Resolución N° 167/17/1200
Nro de Expediente:
2017-5226-98-000122
 
PROSECRETARIA GENERAL
Fecha de Aprobación:
18/8/2017


Tema:
MULTAS

Resumen:
Se aplica una multa de UR 15 a la empresa Juan Carlos Scapusio y Cía. SA, responsable del local destinado a Hotel de alta rotatividad, ubicado en Goes 2272 (Goes 2178).-

Montevideo, 18 de Agosto de 2017.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el local destinado a Hotel de alta rotatividad, ubicado en Goes 2272 (Goes 2178), responsabilidad de la empresa Juan Carlos Scapusio y Cía SA, RUT 21 0298050013;
        RESULTANDO: 1o.) que el 13/6/17 el Servicio Central de Inspección General señala que por Acta A No. 09200 de 19/4/17 se intimó a presentar la habilitación final o tarjeta de trámite emitido por el Servicio de Instalaciones Mecánicas y Eléctricas (Depósito de Combustible, Aire Acondicionado y Ventilación Mecánica), otorgándose un plazo de 5 (cinco) días hábiles;
        2o.) que en virtud de lo expresado anteriormente, el Sector Hoteles, Pensiones Inquilinatos y Afines sugiere la aplicación de una multa de UR 15, por no haber dado cumplimiento a lo intimado, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. D.4087, Cap. I, Tít. VI, Libro XV, Vol. XV del Digesto Departamental y bajo el amparo del Régimen Punitivo Departamental vigente;
        3o.) que el 1/8/17 la Prosecretaría General eleva las actuaciones solicitando el dictado de la resolución correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la normativa vigente fija en unidades reajustables los montos de las multas que se aplican por transgredir las ordenanzas departamentales;
        2o.) que por Resolución Nº 1937/16, de 9/5/16, se delegó en el Prosecretario General la
        facultad de aplicar multas de hasta un monto de UR 20;
        EL PROSECRETARIO GENERAL DE LA
        INTENDENCIA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1.- Aplicar una multa de UR 15 (Unidades Reajustables quince) a la empresa Juan Carlos Scapusio y Cía. SA, RUT 21 0298050013, responsable del local destinado a Hotel de alta rotatividad, ubicado en Goes 2272 (Goes 2178), por los motivos expresados en la parte expositiva de la presente Resolución.-
        2.- Disponer que transcurrido el plazo de 30 (treinta) días si la multa permaneciera impaga, el Servicio Central de Inspección General comunicará a la Unidad Multas del Servicio Gestión de Contribuyentes a los efectos de gestionar dicho cobro.-
        3.- Comuníquese al Municipio B, a los Servicios Gestión de Contribuyentes, Centro Comunal Zonal Nº 2 y pase al Servicio Central de Inspección General para la notificación correspondiente y demás efectos.-

CHRISTIAN DI CANDIA, Prosecretario General .-