Resolución N° 1573/99/4000
Nro de Expediente:
1001-020284-99
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
17/9/1999


Tema:
SOLICITUD DE ESPACIO PUBLICO

Resumen:
Servicio Educacional Hogar y Salud, solicita uso varios espacios públicos colocación stand ambulante para información de servicios prestados.-

Montevideo, 17 de Setiembre de 1999.-
 
        VISTO: la solicitud de Servicio Educacional Hogar y Salud, para que se le conceda el uso de espacios públicos, para colocar stand ambulantes a los efectos de dar información de los servicios brindados;
        RESULTANDO: 1º) asimismo expresa que la ubicación de los mencionados stand (cuyas dimensiones no superan el metro cuadrado), serán en plazas o plazoletas de las Avdas. 18 de Julio y 8 de Octubre, así como en centros comerciales de las zonas de la Unión, Colón y Paso Molino y será por un período de 3 meses desde el 1º de setiembre y hasta el 30 de noviembre del corriente año en el horario de 09:00 a 13:00 horas aproximadamente;
        2º) que el Servicio Central de Inspección General informa que los referidos stand podrían instalarse en: a) explanada de la Escuela Felipe Sanguinetti; b) en la Plaza Juan P. Fabini o De Los Treinta y Tres; c) sobre la plaza misma en la zona de Colón y en la zona del Paso Molino frente al Parque Bellán (explanada del Banco Real);
        3º) que el Servicio Gestión de Paseos Públicos comparte la expresado por el Servicio Central de Inspección General y en el caso de la Avda. 18 de Julio se prefiere la Plaza De Los Treinta y Tres en el sector sobre la calle Minas, estableciendo que en los mencionados stand no se efectuará venta o publicidad alguna, salvo la promoción de carácter científico, cultural o religioso y no se utilizarán equipos de amplificación del sonido;
        4º) que el Servicio Centro Comunal Zonal Nº 14 informa que el sitio propuesto cuenta con una amplia vereda por lo que no ocasionaría problemas de circulación , destacando que el plazo para mantener la implantación debería ser hasta el 20 de noviembre del corriente año en consideración a la afluencia de público con motivo de las fiestas tradicionales;
        5º) que la Junta Local Zona Nº 2 expresa que la ubicación del stand estaría sobre la peatonal Germán Barbato;
        6º) que la División Espacios Públicos y Edificaciones propicia autorizar a ocupar con stand informativo en la peatonal Germán Barbato y en la vereda frente al Parque Bellán debiendo los interesados recabar autorización previa del Banco Real, en la Zona del Paso Molino la permanencia de los stand se mantendrán hasta el 20 /XI/99 en el horario solicitado y con las condiciones establecidas por el Servicio Gestión de Paseos Públicos;
        CONSIDERANDO: que por Resolución Nº 680/95 del 21/II/95, el Sr. Intendente Municipal delegó en el Director General del Departamento de Acondicionamiento Urbano la facultad, entre otras, de autorizar la realización de actos públicos en parques y plazas;
        EL DIRECTOR GENERAL DEL DEPARTAMENTO
        DE ACONDICIONAMIENTO URBANO
        EN EJERCICIO DE FACULTADES DELEGADAS
        RESUELVE:
        1º.- Autorizar al Servicio Educacional Hogar y Salud, a colocar stand ambulantes para dar información de los servicios brindados, en la peatonal Germán Barbato y en la vereda frente al Parque Bellán condicionado a que: a) los interesados deberán recabar autorización previa del Banco Real en la Zona del Paso Molino; b) en los mencionados stand no se efectuará venta o publicidad alguna, salvo la promoción de carácter científico, cultural o religioso y no se utilizarán equipos de amplificación del sonido y c) la permanencia de los stand se mantendrán hasta el 20/XI/99 en el horario de 09:00 a 13:00 horas.-
        2º.- Comuníquese a la Jefatura de Policía de Montevideo, al Departamento de Descentralización para su transcripción a los Servicios Centros Comunales Zonales N°s. 2 y 14 y al Servicio Central de Inspección General y pase a la División Espacios Públicos y Edificaciones para la notificación pertinente y demás efectos.-

Ing. ALBERTO ORTEGA, Director General .-