Resolución N° 1378/13
Nro de Expediente:
2220-002331-13
 
RECURSOS FINANCIEROS
Fecha de Aprobación:
8/4/2013


Tema:
EXONERACIONES - PATENTE DE RODADOS

Resumen:
Se exonera a la Asociación Civil "Instituto Camino Abierto del Uruguay (ICA)", del pago del tributo de Patente de Rodados que grava al vehículo de su propiedad padrón No. 475.378, matrícula SAW 2513, por el ejercicio 2013, dejando de percibir esta Intendencia la suma aproximada de $ 10.200,00.

Montevideo, 8 de Abril de 2013.-
 
        VISTO: la gestión de la Asociación Civil "Instituto Camino Abierto del Uruguay (ICA)", solicitando exoneración de pago del tributo de Patente de Rodados que grava al vehículo de su propiedad padrón No. 475.378, matrícula SAW 2513;
        RESULTANDO: 1o.) que la gestionante ha sido beneficiada con la franquicia fiscal por el ejercicio 2012, según Resolución No. 2142/12 de 28 de mayo de 2012 y mientras la gestionante sea propietaria del vehículo, de acuerdo a lo establecido por el Decreto No. 28.557 de 6 de mayo de 1999;
        2o.) que el Servicio de Ingresos Vehiculares informa que no han surgido normas que modifiquen la situación de la entidad peticionaria, por lo que correspondería acceder al beneficio fiscal por el ejercicio 2013, dejando de percibir esta Intendencia la suma aproximada de $ 10.200,00;
        3o.) que la División Administración de Ingresos comparte el informe precedente, por lo que correspondería considerar el dictado de resolución que exonere del tributo de Patente de Rodados a dicha Asociación, respecto al vehículo de su propiedad empadronado con el No. 475.378 por el ejercicio 2013;
        CONSIDERANDO: que el Director General del Departamento de Recursos Financieros entiende procedente el dictado de la resolución correspondiente;
        LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
        RESUELVE:
        1o.- Exonerar a la Asociación Civil "Instituto Camino Abierto del Uruguay (ICA)", del pago del tributo de Patente de Rodados que grava al vehículo de su propiedad padrón No. 475.378, matrícula SAW 2513, por el ejercicio 2013, dejando de percibir esta Intendencia la suma aproximada de $ 10.200,00 (pesos uruguayos diez mil doscientos).-
        2o.- La exoneración que se promueve se mantendrá mientras la gestionante sea propietaria del vehículo, debiendo dar cuenta a esta Intendencia en caso de enajenarlo a terceros, según lo establecido en el Decreto No. 28.557 de 6 de mayo de 1999.-
        3o.- Pase al Servicio de Ingresos Vehiculares para notificación del interesado y demás efectos.-
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-