Resolución N° 832/07
Nro de Expediente:
6302-006809-06
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
5/3/2007


Tema:
SANEAMIENTO

Resumen:
Se aprueba el Organigrama de la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, dependiente del Departamento de Desarrollo Ambiental, para el Contrato de Préstamo No. 1819/OC-UR, cuyo Organismo Ejecutor es la Intendencia Municipal de Montevideo.

Montevideo, 5 de Marzo de 2007.-
 
      VISTO: el Contrato de Préstamo No. 1819/OC-UR suscrito el día 28 de diciembre de 2006, entre la República Oriental del Uruguay, representada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Interamericano de Desarrollo;
      RESULTANDO: 1o.) que en dicho contrato se establece en el punto 3o. "De las Estipulaciones Especiales", que la Intendencia Municipal de Montevideo asume la calidad de Organismo Ejecutor, de cuya capacidad legal y financiera para actuar como tal, deja constancia el Prestatario;
      2o.) que con fecha 28 de diciembre de 2006, la Intendencia Municipal de Montevideo y el Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas, firmaron un Convenio -facultado por la Junta Departamental Montevideo según Decreto No. 31.959- por el cual, la Intendencia Municipal de Montevideo en su calidad de Organismo Ejecutor, asume todas las obligaciones y responsabilidades que el Contrato le asigna;
      3o.) que el Préstamo No. 1819/OC-UR "Programa de Saneamiento de Montevideo", es el "Primer Préstamo Individual con Recursos de la Línea de Crédito Condicional", siendo el objeto de este primer programa disminuir la contaminación en la Bahía de Montevideo y playas aledañas, aumentar la cobertura de alcantarillados sanitario y drenaje pluvial, así como, el caudal de aguas servidas con disposición adecuada y mejorar la gestión de los servicios de alcantarillado sanitario y drenaje pluvial;
      CONSIDERANDO: 1o.) que las funciones de Organismo Ejecutor las desarrolla esta Comuna, a través de la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento del Departamento de Desarrollo Ambiental, a la que corresponde estructurar administrativamente, de acuerdo a la característica de este préstamo, fijar las relaciones entre las partes, asignar autoridades y responsabilidades a cada una de ella;
      2o.) que las obras del Plan de Saneamiento Urbano IV, a que se hace referencia en el Resultando 3o. de esta Resolución, se han sub-dividido en dos grupos:
      - el primero con las obras tendientes a aumentar la cobertura de alcantarillado sanitario y drenaje pluvial y la mejora de gestión y
      - el segundo tiene por objeto disminuir la contaminación de la Bahía de Montevideo y playas aledañas cuya obra principal es la construcción del Emisario Oeste y sus conducciones, que por su especificidad y envergadura, necesita un estudio previo, que se iniciará en los próximos meses;
      3o.) que la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambental, somete a aprobación el Organigrama de la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento que regirá la Primera Etapa de las Obras que se ejecutarán dentro del Préstamo No. 1819/OC-UR y que de ser necesario se solicitará su ajuste para la Segunda Etapa;
      EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
        1o.-Aprobar el Organigrama de la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento, dependiente del Departamento de Desarrollo Ambiental, para el Contrato de Préstamo No. 1819/OC-UR, cuyo Organismo Ejecutor es la Intendencia

        Municipal de Montevideo y que figura a continuación:
        2o.-Autorizar a la Directora General del Departamento de Desarrollo Ambiental a asignar funciones, renovar contratos y realizar modificaciones de estos, en el marco del Organigrama aprobado, a los funcionarios que integraban la Unidad Ejecutora del Plan de Saneamiento que intervino en su Etapa III.
        3o.-Disponer que el Departamento de Desarrollo Ambiental, coordine con el Departamento de Recursos Humanos y Materiales, la implementación de regímenes horarios, así como, de eventuales llamados para proveer personal.
        4o.-Cúrsese comunicación de la presente Resolución al Banco Interamericano de Desarrollo.
        5o.-Comuníquese a la Secretaría General para su transcripción a la Junta Departamental de Montevideo y al Ministerio de Economía y Finanzas, a

        todos los Departamentos, a la Contaduría General y a la División Comunicación.
RICARDO EHRLICH, Intendente Municipal .-
ARQ. HERBERT ICHUSTI, Secretario General.-