Resolución N° 2675/13
Nro de Expediente:
3020-000604-12
 
DESARROLLO AMBIENTAL
Fecha de Aprobación:
24/6/2013


Tema:
DONACION MODAL

Resumen:
Se aprueba el Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia de Montevideo y la Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio".

Montevideo, 24 de Junio de 2013.-
 
        VISTO: las presentes actuaciones relacionadas con el llamado a Licitación entre Organizaciones No Gubernamentales, para realizar tareas de Mantenimiento de Taludes de drenaje de pluviales y los laterales de los mismos, así como el mantenimiento de los cauces, en ambos casos, de los segmentos de canales de drenaje de la Ciudad de Montevideo;
        RESULTANDO: 1o.) que el objeto de dicho llamado es colaborar con aquellos sectores sociales que representan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativo-laboral, dirigida a jóvenes de 18 a 29 años en condiciones de vulnerabilidad social;
        2o.) que la Unidad de Convenios, dependiente del Departamento de Desarrollo Social, entendió que la Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio", es la que reúne las mejores condiciones para dicha prestación, confeccionando el convenio correspondiente;
        CONSIDERANDO: 1o.) que la Unidad de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental con fecha 11 de junio de 2013, efectuó la solicitud SEFI No. 159903, por la suma de $ 4:550.000,oo (pesos uruguayos cuatro millones quinientos cincuenta mil);
        2o.) que el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental es de opinión favorable en que se apruebe el Proyecto de Convenio, propuesto;
      LA INTENDENTA DE MONTEVIDEO
      RESUELVE:
        1o.-Aprobar el Proyecto de Convenio a suscribirse entre la Intendencia y la Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio". DONACION MODAL: En la ciudad de Montevideo, el ..... de................... de dos mil trece, comparecen: POR UNA PARTE: la Intendencia de Montevideo, en adelante la IdeM, R.U.T. No. 21.176335.0018, con domicilio en Avenida 18 de Julio No. 1360, representada en este acto por......................, en su calidad de ..................., y POR OTRA PARTE: La Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio", en adelante la Asociación, R.U.T. .............., constituyendo domicilio en ..................., representada en este acto por ...................................................., titular de la C.I: .........., en su calidad de .............. y por ......................., convienen en celebrar lo siguiente: PRIMERO: Antecedentes. I) La presente donación se enmarca en las políticas sociales que la IdeM desarrolla, las que se llevan a cabo mediante convocatorias a Organizaciones No Gubernamentales inscriptas en el Registro de la Unidad de Convenios creado según Resolución No. 13.754/93. El objetivo es colaborar con aquellos sectores sociales que presentan dificultades para su inclusión social e inserción laboral, como primera experiencia educativo-laboral, dirigida a jóvenes de 18 a 29 años en condiciones de vulnerabilidad social, y desde la perspectiva de género aprobada en el 2º Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre Mujeres y Varones de la IdeM. La política de inclusión social apunta a la promoción de un proceso a través del cual el/la educando/a incorpore herramientas que colaboren para mejorar su condición. En este marco se conceptualiza el trabajo como instrumento pedagógico y socializador. De este modo, el trabajo constituye un ámbito estructurador que posibilita: a) adquirir hábitos de trabajo: responsabilidades, derechos y deberes; b) desarrollar y profundizar los vínculos en las diferentes situaciones laborales; c) desarrollar procesos para el fortalecimiento de su autoestima en el reconocimiento de sus capacidades y potencialidades; d) estimular y desarrollar la integración a las diferentes redes sociales, que le sirvan de herramienta para su proyecto de vida. II) La Asociación Civil "Acción Promocional 18 de Julio" es una Asociación no Gubernamental sin fines de lucro. Es en el marco reseñado y dentro de su propio objetivo, que ésta propone la realización de experiencias educativo - laborales de jóvenes y con las condiciones que la IdeM determina, provenientes de la zona de influencia. III) De la convocatoria realizada en julio de 2012 por la IdeM a Asociaciones Civiles interesadas en suscribir un convenio educativo laboral con la IdeM para realizar tareas de mantenimiento de taludes de drenaje de pluviales y los laterales de los mismos, así como el mantenimiento de los cauces, en ambos casos, de los segmentos de canales de drenaje de la ciudad de Montevideo, resultó seleccionada la mencionada Asociación. SEGUNDO: Objeto. La IdeM dona a la Asociación, la suma total de $ 9:490.685,oo (pesos uruguayos nueve millones cuatrocientos noventa mil seiscientos ochenta y cinco) la que se entregará de la siguiente forma: una partida inicial a los 10 (diez) días de celebrada esta donación por un monto total de $ 1:004.681,oo (pesos uruguayos un millón cuatro mil seiscientos ochenta y uno) la que será entregada por única vez para la adquisición de maquinaria y vestimenta y no estará sujeta a ajustes económicos de tipo alguno durante el plazo contractual, y el saldo de $ 8:486.004,oo (pesos uruguayos ocho millones cuatrocientos ochenta y seis mil cuatro), en 12 (doce) cuotas iguales y consecutivas de $ 707.167,oo (pesos uruguayos setecientos siete mil ciento sesenta y siete) siendo éstas últimas ajustadas semestralmente de acuerdo al I.P.C. del período, excepto en lo que corresponda a los haberes del personal de coordinación, el que asciende a la suma de $ 82.114,oo (pesos uruguayos ochenta y dos mil ciento catorce) mensuales más la suma de $ 15.182,oo (pesos uruguayos quince mil ciento ochenta y dos) mensuales correspondientes a incidencias mensuales por aguinaldo, salario vacacional, licencia, los que se ajustarán por los aumentos que determine el Consejo de Salarios. La primera cuota se entregará conjuntamente con la partida inicial, la segunda tendrá vencimiento a los 60 días de la fecha de inicio del convenio, la tercera a los 30 días de la segunda y cada 30 días en forma sucesiva las siguientes hasta completar las 12 partidas. TERCERO: Modo. A efectos de dar cumplimiento a los fines perseguidos por la presente donación, detallados en el apartado I) de la Cláusula Primera, la IdeM impone a la Asociación el cumplimiento del siguiente modo: I) desarrollar las tareas de mantenimiento de taludes de drenaje de pluviales y los laterales de los mismos, así como el mantenimiento de los cauces, en ambos casos, de los segmentos de canales de drenaje de la ciudad de Montevideo. A efectos de la coordinación de las tareas, la Asociación deberá comunicar a la IdeM el nombre de la persona que oficiará como interlocutor ante la dependencia departamental correspondiente. II) Seleccionar e incorporar a las tareas educativo-laborales a 22 (veintidós) educandos, con 6 (seis) horas diarias de labor cada uno en un total de 30 (treinta) horas semanales, que se distribuirán en tres cuadrillas de acuerdo al siguiente detalle: a) 2 (dos) cuadrillas de 8 (ocho) educandos/as cada una, cumpliendo dos de los jóvenes (uno de cada cuadrilla) la función de tractorista, las que contarán asimismo cada una con un Capataz, y b) una cuadrilla integrada por 6 (seis) jóvenes y un Capataz. Existirá un Capataz Coordinador para las tres cuadrillas que coordinará con los tres Capataces de cada cuadrilla. Cada Capataz, realizará 8 (ocho) horas diarias de labor, en un total de 40 (cuarenta) horas semanales, el Capataz Coordinador realizará 48 (cuarenta y ocho) horas semanales de trabajo. A tal efecto las dos cuadrillas que se señalan en primer término se dedicarán a las tareas de mantenimiento de taludes y laterales y la tercera cuadrilla al mantenimiento de cauces. La Asociación deberá asegurar la presencia de suplentes para el desarrollo de las tareas cuando eventualmente se produzcan las inasistencias de los titulares, los suplentes participarán del proceso educativo que lleva a cabo la Asociación mientras dure la suplencia y percibirán por ese lapso el salario correspondiente al titular. III) Organizar y supervisar la realización de las tareas de las tres cuadrillas a través de un Capataz Coordinador el que será designado por la Asociación y tendrá a su cargo la vigilancia del cumplimiento del proceso operativo, así como el cumplimiento de la propuesta pedagógica por formar parte del Equipo Técnico conjuntamente con los Educadores de la Asociación y será asimismo el que oficiara como interlocutor ante la dependencia Departamental correspondiente. Al Capataz Coordinador compete: a) trasmitir a los Capataces las ordenes de servicio que reciba de la Unidad de Mantenimiento de Colectores y Cursos de Agua del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento y se asegurará de su cumplimiento; b) organizar con los Capataces la realización de los transportes de personal, las asignaciones de tareas, los suministros de herramientas y maquinarias, los controles de horarios de vehículos y maquinarias; c) organizar con los Capataces el suministro de volquetas, realización de la carga y los transportes diarios de los residuos excedentes hasta el lugar indicado por el Servicio de Disposición Final de Residuos; d) recabar diariamente de los Capataces el informe diario de tareas realizadas para luego comunicarlo a quien corresponda de la IdeM; e) y en general cumplir con todas las obligaciones que surjan del pliego de bases de condiciones que rigen al llamado y que forman parte integrante de este contrato. A los Capataces compete: a) Transmitir a la cuadrilla las ordenes de servicio que reciba del Capataz Coordinador, supervisando a los jóvenes y asegurando el buen desarrollo de las tareas, tanto en lo que refiere a las técnicas, maquinaria y materiales a utilizar, como al cumplimiento de horarios, asiduidad, rendimientos requeridos, utilización de uniformes y elementos de seguridad y organización del trabajo en equipo. A los efectos de control de asiduidad se llevará un registro de las asistencias donde se registrará asimismo las observaciones que ameritará la actuación de los educandos. b) Mantener un contacto estrecho con el Educador referente a efectos de asegurar el aprendizaje de los jóvenes. c) Asegurar el transporte de personal y maquinaria, las asignaciones de tareas, los suministros de materiales y maquinarias necesarias, y controlar los horarios de vehículos y maquinaria. d) Realizar diariamente el informe de las tareas realizadas en la fecha y trasmitir dicha información por e-mail al Servicio Centro Comunal Zonal correspondiente a la zona donde se cumplieron las tareas y al Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento, mediante parte diarios con formato establecido por dicho Servicio. e) Asegurar el transporte diario de residuos excedentes hasta el lugar indicado por el Servicio de Disposición Final de Residuos, en camiones específicos para dicha tarea, los que en ningún caso transportarán personal en sus cajas en forma simultánea. f) Realizar junto con el Capataz Coordinador diariamente la planificación de tareas a desarrollar cada día siguiente por parte de la cuadrilla con los requerimientos de las maquinarias que se utilizaran en cada caso. g) Y en general cumplir con todas las obligaciones que surjan del pliego de bases de condiciones que rigen al llamado y que forman parte integrante de este contrato. IV) Realizar la tarea educativa y el seguimiento del proceso educativo, el que deberá corresponder en un todo a lo expresado en la propuesta pedagógica presentada, y asimismo ser realizado por un equipo técnico integrado por especialistas en distintas disciplinas sociales, respecto del cual luego de que sea presentado en la propuesta, deberá asegurarse su permanencia, producido algún cambio en el mismo deberá comunicarse en forma inmediata tal circunstancia a la Unidad de Convenios, debiendo cumplir entre todo el Equipo Educativo como mínimo 20 (veinte) horas semanales por cuadrilla. El mismo deberá mantener instancias sistemáticas de coordinación con la persona referente por la IdeM del seguimiento socio-educativo del convenio en cumplimiento de la propuesta educativa presentada por la Asociación. Los Educadores deberán mantener un estrecho contacto con los Capataces de las cuadrillas y con el Capataz Coordinador identificando necesidades, expectativas y obstáculos de los jóvenes en su proceso a fin de asegurar el aprendizaje de los mismos. V) Sustituir a los educandos/as participantes del primer año de convenio los que no podrán serlo del segundo en caso de renovación del presente, en aras de posibilitar el acceso a estos convenios educativos laborales de una mayor cantidad de la población objetivo comprendida como destinatarios. VI) La Asociación deberá disponer de algunas de las horas de coordinación asignadas, a efectos de desarrollar temas acordes al funcionamiento de las tareas con la IdeM. VII) Llevar los registros contables y presentar rendición de cuentas respecto de la partida anterior transferida dentro del mes inmediato anterior a cada partida subsiguiente; la misma deberá ser rendida mediante certificación contable con informe de revisión limitada de los gastos efectuados conforme al texto aprobado por Resol. Nº 5375/08 de la Intendencia, las rendiciones deberán estar provistas de la documentación correspondiente que deje constancia del cumplimiento con los diferentes aportes a los organismos públicos y demás obligaciones legales que correspondan, con detalle de la utilización del dinero donado de acuerdo con los destinos previstos por esta donación, en la forma y condiciones que determine la IdeM. Las rendiciones de cuentas se presentarán ante la Unidad de Convenios donde se efectuará un control primario de las mismas, siendo el secundario y definitivo el que realice la Contaduría General de la IdeM. La no presentación de la rendición de cuentas correspondiente a la partida anterior habilitará a la IdeM a retener la partida siguiente. VIII) Exhibir los siguientes documentos: A) Declaración nominada de historia laboral (artículo 87 de la Ley Nº 16.713 de 3 de setiembre de 1995) y recibo de pago de cotizaciones al organismo previsional. La historia laboral se excusará en relación a las mujeres beneficiarias ya que se trata de una primera experiencia laboral formal. B) Certificado que acredite situación regular de pago de las contribuciones a la seguridad social a la entidad previsional que corresponda (artículo 663 de la Ley Nº 16.170 de 28 de diciembre de 1990). C) Constancia del Banco de Seguros del Estado que acredite la existencia del seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. D) Planilla de Control de Trabajo, recibo de haberes salariales y en su caso, convenio colectivo aplicable. E) Datos personales de los participantes comprendidos en la ejecución del modo impuesto por la IdeM. CUARTO: Aceptación y Plazo. La Asociación acepta la donación y se obliga a cumplir puntualmente el modo establecido en la cláusula anterior a partir de la firma del presente Convenio y por el plazo de un año, pudiendo eventualmente ser renovada por un plazo igual si mediare al efecto informe favorable de la Unidad de Convenios en coordinación con el Equipo Técnico del Servicio de Operación y Mantenimiento de Saneamiento, respecto del cumplimiento del modo por parte de la Asociación. QUINTO: Contralor del cumplimiento del modo. La IdeM controlará: I) El cumplimiento de la ejecución del modo, el que será efectuado por los referentes de los Servicios Departamentales respectivos, quienes realizarán los informes periódicos a la Unidad de Convenios a los efectos de la evaluación correspondiente. II) Que la Asociación presente informes semestrales ante la Unidad de Convenios, y esta última estará en coordinación con los aportes del referente de los Servicios respectivos, el Equipo Técnico de la Asociación, el educador y los jóvenes educandos. Asimismo, la Unidad de Convenios tendrá la responsabilidad de establecer las pautas necesarias para el seguimiento y evaluación de la propuesta pedagógica presentada por la Asociación; III) Que las rendiciones de cuentas sean presentadas de acuerdo a lo estipulado en el numeral VII) de la Cláusula Tercera. IV) Que la Asociación cumpla con toda la legislación nacional vigente en la relación jurídica que se acuerde con los individuos que lleven adelante la ejecución del convenio y con los beneficiarios del mismo. Asimismo deberá dar cumplimiento a la presentación de toda la documentación reseñada en el numeral VIII de la cláusula Tercera. SEXTO: Responsabilidad de la Asociación. La Asociación asume la totalidad de las responsabilidades emergentes de la relación trabada entre ella y los técnicos contratados para la ejecución del programa, y entre ésta y los beneficiarios del mismo, así como las obligaciones legales y convencionales que por la misma pudieran generarse con otros organismos estatales o terceros, respecto de las cuales la IdeM es por completo ajena. Asimismo la Asociación indemnizará en caso de daños materiales o personales causados a funcionarios departamentales o municipales y/o a terceros, cuando se constatare la responsabilidad de los participantes del programa, por acción, omisión o negligencia en el desempeño de las tareas desarrolladas en cumplimiento del modo. SEPTIMO: Mora automática. La mora se producirá de pleno derecho, sin necesidad de acto judicial o extrajudicial alguno, por el solo vencimiento de los términos establecidos, así como por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado. OCTAVO: Rescisión. El incumplimiento de todas o cualesquiera de las obligaciones a cargo de la Asociación, dará lugar al inicio, previa constatación del mismo, de los trámites tendientes a la rescisión de esta donación por parte de la IdeM, quedando ésta facultada a suspender en forma inmediata el pago de las sumas previstas en la cláusula segunda del presente contrato. Se considera que la Asociación ha incurrido en incumplimiento que amerite la rescisión, cuando notificada por escrito de la constatación del mismo, dentro del plazo de diez días siguientes no lo rectificara a satisfacción de la IdeM, salvo que la conducta verificada implique una acción u omisión no susceptible de rectificación. Serán de aplicación las normas que regulan la sustanciación del procedimiento administrativo en la Intendencia, que la Asociación declara conocer y aceptar. Asimismo en el caso de que sobrevenga una situación de fuerza mayor o imprevisibilidad que signifique la imposibilidad de que la Asociación pueda seguir adelante en el cumplimiento del modo, ésta podrá solicitar a su vez en forma fundada la rescisión de la presente donación con una antelación de 30 (treinta) días. NOVENO: Indivisibilidad. Las partes acuerdan la indivisibilidad del objeto de las obligaciones contraídas en el presente contrato hasta la total extinción de las mismas. DECIMO: Domicilios Especiales. Las partes constituyen domicilios especiales a todos los efectos de este contrato, en los indicados como respectivamente suyos en la comparecencia. DECIMO PRIMERA: Comunicaciones. Cualquier notificación o intimación que deban realizarse las partes, se tendrá por válidamente efectuada si es hecha a los domicilios constituidos en este documento, por medio de telegrama colacionado o cualquier otro medio que diera certeza de su realización. DECIMO SEGUNDA: Representación. La Asociación acredita la representación invocada según certificado notarial que se adjunta, expedido el..........por el/la Escribano/a............................ En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares del mismo tenor en el lugar y fecha indicados en el acápite.
        2o.-Delegar en el Director General del Departamento de Desarrollo Ambiental, la firma del Convenio que se aprueba en el numeral que antecede.
        3o.-Comuníquese al Departamento de Recursos Financieros, a la División Saneamiento, a la Unidad de Convenios del Departamento de Desarrollo Social, a la Oficina de Gestión Presupuestal del Departamento de Desarrollo Ambiental y



        pase a la Contaduría General, para la intervención y contralor del gasto.
ANA OLIVERA, Intendenta de Montevideo.-
RICARDO PRATO, Secretario General.-