o.) que en informe de 26 de setiembre ppdo., se expresa que el día 22 del mismo mes y año a la hora 19.30, el Jefe de Espectáculos Públicos procedió a comunicar al Gerente de la Federación Uruguaya de Basketball que en los encuentros que se disputaran en la fecha arriba mencionada se debía irradiar el Himno Nacional, estableciendo dicha persona que se lo comunicaría a cada Institución;
        3o.) que el Servicio Central de Inspección General solicita la aplicación de una multa de U.R. 16.3250, por infracción a lo dispuesto por el Art. D.2791 del Digesto Municipal y por el art. 8o., inc. 10 del Decreto Nº 21.626;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución Nº 3222/05, de 13/VII/05, el señor Intendente Municipal delegó en el Secretario General la facultad de aplicar multas de hasta un monto de U.R. 55;
        3o.) que la Prosecretaría General se manifiesta de conformidad;
        EL SECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de U.R. 16.3250 (Unidades Reajustables dieciséis con 3250/10.000) a la Federación Uruguaya de Basketball, ubicada en Canelones 1029, por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días, si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar el cobro.-
        3.- Comuníquese al Servicio Gestión de Contribuyentes y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-