Resolución N° 2412/01
Nro de Expediente:
6302-004198-01
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
2/7/2001


Tema:
CONVENIOS

Resumen:
Se aprueba el Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Junta de Extremadura cuyo objetivos es la mejora de la gestión ambiental perfeccionando las condiciones de vida urbana a través de acciones y cronogramas.

Montevideo, 2 de Julio de 2001.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la firma de un convenio de cooperación entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Junta de Extremadura, para la elaboración de un diseño de gestión ambiental para Montevideo;
        RESULTANDO: 1o.) que de acuerdo con lo establecido por el Art. D.1 del "Plan Montevideo" (Plan de Ordenamiento Territorial 1998-2005, aprobado por Decreto Departamental No. 28.242 del 16 de setiembre de 1998), el Gobierno Departamental de Montevideo declaró de interés municipal la protección del ambiente, por lo que constituye una de las prioridades de la Administración Departamental;
        2o.) que el 3 de setiembre de 1998 la Intendencia Municipal de Montevideo y la Junta de Extremadura suscribieron un convenio marco denominado "Protocolo de Cooperación entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Junta de Extremadura", con el objetivo de afianzar los lazos existentes de amistad y cooperación entre ambas instituciones, promoviendo la realización de emprendimientos conjuntos y mutuas apoyaturas para beneficio de sus respectivas comunidades;
        3o.) que en ese ámbito, ambas instituciones acordaron promover el intercambio técnico y la cooperación mutua en diversos ámbitos, entre los que se incluye la gestión urbana y las políticas de protección al medio ambiente;
        4o.) que la Intendencia Municipal de Montevideo y la Junta de Extremadura reconocen la importancia estratégica que posee la mejora de la gestión ambiental para el desarrollo de ciudades y territorios, concordando en tal sentido en la necesidad de impulsar la elaboración de un diseño de gestión ambiental para la ciudad de Montevideo;
        5o.) que el mismo tendrá por objeto la mejora de la gestión ambiental, perfeccionando las condiciones de vida urbana a través de acciones y programas encaminados al desarrollo de la ciudad;
        6o.) que en mérito a ello, el Departamento de Desarrollo Ambiental, eleva proyecto de convenio a suscribirse entre las partes;
        ATENTO: lo dispuesto por: a) el Protocolo de Cooperación entre la Intendencia Municipal de Montevideo y la Junta de Extramadura, suscrito en Montevideo el 3 de setiembre de 1998; b) los numerales 21o. y 24o. del Art. 35 de la Ley Orgánica Municipal (Ley No. 9.515, de fecha 28 de octubre de 1935); c) el Art. D.1 del Plan Montevideo (Plan de Ordenamiento Territorial 1998-2005 -P.O.T.) y d) el segundo inciso del Art. 35 del Texto Ordenado la Ley de Contabilidad y Administración Financiera (T.O.C.A.F.);
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.-Prestar aprobación al siguiente Proyecto de convenio: CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los días del mes de de 2001, POR UNA PARTE: la Intendencia Municipal de Montevideo, en adelante I.M.M., representada en este acto por , con domicilio en la Avenida 18 de Julio No. 1360 de esta ciudad y POR OTRA PARTE: la Junta de Extremadura, representada en este acto por , con domicilio en acuerdan la celebración del siguiente convenio: PRIMERO - ANTECEDENTES: 1o.) el Gobierno Departamental de Montevideo ha declarado de interés municipal la protección del ambiente, por lo que ésta constituye una de las prioridades de la Administración departamental. 2o.) la I.M.M. y la Junta de Extremadura han suscrito en 1998 un convenio marco tendiente a afianzar los lazos existentes de amistad y cooperación entre ambas instituciones, promoviendo la realización de emprendimientos conjuntos y mutuas apoyaturas para beneficio de sus respectivas comunidades. 3o.) En ese ámbito, han acordado promover el intercambio técnico y la cooperación entre ambas instituciones en diversos ámbitos, entre los que se incluye la gestión urbana y las políticas de protección al medio ambiente. 4o.) Compartiendo la importancia estratégica que posee la mejora de la gestión ambiental para el desarrollo de ciudades y territorios, la I.M.M. y la Junta de Extremadura concuerdan en la necesidad de impulsar la elaboración de un diseño de gestión ambiental para la ciudad de Montevideo. SEGUNDO - OBJETO: La Junta de Extremadura propicia se encargue la realización de un Diseño de Gestión Ambiental para Montevideo a la firma Gestión de Medio Ambiente y Planificación S.A., de acuerdo con el Anteproyecto presentado ante ambas partes, que se considera parte integrante de este convenio; para ello, efectuará un aporte económico de acuerdo a lo especificado en el numeral cuarto del presente. La I.M.M. acepta la cooperación ofrecida por la Junta de Extremadura para lo que suscribirá un contrato con la firma propuesta, según se expresa a continuación. TERCERO - CONSULTORIA: 1o.) La I.M.M. acepta el Anteproyecto relativo al Diseño de un Programa de Gestión Ambiental para Montevideo, presentado por la firma española Gestión de Medio Ambiente y Planificación S.A. (GEMAP) y avalado por la Junta de Extremadura. 2o.) La mencionada consultora presenta antecedentes relativos a estudios y evaluaciones de impacto ambiental, planes especiales de protección del medio físico, estudios de reconocimiento territorial, planes y proyectos de adecuación paisajística, estudios relativos a la calidad del agua, proyectos de estaciones depuradores de aguas residuales, estudios y planes de gestión y tratamiento de residuos sólidos urbanos, residuos industriales, inertes y agropecuarios, estudios de contaminación atmosférica y sonora, planes de ordenación de recursos naturales y planes rectores de uso y gestión de espacios protegidos, auditorías ambientales y sistemas de gestión ambiental, entre otros. 3o.) En lo relativo a tales emprendimientos, la consultora propuesta refiere como principales clientes a organismos públicos españoles como el Ministerio de Fomento, el Ministerio de Medio Ambiente, la Junta de Andalucía, la Junta de Castilla y León, el Principado de Asturias, la Secretaría General para el Desarrollo Rural y la Conservación de la Naturaleza, la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco, el Ayuntamiento de Zaragoza, así como numerosas empresas públicas y privadas. 4o.) Atendiendo a la notoria competencia y antecedentes en la materia demostrados por la consultora aconsejada, la I.M.M. acepta su intervención al amparo de lo dispuesto por el segundo inciso del Art. 35 del T.O.C.A.F.; a tales efectos, suscribirá un contrato con ésta sujeto a la previa aprobación por la Comuna del proyecto definitivo de diseño de gestión ambiental para Montevideo, que la consultora GEMAP deberá presentar ante esta Administración Departamental en un plazo de 90 (noventa) días a partir de la suscripción del presente Convenio: CUARTO - APORTES DE LAS PARTES: A) La Junta de Extremadura realizará un aporte de U$S 120.000,oo (dólares americanos ciento veinte mil) destinados a ser transferidos a la consultora GEMAP en las condiciones que establezca la normativa en vigor a su respecto, de acuerdo con lo estipulado en el numeral tercero del Protocolo de Cooperación interinstitucional mencionado. B) La I.M.M. aportará la suma de U$S 142.000,oo (dólares americanos ciento cuarenta y dos mil), debiendo prestar en forma previa aprobación al diseño propuesto oportunamente por la consultora para cada etapa del proyecto definitivo referido, de acuerdo al siguiente cronograma: b.1) partida inicial de U$S 71.000,oo (dólares americanos setenta y un mil) a abonar a la consultora contra entrega de la documentación que atestigüe el cumplimiento de las fases I y II previstas en el anteproyecto; b.2) partida de U$S 43.000,oo (dólares americanos cuarenta y tres mil), a abonar a la consultora contra entrega de la documentación que atestigüe el cumplimiento de las fases III y IV previstas en el anteproyecto, b.3) partida de U$S 28.000,oo (dólares americanos veintiocho mil) a abonar a la consultora contra entrega de la documentación que atestigüe el cumplimiento de la fase V prevista en el anteproyecto. QUINTO - PLAZO: El proyecto definitivo se ejecutará en un lapso de seis (6) meses a partir de su aprobación por la I.M.M. SEXTO - COORDINACION: La coordinación entre las partes a efectos del seguimiento de la ejecución del proyecto, estará a cargo de la Unidad de Coordinación de la Red Apertura, sita en la Oficina de Extremadura en Bruselas. SEPTIMO - SUPERVISION: La I.M.M. a través del Departamento Desarrollo Ambiental supervisará el cumplimiento de las etapas previstas en el proyecto definitivo. Todo incumplimiento de la consultora GEMAP en la ejecución del proyecto -sin perjuicio de las estipulaciones que se establezcan en el contrato- dará lugar a una observación, la que deberá ser levantada en el plazo que determine este Departamento, previa vista para efectuar sus descargos; si la observación no fuera debidamente subsanada, la I.M.M. retendrá las partidas en que consiste su aporte hasta que la situación se solucione a su satisfacción. De lo contrario, promoverá la rescisión del convenio ante la contraparte, sin perjuicio de reclamar las responsabilidades por incumplimiento que pudieran corresponder. OCTAVO - EVALUACION: Al término de la ejecución del proyecto, la consultora GEMAP presentará ante ambas partes un informe final, que incluirá la evaluación y rendición de cuentas del mismo. Previa lectura, para su constancia y en señal de conformidad, los comparecientes suscriben dos ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados al inicio.
        2o.-Delegar en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la facultad de suscribir el Convenio que por el numeral anterior se aprueba.
        3o.-Disponer que una vez formalizado el Convenio que se aprueba, vuelvan las actuaciones a la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental para la imputación correspondiente.
        4o.-Comuníquese a Secretaría General, a los Servicios de Relaciones Públicas y Prensa y Comunicación y pase al Departamento de Desarrollo Ambiental.
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-