Resolución N° 3950/12
Nro de Expediente:
6401-001249-11
 
PLANIFICACION
Fecha de Aprobación:
17/9/2012


Tema:
ESTUDIO DE IMPACTO

Resumen:
Aprobar, en carácter temporal (plazo indeterminado-revocable), el Estudio de Impacto Territorial para el emprendimiento Divino S.A., instalado en el entorno definido por Av. Italia, calle Mateo Cabral, Av. José Batlle y Ordóñez y la calle Dionisio López, comprendiendo 17 padrones del Área Urbana Intermedia Unión, con un área predial total de 11.644 m2, con 11.342,44 m2 de superficie edificada, 538,82 m2 de superficie a construir y 2.128,14 m2 de superficie a cielo abierto, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 6, Municipio E.-

Montevideo, 17 de Setiembre de 2012.-
 
          VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con la solicitud de aprobación del Estudio de Impacto Territorial para el emprendimiento Divino S.A., instalado en el entorno definido por Av. Italia, calle Mateo Cabral, Av. José Batlle y Ordóñez y la calle Dionisio López, comprendiendo 17 padrones del Área Urbana Intermedia Unión, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 6, Municipio E;
          RESULTANDO: que la Comisión Técnica de Estudios de Impacto Territorial informa que:
          a) la firma comercial que gira en el rubro exposición y venta de equipamiento, comprendiendo en este caso la Administración y Casa Central de exposición y venta (talleres, depósitos), realiza este estudio a partir de la ampliación de su emprendimiento;
          b) el presente estudio abarca la totalidad de los padrones involucrados en el emprendimiento, ante el ingreso en abril de 2011 de una segunda ampliación al Estudio de Impacto Territorial (EIT) presentado originalmente el 19 de enero de 2007, adjuntando en total 9 padrones nuevos y verificándose además un aumento mayor al 10 % del área declarada originalmente;
          c) el primer EIT, correspondiente a los padrones Nº 170711, 170712, 170714, 170716, 170726 y 420043 fue aprobado por Resolución Nº 2531/08 de fecha 9 de junio de 2008, haciéndose hincapié en la creación de las plazas de estacionamiento establecidas por norma;
          d) en abril de 2009 se realizó una primera ampliación bajo el título de "Propuesta de la empresa para la reubicación y localización para plazas de estacionamiento", aprobada por Resolución Nº 397/10 de fecha 1 de febrero de 2010;
          e) en abril de 2011, ante el ingreso de una segunda ampliación del EIT presentado originalmente el 19 de enero de 2007, se observó un aumento del área mayor al 10 %, solicitándose la presentación de un nuevo EIT que abarcase la totalidad de los padrones involucrados (es esta gestión);
          f) en noviembre de 2011 se evaluó en forma favorable la Solicitud de Aval de Inicio Anticipado de Obras para los padrones Nº 424245 y 424246, componentes del EIT presentado, estableciéndose como condición que se asuman las obligaciones que pudieran surgir respecto a las mitigaciones del informe final del Estudio de Impacto Territorial, o las compensaciones o contrapartidas urbanas por parte de la intervención de la Alcaldía correspondiente;
          g) el emprendimiento se localiza en suelo urbano intermedio, Unión, cuyo uso preferente es mixto controlado y residencial con servicios y equipamientos compatibles;
          h) la mayoría de los predios involucrados se ubican sobre una importante vía conectora de la ciudad como lo es Avenida Italia (definida como vía preferente de carga para la zona A en la Resolución Nº 1260/08 de fecha 31 de marzo de 2008), con acceso secundario a los demás predios por vías de menor flujo, incluyendo dentro de esta implantación el estacionamiento;
          i) se observa al emprendimiento como consolidado y en constante crecimiento, constatándose que su emplazamiento no ha generado interferencias con el entorno inmediato (sobre Av. Italia), por lo tanto, el hecho que supere el área establecida en la Normas Complementarias para la implantación de Actividades No Residenciales, no se identifica como problema mayor;
          j) no se evalúa positivamente la solución existente en las fachadas de los predios Nº 68587, 68590 y 170672 (usados como estacionamiento), tanto sobre Av. Italia como en la medianera lindante cobre la calle Irlanda, así como los predios 68554 y 68555 (usados como depósito y talleres) en el cruce de las calles Ricaldoni y D. López, para los cuales se proponen mejoras;
          k) en relación al impacto de tránsito, la solución propuesta mejora ampliamente la situación anterior, sin embargo aún no se cubren totalmente la cantidad de sitios establecidos por normativa para esta actividad;
          l) no obstante, la comisión ha resuelto aceptar la solución propuesta en modo provisorio, estableciendo que, de existir futuros crecimientos, los mismos deberán contemplar y resolver la totalidad de los sitios faltantes;
          m) el Servicio de Ingeniería de Tránsito informa que entiende innecesario el flechamiento de la calle Irlanda, teniendo en cuenta además que dicha medida provocaría una reasignación del tránsito generado por la empresa sobre otros tramos de vías de la zona;
          n) asimismo, en cuanto a los sitios de estacionamiento faltantes, el Servicio de Ingeniería de Tránsito sugiere aceptar la solución propuesta en modo provisional, debido a que han habido avances sustanciales en relación a la situación original;
          ñ) por todo lo anteriormente expresado, podría aceptarse la presente solicitud para los padrones de referencia con un área predial total de 11.644 m2, con 11.342,44 m2 de superficie edificada, 538,82 m2 de superficie a construir y 2.128,14 m2de superficie a cielo abierto, con destino exposición y venta de equipamiento de hogar y oficina, taller, servicio técnico y depósito y administración central, en las condiciones establecidas por esta Comisión;
          CONSIDERANDO: 1º) que el Municipio E se manifiesta de acuerdo a lo informado;
          2º) que la Dirección de la División Planificación Territorial comparte lo informado precedentemente;
          3º) que la Dirección







          General del Departamento de Planificación estima conveniente se dicte Resolución al respecto;
          LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
          RESUELVE:

          1º. Aprobar el Estudio de Impacto Territorial para el emprendimiento Divino S.A., instalado en el entorno definido por Av. Italia, calle Mateo Cabral, Av. José Batlle y Ordóñez y la calle Dionisio López, comprendiendo 17 padrones del Área Urbana Intermedia Unión, con un área predial total de 11.644 m2, con 11.342,44 m2 de superficie edificada, 538,82 m2 de superficie a construir y 2.128,14 m2 de superficie a cielo abierto, dentro de los límites del C.C.Z. Nº 6, Municipio E.-
          2º. Condicionar la presente autorización a:
          a) que el destino exposición y venta de equipamiento de hogar y oficina, taller, servicio técnico y depósito y administración central, se autoriza en carácter temporal, plazo indeterminado - revocable;
          b) cumplir con toda la normativa específica referente a la actividad y su emplazamiento;
          c) que se ajustará a toda la normativa vigente en materia ambiental, tanto a nivel departamental como nacional;
          d) que se deberá ajustar a lo dispuesto por las Resoluciones Nº 1260/08 de fecha 31 de marzo de 2008 y Nº 2488/09 de fecha 22 de junio de 2009, que reglamentan la circulación de transporte de carga en el Departamento, en el marco del Plan de Movilidad;
          e) que el desarrollo de las actividades no generen afectaciones significativas al sistema vehicular y al tránsito en general, así como invasión alguna del espacio público;
          f) que se deberá respetar el Plan de mejoramiento de fachadas y su período de obra estimado, entregado como información adjunta al E.I.T. con fecha 23 de febrero de 2012;
          g) que, de existir un futuro crecimiento, éste podrá realizarse previo aval acuerdo por parte del C.C.Z. Nº 6 y el Municipio E;
          h) que, de existir un futuro crecimiento, éste deberá contemplar y resolver la totalidad de los sitios de estacionamiento (los faltantes y los generados por la nueva intervención).-
          3º. Establecer que los solicitantes deberán realizar los trámites tendientes a la obtención del Permiso de Construcción ante el Servicio de Contralor de la Edificación.-
          4º. Comuníquese a los Departamentos de Movilidad, Desarrollo Ambiental y de Acondicionamiento Urbano, al Municipio E; a las Divisiones Vialidad y Planificación Territorial; a los Servicios de Ingeniería de Tránsito y C.C.Z. Nº 6; a la Unidad del Plan de Ordenamiento Territorial y pase a la Oficina Central del Departamento de Planificación.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-