Resolución N° 1421/05
Nro de Expediente:
1060-003544-04
 
ACONDICIONAMIENTO URBANO
Fecha de Aprobación:
28/3/2005


Tema:
MULTAS

Resumen:
Proyecto Decreto Junta Dptal., imponer multa 350 U.R., OSE, por remover pavimento sin autorización Cnos. Pascua y Pajas Blancas.-

Montevideo, 28 de Marzo de 2005.-
 
        VISTO: la infracción cometida por la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, RUC 21 196282 0014, en los Cnos. Pascua y Pajas Blancas;
        RESULTANDO: que la Unidad de Control y Coordinación de Redes de Infraestructura Urbana informa que: a) dicha Empresa infringió lo dispuesto en el Artículo D.2215 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto Municipal, por remover pavimento sin autorización en una superficie de 500m2. y b) de acuerdo a lo establecido en el Artículo D.2240 de la citada fuente normativa, correspondería aplicar una multa de 5 U.R. por metro cuadrado en infracción;
        CONSIDERANDO: 1º) que el Departamento de Acondicionamiento Urbano entiende que en aplicación del Art. D.2241.13 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública" del Volumen VII "De las Obras" del Digesto Municipal, correspondería aplicar una multa de 350 U.R.;
        2º) que en aplicación de lo preceptuado por Resolución Nº 477/87 del 22/I/87, ratificada por Resolución Nº 2.244/94 del 5/VII/94 por las multas mayores de 70 U.R., corresponde previo a su aplicación solicitar anuencia al Deliberativo Comunal;
        EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1º.- Remitir a consideración de la Junta Departamental de Montevideo el siguiente:
        PROYECTO DE DECRETO
        Artículo 1º.- Autorízase a la Intendencia Municipal para imponer una multa de 350 U.R. (trescientas cincuenta unidades reajustables) a la Administración de las Obras Sanitarias del Estado, RUC 21 196282 0014, con domicilio en la calle Carlos Roxlo Nº 1275, por infracción a lo dispuesto en el Artículo D.2215 del Título III "De las Remociones en la Vía Pública", del Volumen VII "De las Obras" del Digesto Municipal, por remover pavimento sin autorización en una superficie de 500m2 (quinientos metros cuadrados), en los Cnos. Pascua y Pajas Blancas.-
        Artículo 2º.- Comuníquese.-
        2º.- Pase a la Secretaría General para su remisión sin más trámite a la Junta Departamental de Montevideo.-
DR. ADOLFO PEREZ PIERA, Intendente Municipal.-
ING. QUIM. PABLO BUONOMO, Secretario General.-