Resolución N° 3904/00
Nro de Expediente:
1001-016199-99
 
RECURSOS HUMANOS Y MATERIALES
Fecha de Aprobación:
23/10/2000


Tema:
VARIOS

Resumen:
Se incorpora a la Dra. Perla Vivas, en calidad de contratada, sin término.-

Montevideo, 23 de Octubre de 2000.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la funcionaria Dra. Perla Vivas, C.I. Nº 1.223.742;
        RESULTANDO: 1o.) que la referida funcionaria fue declarada personal excedentario por su organismo de origen, Banco de Seguros del Estado, de conformidad con lo previsto en la Ley Nº 16.127 de 7 de agosto de 1990;
        2o.) que se desempeña en régimen de pase en comisión desde 1995, cumpliendo funciones de Doctora en el Servicio de Atención a la Salud;
        CONSIDERANDO: que la Dirección General del Departamento de Recursos Humanos y Materiales propicia la incorporación de la Dra. Perla Vivas a los cuadros funcionales de esta Administración, dentro del régimen de incorporación de personal excedente, en calidad de contratado sin término;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º- Incorporar, en calidad de contratado sin término, a la Dra. Perla Vivas, C.I. Nº 1.223.742, proveniente del Banco de Seguros del Estado, para desempeñar tareas de Doctor en Medicina, del Escalafón Profesional y Científico II, en régimen de 20 (veinte) horas semanales de labor, en la División Salud y Programas Sociales del Departamento de Descentralización, con una remuneración mensual equivalente al Gº SIR 13, más una compensación a la persona equivalente a la diferencia entre el citado Grado y la remuneración que percibía en el Organismo de origen y los beneficios sociales e incrementos salariales que se otorguen al personal municipal.-
        2º.- Mientras dure la compensación a la persona precedentemente señalada, que caducará al alcanzar ésta por ascenso el Grado SIR que equipare su sueldo actual, la Dra. Perla Vivas deberá desempeñarse en régimen de 6 (seis) horas diarias de labor.-
        3º.- La incorporación indicada en el numeral anterior será posterior al 1º de noviembre y se hará efectiva al día siguiente al de la fecha de aceptación de la renuncia por parte del organismo de origen.-
        4º.- La funcionaria incorporada será oportunamente presupuestada en un rango equivalente al nivel contractual otorgado por la presente resolución.-
        5º.-La antigüedad de la funcionaria que se incorpora se regirá, a los efectos del ascenso, por lo dispuesto en el art. 19 del Decreto Nº 544/90 de 30 de noviembre de 1990.-
        6º.- La erogación resultante será atendida con cargo a los códigos de liquidación de haberes correspondientes.-
        7º.- Comuníquese a la Secretaría General, a fin de cursar nota al Banco de Seguros del Estado; al Departamento de Descentralización, a la División Salud y Programas Sociales, al Servicio de Liquidación de Haberes, a las Unidades Empleos, Auditoría de Personal y Valoración de Puestos, y, previa intervención de la Contaduría General, pase, por su orden, al Servicio Central de Inspección General, para notificación de la interesada, y al de Administración de Recursos Humanos a sus efectos.-
ARQ. MARIANO ARANA, Intendente Municipal.-
DRA. MARIA JULIA MUÑOZ, Secretaria General.-